Inseguridad y cables cruzados
Desde que nació la República, existe un Órgano Judicial, encargado de “administrar la Justicia”, que debe actuar separadamente del Legislativo y el Ejecutivo, especialmente de éste. También existe, desde siempre, el ministerio de Gobierno y Justicia, aunque de esto último haga muy poco, que debe ser el competente para instrumentalizar “la armónica colaboración” entre el Órgano Ejecutivo y el Órgano Judicial. Así debiera ser, pero no en Panamá. Y esa es una de las principales razones de que el problema de la inseguridad siga montado en una flecha ascendente.
El pasado domingo, una importante manifestación expresó la frustración de la sociedad panameña frente al aumento de la inseguridad y demandó acciones y resultados. El gobierno, asumamos que sin el ánimo publicitario que se ha convertido en su nota más distintiva, supuestamente se hizo eco de la protesta y el mismo día, en horas de la tarde, se reunió en Consejo de Gabinete e invitó a los organizadores para “escuchar sus planteamientos”, y a renglón seguido “hizo llamados y prometió medidas inmediatas”. Hasta allí, sonaba bien.
El presidente Martinelli, aunque fuera de perogrullo, reconoció que el problema es muy grave. Y, seguidamente, apeló a la “cooperación de la ciudadanía” para enfrentarlo, porque dijo “es un problema de todos”. Como retórica la frase puede sonar bien; pero no es válida, en tanto en cuanto equipara a gobernantes y gobernados en la responsabilidad de su solución.
“Las autoridades de la República (reza el Artículo 17 de la Constitución), están instituidas para proteger en su vida, honra y bienes a los nacionales dondequiera se encuentren y a los extranjeros que estén bajo su jurisdicción; asegurar la efectividad de los derechos y deberes individuales y sociales y cumplir y hacer cumplir la Constitución y la Ley”. Y, para ello, se las dota de los recursos humanos, armas, equipos y toda la logística necesaria para que “los agentes” de la autoridad: la policía y todas las otras dependencias, que no son estamentos como es moda denominarlas, cumplan los fines del artículo citado. Además, solo el gobierno puede poseer armas de guerra (Art. 312 de la Constitución) y controla la posesión de otros tipos de armas, mediante su registro obligatorio.
La lucha contra la inseguridad es responsabilidad primaria de las autoridades; la capacidad de la ciudadanía, aparte de denunciar la comisión de algún hecho delictivo, es no solo limitada sino precaria. ¿Qué seguridad pueden garantizar las autoridades a quienes viven bajo el temor en las zonas y barrios de alta peligrosidad para que asuman el riesgo de ser denunciantes y poner en peligro su vida y las de sus familiares?
La prioridad en la lucha contra la inseguridad es la prevención. Y para prevenir hay que tomar acciones efectivas como, por ejemplo, “limpiar al país de armas ilegales” y castigar con severidad su posesión ilícita. Y como segunda prioridad, atacar las causas de la delincuencia que no es solamente el narcotráfico. También lo es la pobreza que castiga y condena a una vida miserable a un alto porcentaje de nuestra población.
Además, es urgente que cada ministerio y agencia, dentro de una “estrategia nacionalmente coordinada”, que no existe, cumpla sus funciones sin cruces de cables y sin imprudencias retóricas motivadas por la improvisación o el afán de figuración, cuyo último ejemplo es que después de la reunión del Gabinete, un seudo “ministro de Turismo” fue el encargado de opinar e informar sobre el “Sistema Acusatorio”.