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Interpretación de las normas


Con este título obviamente cualquiera puede pensar que este tema es exclusivo para los abogados, y con mayor justificación, para los magistrados y jueces, quienes tienen que practicar a diario el ejercicio de la ciencia de la hermenéutica –interpretación- jurídica; sin embargo, para el común de los ciudadanos también es importante, a su manera, el ejercicio de la interpretación de las normas jurídicas por el hecho de que van dirigidas a todos los habitantes de un país, para que todos las cumplan. De ahí que exista un adagio que dice: “La ignorancia de las leyes no es excusa de su cumplimiento”. Nadie entonces puede decir que violó una ley, porque no sabía de su existencia. Como consecuencia, debe responder por su actuar, tal como sucede, a manera de ejemplo, con nuestros indígenas cuando la costumbre y cultura de ellos, en especial de los hombres, es el de llevarse consigo a mujeres menores de edad, cuando la Ley Penal establece que el tener acceso carnal con una menor de 14 años es considerado violación sexual.

Al analizar la situación jurídico-político de la Procuradora General de la Nación, cualquiera emite su apreciación, su interpretación de las normas jurídicas, específicamente de la génesis del problema: si la Procuradora es o no es autoridad judicial, y si la misma estaba facultada para intervenir comunicaciones privadas, y por ende, si violó y o no violó el Artículo 29 de la Constitución referente a la inviolabilidad de las comunicaciones, así como el Artículo 32 constitucional concerniente al principio del debido proceso, pese a que ya la Corte Suprema de Justicia –quien tiene la última palabra en materia de guarda e integridad de la Constitución- en fallo de 17 de julio de 2007, declaró inconstitucional una Resolución en la que la Procuradora autorizó una intervención telefónica, y por ende, la resolución vulneró los mencionados artículos de la Constitución.

Ahora le toca a la Corte Suprema de Justicia pronunciarse si por dicha violación al Artículo 29 constitucional se configuró un delito y la consecuente responsabilidad a la procuradora Ana Matilde Gómez, así como conocer cuál es su sanción. ¡Amanecerá y veremos!

101 años de Panamá América

 
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