Impuesto universal o “flat tax”: A todo contribuyente o a ninguno (II Parte)
La propuesta de un impuesto universal sobre la renta, de ser comprendida, adoptada y aprovechada correctamente, representaría una profunda transformación del sistema tributario panameño. Diversos planteamientos se han escuchado sobre este novedoso tipo de impuesto, conocido en inglés como “flat rate tax” o “flat tax”. Sin embargo, las fuentes no precisan suficientes detalles sobre esta propuesta que esclarezcan su eventual incorporación en nuestro Código Fiscal.
Alguna fuente señala que en Panamá el “flat tax” regiría sólo “para las empresas”. Allí se caería en error, puesto que un verdadero impuesto universal debe aplicar tanto a empresas, o personas jurídicas como a particulares, o personas naturales. Además, con respecto a las “empresas”, Panamá cuenta desde hace casi dos décadas con una tasa única de impuesto sobre la renta, del 30%.
Ahora bien, se sabe que el sistema actual está plagado de subsidios, exoneraciones y demás privilegios tributarios, a los que numerosas empresas se han malacostumbrado como si disfrutaran de un derecho absoluto e inalienable. En el esquema del igualitario “flat tax”, la eliminación de subsidios y privilegios es fundamental. Donde llegue a persistir alguno, no importa el motivo, jamás podrá hablarse de un “flat tax”. Pero su eventual eliminación, de lograrse, no convertiría a una propuesta por sí sola en impuesto universal si las personas naturales son injustificadamente excluidas de este esquema.
De plantearse seriamente un auténtico “flat tax”, la oposición de los grupos de interés, de los subsidiados y privilegiados, será fuerte. Argumentos irán y vendrán para que tal o cual grupo económico mantenga su especial condición tributaria. Y será entonces cuando un futuro gobierno podrá demostrar si realmente tiene la intención de convertir a un impuesto universal igual para todos, totalmente ajeno a subsidios y privilegios, en ley de la República.
La situación no se ve fácil en nuestro país, con su sempiterna tradición de favorecer a unos en detrimento de otros. En este sentido debe reconocerse que 18 de los 20 estados en donde aplica el “flat tax” compartieron un sistema socialista, sin empresa privada ni impuestos, que por ende escaparon del pesado lastre de años de subsidios y privilegios tributarios a determinados sectores de la economía.
A eso habría que sumarle la fijación arbitraria, seguramente política, de un nivel de ingreso mínimo para calificar como contribuyente del impuesto.
De ser cierta la voluntad de establecer un “flat tax”, una propuesta formal deberá ser divulgada prontamente para su amplia discusión. Nadie quiere amanecer con impuestos que lleguen “desde arriba” ni con aumentos sorpresivos en la tasa de 5% del ITBMS. La democracia debe comenzar a regir en materia tributaria. En Panamá, eso sí sería una transformación.