Jubilaciones especiales o jubilaciones justas
Sería ideal que todos, los funcionarios públicos y los trabajadores del sector no gubernamental, nos jubiláramos con el último salario. El problema es ¿de dónde saldrían los recursos para pagar esas jubilaciones?
Los empleados del llamado sector privado, si cumplen con las cuotas y la edad mínima requeridas, tienen derecho a una jubilación regular del Seguro Social, equivalente al 60% del promedio de los mejores 7 años de cotización. Por cada año adicional de cotización, la pensión se les incrementa en el 1.25%, de manera que para pensionarse con el 90% deben cotizar un mínimo de 38 años, que es un promedio de vida laboral muy alto. Para poder sobrepasar ese tope, tendrían que trabajar 45 ó 50 años o participar de algún plan privado de pensiones y con sus ahorros capitalizar para obtener una pensión complementaria o adicional. Recientemente, la oferta de Fondos de Pensiones privados ha aumentado notablemente.
También hay en Panamá planes privados de jubilación patrocinados por algunas empresas, a los que contribuyen patronos y trabajadores, que aseguran a los participantes una pensión complementaria a la de la Caja del Seguro Social.
La situación es diferente para los funcionarios públicos. Para éstos han existido cuatro sistemas de pensiones:
Las jubilaciones regulares, pagadas por el Fondo de Pensiones que administra la Caja del Seguro Social y a las que se tiene derecho, después de cotizar un mínimo de 180 cuotas y alcanzar las edades de 62 años, los hombres y de 57, las mujeres. Anteriormente, las edades eran de 60 y 55 años, respectivamente.
Las jubilaciones anticipadas, también pagadas por el Fondo de Pensiones del Seguro Social, a las que podían acogerse quienes aportaran el mínimo de 180 cuotas y tuvieran 55 y 50 años, respectivamente. El pensionado bajo esta alternativa recibía una pensión reducida, como penalidad por retirarse anticipadamente. Las pensiones anticipadas fueron eliminadas a partir del año de 1992.
Las pensiones regulares con Fondo Complementario. El Fondo Complementario fue creado en 1975 y debía capitalizarse con un aporte adicional del 2% de los empleados públicos, y un aporte de capital semilla y los aportes patronales del Estado. Los recursos del Fondo estaban destinados a pagar a los servidores públicos la diferencia entre la pensión regular del Seguro Social y su último salario, hasta un tope de mil quinientos balboas (B/.1,500.00).
Las jubilaciones especiales, creadas en la década de los cuarentas, a favor de aquellos servidores públicos que prestaban servicios considerados excepcionales. A éstos se les reconoció el derecho a jubilarse al cumplir, por ejemplo, 28 años de servicio, sin atención a la edad o mediante una combinación de éstos y de edades, siempre muy inferiores a las exigidas para el resto de los servidores públicos.
La característica relevante de las jubilaciones especiales era que daban derecho a retirarse con el último salario y con ellas se favoreció a los educadores y funcionarios de la rama educativa, policías, bomberos, enfermeras, telegrafistas y los empleados del Organo Judicial y del Ministerio Público, principalmente.
El otro aspecto relevante de las jubilaciones especiales era que se pagaban con fondos del Presupuesto General del Estado. Pero cuando se creó el Fondo Complementario, a éste se le cargaron todas las jubilaciones especiales, aún aquellas superiores a los B/.1,500.00, como las de B/.5,000.00 mensuales que recibían los exmagistrados de la Corte Suprema de Justicia.
El Estado nunca aportó el capital semilla y tampoco sus contribuciones patronales al Fondo Complementario, y como éste nunca estuvo calculado para pagar las jubilaciones especiales, su quiebra era previsible. Para rescatarlo hubiera sido necesario que el Estado aportara las sumas que adeudaba, con sus intereses, y que se suspendiera el pago con los dineros del Fondo de las jubilaciones especiales.
El gobierno del PRD descartó cualquier posibilidad de rescatar el Fondo Complementario. Sin siquiera intentarlo, recurrió a su aplanadora legislativa y aprobó la Ley 8, mediante la cual eliminó el Fondo Complementario y las jubilaciones especiales, excepto las establecidas a favor de la Fuerza Pública y de los bomberos. En su lugar, creó el denominado SIACAP, un sistema de cuentas individuales, sin aportes del Estado, para que los empleados que lo deseen ahorren y con la inversión de sus ahorros, mejoren sus pensiones.
En resumen, los empleados públicos, excepción hecha de los que forman parte de la Fuerza Pública y los bomberos, sólo tienen dos opciones: o se jubilan con las pensiones regulares del Seguro Social o cotizan al SIACAP para mejorarlas.
El sistema vigente hasta la promulgación de la Ley 8 era injusto, porque patrocinaba muchas situaciones de privilegio, pero, igualmente, lo es el que lo sustituyó. Por tanto, la solución no está en volver atrás y, tampoco, en mantener el régimen vigente. La situación debe revisarse, pero esa revisión no puede ser improvisada ni tampoco producto de presiones o de amenazas de huelgas u otras acciones de fuerza. El problema es demasiado serio y complejo y requiere de serenidad y mucha madurez cívica para enfrentarlo.
La Presidenta de la República, durante la campaña electoral, consciente de que existe la necesidad de buscar alternativas para hacer las pensiones más justas, prometió a los educadores revisar la Ley 8 y, en reiteradas ocasiones ha ratificado su intención de hacerlo, que se ha materializado en las conversaciones entre los representantes del gobierno y de los gremios docentes, en las que, por lo menos, se han delimitado dos criterios fundamentales: que no es posible volver a las jubilaciones especiales con el último salario y que se requerirá de aportes adicionales para sufragar los aumentos que, eventualmente, pudieran acordarse.
Las pensiones deben mejorarse. Eso es indiscutible. Pero también es indiscutible que para poder mejorarlas, antes hay que asegurar la viabilidad financiera de la alternativa que se adopte. Los fondos de pensiones no son un pozo sin fondo y si el total de las pensiones excede al rendimiento de sus reservas, irremediablemente, van a la quiebra.
Por otra parte, el dinero para aumentar pensiones tampoco puede salir, íntegramente, del Presupuesto del Estado, pues éste no es ilimitado y, por tanto, los fondos para los aumentos tendrían que restarse de otros rubros, como los de salarios o de inversiones.
Para buscar las soluciones hay que sentarse a dialogar, pero sin precondiciones, amenazas ni desplantes. De lo contrario, muy poco podrá avanzarse. Las pensiones son un problema de Estado y habrá que encontrarle soluciones justas, que deben ser generales en vez de parciales, pero ese objetivo sólo se logrará si la serenidad y el civismo y, sobre todo, el realismo financiero, se anteponen a la improvisación y a la intransigencia.
Los empleados del llamado sector privado, si cumplen con las cuotas y la edad mínima requeridas, tienen derecho a una jubilación regular del Seguro Social, equivalente al 60% del promedio de los mejores 7 años de cotización. Por cada año adicional de cotización, la pensión se les incrementa en el 1.25%, de manera que para pensionarse con el 90% deben cotizar un mínimo de 38 años, que es un promedio de vida laboral muy alto. Para poder sobrepasar ese tope, tendrían que trabajar 45 ó 50 años o participar de algún plan privado de pensiones y con sus ahorros capitalizar para obtener una pensión complementaria o adicional. Recientemente, la oferta de Fondos de Pensiones privados ha aumentado notablemente.
También hay en Panamá planes privados de jubilación patrocinados por algunas empresas, a los que contribuyen patronos y trabajadores, que aseguran a los participantes una pensión complementaria a la de la Caja del Seguro Social.
La situación es diferente para los funcionarios públicos. Para éstos han existido cuatro sistemas de pensiones:
Las jubilaciones regulares, pagadas por el Fondo de Pensiones que administra la Caja del Seguro Social y a las que se tiene derecho, después de cotizar un mínimo de 180 cuotas y alcanzar las edades de 62 años, los hombres y de 57, las mujeres. Anteriormente, las edades eran de 60 y 55 años, respectivamente.
Las jubilaciones anticipadas, también pagadas por el Fondo de Pensiones del Seguro Social, a las que podían acogerse quienes aportaran el mínimo de 180 cuotas y tuvieran 55 y 50 años, respectivamente. El pensionado bajo esta alternativa recibía una pensión reducida, como penalidad por retirarse anticipadamente. Las pensiones anticipadas fueron eliminadas a partir del año de 1992.
Las pensiones regulares con Fondo Complementario. El Fondo Complementario fue creado en 1975 y debía capitalizarse con un aporte adicional del 2% de los empleados públicos, y un aporte de capital semilla y los aportes patronales del Estado. Los recursos del Fondo estaban destinados a pagar a los servidores públicos la diferencia entre la pensión regular del Seguro Social y su último salario, hasta un tope de mil quinientos balboas (B/.1,500.00).
Las jubilaciones especiales, creadas en la década de los cuarentas, a favor de aquellos servidores públicos que prestaban servicios considerados excepcionales. A éstos se les reconoció el derecho a jubilarse al cumplir, por ejemplo, 28 años de servicio, sin atención a la edad o mediante una combinación de éstos y de edades, siempre muy inferiores a las exigidas para el resto de los servidores públicos.
La característica relevante de las jubilaciones especiales era que daban derecho a retirarse con el último salario y con ellas se favoreció a los educadores y funcionarios de la rama educativa, policías, bomberos, enfermeras, telegrafistas y los empleados del Organo Judicial y del Ministerio Público, principalmente.
El otro aspecto relevante de las jubilaciones especiales era que se pagaban con fondos del Presupuesto General del Estado. Pero cuando se creó el Fondo Complementario, a éste se le cargaron todas las jubilaciones especiales, aún aquellas superiores a los B/.1,500.00, como las de B/.5,000.00 mensuales que recibían los exmagistrados de la Corte Suprema de Justicia.
El Estado nunca aportó el capital semilla y tampoco sus contribuciones patronales al Fondo Complementario, y como éste nunca estuvo calculado para pagar las jubilaciones especiales, su quiebra era previsible. Para rescatarlo hubiera sido necesario que el Estado aportara las sumas que adeudaba, con sus intereses, y que se suspendiera el pago con los dineros del Fondo de las jubilaciones especiales.
El gobierno del PRD descartó cualquier posibilidad de rescatar el Fondo Complementario. Sin siquiera intentarlo, recurrió a su aplanadora legislativa y aprobó la Ley 8, mediante la cual eliminó el Fondo Complementario y las jubilaciones especiales, excepto las establecidas a favor de la Fuerza Pública y de los bomberos. En su lugar, creó el denominado SIACAP, un sistema de cuentas individuales, sin aportes del Estado, para que los empleados que lo deseen ahorren y con la inversión de sus ahorros, mejoren sus pensiones.
En resumen, los empleados públicos, excepción hecha de los que forman parte de la Fuerza Pública y los bomberos, sólo tienen dos opciones: o se jubilan con las pensiones regulares del Seguro Social o cotizan al SIACAP para mejorarlas.
El sistema vigente hasta la promulgación de la Ley 8 era injusto, porque patrocinaba muchas situaciones de privilegio, pero, igualmente, lo es el que lo sustituyó. Por tanto, la solución no está en volver atrás y, tampoco, en mantener el régimen vigente. La situación debe revisarse, pero esa revisión no puede ser improvisada ni tampoco producto de presiones o de amenazas de huelgas u otras acciones de fuerza. El problema es demasiado serio y complejo y requiere de serenidad y mucha madurez cívica para enfrentarlo.
La Presidenta de la República, durante la campaña electoral, consciente de que existe la necesidad de buscar alternativas para hacer las pensiones más justas, prometió a los educadores revisar la Ley 8 y, en reiteradas ocasiones ha ratificado su intención de hacerlo, que se ha materializado en las conversaciones entre los representantes del gobierno y de los gremios docentes, en las que, por lo menos, se han delimitado dos criterios fundamentales: que no es posible volver a las jubilaciones especiales con el último salario y que se requerirá de aportes adicionales para sufragar los aumentos que, eventualmente, pudieran acordarse.
Las pensiones deben mejorarse. Eso es indiscutible. Pero también es indiscutible que para poder mejorarlas, antes hay que asegurar la viabilidad financiera de la alternativa que se adopte. Los fondos de pensiones no son un pozo sin fondo y si el total de las pensiones excede al rendimiento de sus reservas, irremediablemente, van a la quiebra.
Por otra parte, el dinero para aumentar pensiones tampoco puede salir, íntegramente, del Presupuesto del Estado, pues éste no es ilimitado y, por tanto, los fondos para los aumentos tendrían que restarse de otros rubros, como los de salarios o de inversiones.
Para buscar las soluciones hay que sentarse a dialogar, pero sin precondiciones, amenazas ni desplantes. De lo contrario, muy poco podrá avanzarse. Las pensiones son un problema de Estado y habrá que encontrarle soluciones justas, que deben ser generales en vez de parciales, pero ese objetivo sólo se logrará si la serenidad y el civismo y, sobre todo, el realismo financiero, se anteponen a la improvisación y a la intransigencia.