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La administración de justicia II


Demandas urgentes: Se hace necesario medidas serias, firmes y efectivas para avanzar en una administración de justicia eficaz. Debemos romper con el esquema napoleónico de la estructura judicial que pone en peligro la independencia judicial de cara al resto de los poderes, sino también la independencia de los jueces y fiscales al interior del sistema. Por ello se propone, con urgencia, darle fuerza al consejo judicial o crear un consejo de judicaturía en donde, desde el más alto funcionario judicial, su selección, remoción o ascensos provengan de este organismo; un gobierno de jueces donde las universidades, los abogados, los partidos políticos y los propios jueces, lo conformen y puedan acometer la tarea de reestructurar el sistema judicial y darle el verdadero vigor a la carrera judicial.
Ya Bolívar señalaba en su discurso de Angostura de 1819, la necesidad de reforzar los tribunales a través de la estabilidad y la independencia de los jueces, adicionando en otros documentos, la necesidad de evaluar los méritos y los buenos servicios de magistrados y jueces, como crédito de esa estabilidad.
El Foro Centroamericano reunido en Guatemala, reitera su recomendación de avanzar en la creación de un gobierno de jueces o Consejo Superior de la Magistratura (como se denominó el modelo italiano frente a la experiencia fascista) o reforzar esas instancias donde ya existen.
Una jurisprudencia uniforme moderna y respetuosa de los Derechos Humanos: El Estado de Derecho requiere que la función jurisprudencial sea uniforme, consistente y amarrada a los derechos humanos. "Estamos preocupados por la disparidad de las sentencias de la Corte sobre iguales institutos jurídicos, situación que crea la inseguridad y puede generar índice de desconfianza. De igual forma, si bien tenemos un sistema diferente al "judicial reviw", el marco constitucional que fundamenta los derechos humanos debe estar por encima de interpretaciones legales que transtoquen la Constitución".
La lectura de y desde la Constitución debe impregnar la legislación ordinaria y ello implica, en el caso de Panamá, o la aplicación de una hermenéutica constitucional evolutiva, sistemática y material o en el mejor de los casos, de la creación de un tribunal constitucional que no conozca de amparo de garantías, habeas corpus y demandas de inconstitucionalidad, sino que puede revisar decisiones de las propias salas de la Corte Suprema que puedan ser atentatorias a los derechos humanos. Esto último requiere de una reforma constitucional y por ello, la voluntad política del gobierno y los partidos se impone sin dilación.
La Mora Judicial: El Foro de Juristas en Centroamérica debatió profundamente este tema y existen diversas alternativas procesales. De igual forma, la Corte y otros estudios, arrojan fórmulas para la agilización de los procesos. Hay quienes piensan que así como se ha privatizado otros servicios públicos, el camino del servicio público de la administración de justicia debe ser la desjudicialización de todos los procesos. En tal dirección aparecen alternativas de resolución de conflictos, como la única vía a la mora judicial y la pesada carga económica que representa el sistema judicial.
"Pensamos, sin prescindir de los métodos de resolución alternativa de conflictos insertos en el sistema judicial, que podemos lograr una administración de justicia eficaz y eficiente y asegurar a todos (as) los ciudadanos la igualdad real de defender sus derechos y enfrentar el viejo adagio que dice: "La justicia como la serpiente sólo muerde al descalzo". Por ello consideramos que el acceso a la justicia pronta y cumplida, no es un problema meramente procesal y por ende de mora judicial, sino el desarrollo de las garantías y mecanismos de exigibilidad de los derechos humanos y el papel del Estado en asegurar que este servicio público funcione eficaz y eficientemente". Continúa el próximo sábado.

101 años de Panamá América

 
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