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Información sobre crédito


Las denuncias constantes de errores y hasta irregularidades en la información sobre el comportamiento crediticio de personas naturales suministradas por empresas particulares ha movilizado la iniciativa de la Comisión de Comercio para determinar la presencia de un árbitro estatal que regule la interacción entre agentes económicos y consumidores. Se han presentado situaciones en las que el consumidor liquida una deuda atrasada, pero no se le extrae de la lista negra de los " mala pagas" y se anula su legítimo derecho a ser sujeto de crédito. Asimismo el avalista de una compra o cualquier otra operación de compra y venta resulta víctima de la inclusión en la denigrante lista negra, sin haber recibido información previa del incumplimiento de los pagos. Y aún se conoce de quejas de personas naturales, cuyo historial comercial ha sido recopilado y entregado a tercera personas, sin su autorización ni conocimiento, configurándose violaciones a la privacidad y por ende a los derechos humanos.
Para trabar la prosecución de las anomalías informativas, la Comisión de Comercio de la Asamblea procesa tres proyectos de ley - uno del Ministerio de Comercio y dos de legisladores - sobre esta controvertida materia de la información crediticia, para consolidarlos en uno solo buscando una fórmula de solución que, al mismo tiempo que proteja a los agentes económicos de los inveterados " malas pagas", salvaguarde los derechos de los consumidores que cumplen sus obligaciones comerciales y, a pesar de ello, están expuestos a referencias negativas injustificadas de las empresas con las que concertaron créditos. Al parecer existe consenso para adjudicarle a la Comisión para la Libre Competencia y Asuntos del Consumidor ( CLICAC) la responsabilidad de arbitrar, definir y sancionar las controversias que emanen de la información negativa errónea. Los cambios introducidos a la ley permitirán que la CLICAC aplique sanciones. Se han dado casos en que la ausencia de facultades dirimentes ha paralizado a la CLICAC en la resolución de controversias entre consumidores y agentes económicos, relegándose al plano de un defensor abstracto de una libre competencia vulnerada por una de las partes. Ahora será distinto.
El Presidente de la Comisión de Comercio Laurentino Cortizo, está invitando a toda persona, ente público o privado que desee opinar sobre el tema, además naturalmente de los agentes económicos, consumidores e informativos. Es fundamental abrir el debate y escuchar los pronunciamientos del foro ciudadano, dada la trascendencia del tema en cuestión. Durante cuarenta años la Asociación Panameña de Crédito ha tenido la función de recopilar y transmitir información sobre los receptores de crédito en forma general, cumpliendo un servicio eficiente, pero no exento de críticas, errores y hasta de algunos abusos.
Es admisible y necesario que las referencias de crédito protejan a las empresas del incumplimiento contumaz de los mala pagas y al mismo tiempo beneficien a los consumidores calificados por su buen comportamiento comercial. Pero la información crediticia, que por su confidencialidad pertenece al patrimonio personal inalienable del sujeto de crédito, debe encauzarse bajo regulaciones legales que protejan la integridad comercial y moral del consumidor si es sometido a excesos informativos y arbitrariedades de malos agentes económicos, dándole oportunidad para conocer, discrepar, aclarar y corregir lo que le concierna, porque al fin de cuentas es su crédito, esto es una extensión de su persona moral, de su vida privada, a la que acceden los terceros por exigencia del mercado.
¿Cómo y cuándo se supo de las masacres? ¿Cuál fue la reacción personal de Pío XII? ¿Y sus acciones inmediatas? ¿Qué instrucciones emitió? ¿Qué hay detrás de su silencio hermético mantenido durante el exterminio? ¿Qué impidió la implementación de un accionar humanitario más decidido en favor de las víctimas judías del Nazismo?
Para responder a estos interrogantes es imperativo garantizar el acceso de investigadores e historiadores independientes a todo el material documental disponible en los archivos vaticanos.
Cuando eso ocurra, podremos determinar qué consideración alcanzó en los más altos escalones de la estructura de la Iglesia universal el genocidio entonces en marcha.
Sólo un relevamiento documental exhaustivo, minucioso, imparcial y que no excluya arbitrariamente evidencias podrá satisfacer las interrogantes formuladas. De igual manera, toda medida que apunte a un estudio preseleccionado, parcial y limitado continuará alimentando dudas, incertidumbres y fomentando desencuentros.

101 años de Panamá América

 
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