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Fallos y fallas judiciales


Hemos aprendido desde las aulas de la facultad de derecho que el juez habla a través de sus fallos con la interpretación de la ley y la aplicación de la misma en un caso concreto, pero a la misma vez, y en muchas ocasiones, nunca sucede en la práctica tribunalicia que debe asumir las responsabilidades administrativas, patrimoniales y penales correspondientes cuando comete fallas judiciales en el ejercicio de la misión pública de administrar justicia a los asociados.

El Órgano Judicial y el Ministerio Público están sumergidos en una crisis profunda en donde gran culpa de la misma se debe no a un presupuesto insuficiente sino a la incapacidad que jueces y fiscales demuestran en el ejercicio de sus funciones, producto de que pueden tener cajas repletas de diplomas de estudios pero los mismos no reflejan un conocimiento del derecho y la jurisprudencia.

La mejor muestra de lo anterior lo podemos encontrar cuando observamos que la Procuradora General de la Nación dice desconocer una reforma constitucional que le prohibía intervenir comunicaciones privadas sin autorización judicial y que su infracción le genera responsabilidades penales tal cual lo establece al artículo 29 de la Constitución Nacional o cuando la Magistrada Vicepresidenta de la Corte Suprema ignora olímpicamente las jurisprudencia del derecho penal internacional y avala una sentencia que permite prescribir los crímenes de la dictadura sin entender que tal proceder es contrario a los derechos humanos reconocido en el nuevo constitucionalismo internacional.

Si la cabeza de ambas instituciones del Estado andan mal que podemos esperar de sus subalternos cuando he visto con profunda tristeza y pesar el actuar de fiscales del Ministerio Público que, desconociendo las más elementales nociones de derecho, abusan en su actuar de los sindicados por un delito a tal punto que para ellos la detención preventiva es la primera y a veces su única opción producto de ese falso aforismo fiscal de “detengo, luego investigo” que viola la presunción de inocencia de los ciudadanos y es un atentado contra el debido proceso más aun cuando dichas detenciones son declaradas ilegales por los tribunales sin acarrearles responsabilidad alguna.

Y si en el Ministerio Público llueve en el Órgano Judicial no escampa cuando observo en el actuar de jueces una actitud déspota hacia los abogados litigantes, con decisiones jurisdiccionales que son un verdadero despropósito y en donde el juez corrupto es una Prima Donna intocable, producto del manto de impunidad con que es arropado por sus superiores jerárquicos.

Podemos decir de una manera descarnada que nos encontramos con un par de entes que tienen una metástasis que requiere una intervención urgente para con ello, poder sanear una administración de justicia llena de jueces y fiscales incompetentes, ineptos y corruptos.

101 años de Panamá América

 
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