Interpretaciones al Pacto de Neutralidad
El debate desatado en las últimas semanas sobre el Pacto de Neutralidad tiene gran trascendencia para el futuro del país, ya que éste pretende ser el marco en que se desarrollen tanto las relaciones de Panamá con Estados Unidos como el futuro de nuestra vía interoceánica. En este sentido, el debate ha mostrado tres interpretaciones o actitudes ante dicho tratado, dos de las cuales parecen contrapuestas, pero acaban en lo mismo: justificando el "derecho" de intervención yanqui.
La primera interpretación corresponde a los negociadores y defensores incondicionales del Pacto de Neutralidad quienes, contra toda evidencia, sostienen que los mismos son buenos y no otorgan ningún marco jurídico a la intervención. Ellos sostienen que las enmiendas, condiciones y entendimientos agregados por el Congreso norteamericano fueron anuladas por una declaración unilateral del entonces gobierno, hecha en el instrumento de Ratificación, que sostiene que Panamá no acepta la intromisión en sus asuntos internos.
Según los defensores de los Tratados de 1977, cualquier intento de rechazar las condiciones pactadas es peligroso para Panamá, porque EE.UU. es una potencia que aprovecharía la negación del pacto para intervenir militarmente y asegurar sus intereses. Esta interpretación pretende que, luego del 31 de diciembre próximo, lo más que puede avanzar la soberanía panameña es a lo delimitado por el Pacto de Neutralidad que, además, no tiene fecha de expiración. Es decir, viviremos "forever" bajo el "paraguas del Pentágono".
La segunda interpretación pretende ser crítica al Pacto, y la expresó claramente el expresidente Guillermo Endara, diciendo que en el mismo EE.UU. se aseguró algunas cláusulas intervencionistas. Pero esta crítica es pasiva, y conveniente a los intereses norteamericanos, pues pretende que nada se puede hacer al respeto y les reconoce el supuesto "derecho" de intervención. Estos sectores, más que criticar la intervención yanqui, con la cual parecen sentirse a gusto, descargan sus críticas hacia Torrijos y el PRD ("ellos lo firmaron").
La tercera interpretación, defendida históricamente por diversos sectores populares, considera al Pacto de Neutralidad como nefasto para la soberanía panameña, y una imposición jurídica que contraviene principios elementales del derecho internacional. Por ende, a la larga nuestro país sólo puede tener un objetivo: la abrogación de dicho tratado y su sustitución por una doctrina de la neutralidad soberana y unilateralmente fijada por Panamá.
Nos parece que el primer paso en esa dirección consiste en exigir al gobierno panameño una Declaración formal, que fije una interpretación de la neutralidad conveniente al interés nacional, en la que no tenga cabida ninguna forma de intervención imperialista en nuestro territorio. Los principios elementales que tal declaración debe contener son, a nuestro juicio:
1. Todo nuestro territorio permanecerá libre de tropas extranjeras, para asegurar la soberanía y verdadera neutralidad del Canal;
2. En ese sentido, la firma de cualquier pacto para el establecimiento de bases militares, sitios de defensa, o cualquier otra instalación de tipo militar contraviene el espíritu de la neutralidad;
3. Así mismo, en cumplimiento de la neutralidad y del Tratado de Tlatelolco, se declara a Panamá y su canal libre de la instalación o tráfico de cualquier tipo de material nuclear, por lo cual, cualquier nave propulsada o transportando carga de este tipo deberá optar por otra vía que no sea el Canal de Panamá;
4. Panamá estima que el espíritu de neutralidad de la vía acuática es incompatible con cualquier forma de intervención armada en el Canal y su territorio, ni siquiera con el pretexto de asegurar su funcionamiento y libre tránsito, ya que la acción militar por parte de cualquier potencia en el Istmo, es susceptible de ser interpretada como una violación de la neutralidad del Canal, tanto por el pueblo panameño, como por terceros países;
5. Panamá no acepta que EE.UU. puede definir de manera unilateral, en qué circunstancias se encontraría en peligro el libre tránsito por el Canal, ni mucho menos es aceptable la decisión unilateral de ese país para emplear fuerzas armadas en su territorio;
6. Iniciar una campaña de difusión y explicación de esta interpretación de la neutralidad del Canal ante gobiernos y foros internacionales, buscando demostrar la conveniencia para todas las partes.
Una declaración de esta índole tiene la virtud de que puede ser acogida tanto por quienes apoyaron por motivos nacionalistas los Tratados del 77, como quienes los rechazamos por la misma causa. Y, evidentemente, no caerá bien entre quienes, críticos o defensores del pacto de Neutralidad, en el fondo actúan como quintas columnas a favor del interés norteamericano.
Con respecto a las relaciones con Estados Unidos, una declaración así generará una controversia interpretativa, tal y como ocurrió en diversos momentos del siglo XX con el Hay-Bunau Varilla. Controversia en la que Panamá tendrá a su favor los principios del derecho internacional como el apoyo activo de los pueblos del mundo. Controversia que zanjará el camino hacia la abrogación definitiva del Pacto de Neutralidad.
La primera interpretación corresponde a los negociadores y defensores incondicionales del Pacto de Neutralidad quienes, contra toda evidencia, sostienen que los mismos son buenos y no otorgan ningún marco jurídico a la intervención. Ellos sostienen que las enmiendas, condiciones y entendimientos agregados por el Congreso norteamericano fueron anuladas por una declaración unilateral del entonces gobierno, hecha en el instrumento de Ratificación, que sostiene que Panamá no acepta la intromisión en sus asuntos internos.
Según los defensores de los Tratados de 1977, cualquier intento de rechazar las condiciones pactadas es peligroso para Panamá, porque EE.UU. es una potencia que aprovecharía la negación del pacto para intervenir militarmente y asegurar sus intereses. Esta interpretación pretende que, luego del 31 de diciembre próximo, lo más que puede avanzar la soberanía panameña es a lo delimitado por el Pacto de Neutralidad que, además, no tiene fecha de expiración. Es decir, viviremos "forever" bajo el "paraguas del Pentágono".
La segunda interpretación pretende ser crítica al Pacto, y la expresó claramente el expresidente Guillermo Endara, diciendo que en el mismo EE.UU. se aseguró algunas cláusulas intervencionistas. Pero esta crítica es pasiva, y conveniente a los intereses norteamericanos, pues pretende que nada se puede hacer al respeto y les reconoce el supuesto "derecho" de intervención. Estos sectores, más que criticar la intervención yanqui, con la cual parecen sentirse a gusto, descargan sus críticas hacia Torrijos y el PRD ("ellos lo firmaron").
La tercera interpretación, defendida históricamente por diversos sectores populares, considera al Pacto de Neutralidad como nefasto para la soberanía panameña, y una imposición jurídica que contraviene principios elementales del derecho internacional. Por ende, a la larga nuestro país sólo puede tener un objetivo: la abrogación de dicho tratado y su sustitución por una doctrina de la neutralidad soberana y unilateralmente fijada por Panamá.
Nos parece que el primer paso en esa dirección consiste en exigir al gobierno panameño una Declaración formal, que fije una interpretación de la neutralidad conveniente al interés nacional, en la que no tenga cabida ninguna forma de intervención imperialista en nuestro territorio. Los principios elementales que tal declaración debe contener son, a nuestro juicio:
1. Todo nuestro territorio permanecerá libre de tropas extranjeras, para asegurar la soberanía y verdadera neutralidad del Canal;
2. En ese sentido, la firma de cualquier pacto para el establecimiento de bases militares, sitios de defensa, o cualquier otra instalación de tipo militar contraviene el espíritu de la neutralidad;
3. Así mismo, en cumplimiento de la neutralidad y del Tratado de Tlatelolco, se declara a Panamá y su canal libre de la instalación o tráfico de cualquier tipo de material nuclear, por lo cual, cualquier nave propulsada o transportando carga de este tipo deberá optar por otra vía que no sea el Canal de Panamá;
4. Panamá estima que el espíritu de neutralidad de la vía acuática es incompatible con cualquier forma de intervención armada en el Canal y su territorio, ni siquiera con el pretexto de asegurar su funcionamiento y libre tránsito, ya que la acción militar por parte de cualquier potencia en el Istmo, es susceptible de ser interpretada como una violación de la neutralidad del Canal, tanto por el pueblo panameño, como por terceros países;
5. Panamá no acepta que EE.UU. puede definir de manera unilateral, en qué circunstancias se encontraría en peligro el libre tránsito por el Canal, ni mucho menos es aceptable la decisión unilateral de ese país para emplear fuerzas armadas en su territorio;
6. Iniciar una campaña de difusión y explicación de esta interpretación de la neutralidad del Canal ante gobiernos y foros internacionales, buscando demostrar la conveniencia para todas las partes.
Una declaración de esta índole tiene la virtud de que puede ser acogida tanto por quienes apoyaron por motivos nacionalistas los Tratados del 77, como quienes los rechazamos por la misma causa. Y, evidentemente, no caerá bien entre quienes, críticos o defensores del pacto de Neutralidad, en el fondo actúan como quintas columnas a favor del interés norteamericano.
Con respecto a las relaciones con Estados Unidos, una declaración así generará una controversia interpretativa, tal y como ocurrió en diversos momentos del siglo XX con el Hay-Bunau Varilla. Controversia en la que Panamá tendrá a su favor los principios del derecho internacional como el apoyo activo de los pueblos del mundo. Controversia que zanjará el camino hacia la abrogación definitiva del Pacto de Neutralidad.