La administración de la educación
Como fácilmente se comprende, la función principal de los órganos del Estado es la administrativa. El despacho del Ministerio de Educación tiene encomendada la sustancial tarea de cuidar el equilibrio y progresivo desarrollo de la cultura, junto a la formación del hombre y la mujer panameños. Coadyuvan en la realización de esta importante empresa hombres y mujeres de las más diversas clases sociales y personalidades: funcionarios, consejeros, técnicos, maestros, empleados administrativos y manuales, quienes forman la burocracia educativa en Panamá.
Una de las fallas más notorias en la administración de la Educación en nuestro país se debe, precisamente, a falta de establecer normas y principios generales y adecuados de administración, que permitan servir de guía al personal directivo y técnico del Ministerio de Educación para el planeamiento y desarrollo de las actividades educativas. La compleja administración contemporánea requiere una técnica de alta especialización que, por lo mismo, necesita del concurso de organismos y funcionarios especializados.
El estado deplorable actual de la administración de la Educación en Panamá, impone determinar los aspectos que pongan a la administración pública de la educación en condiciones de cumplir adecuadamente su cometido, para lo cual es necesario una determinación bien definida de responsabilidad y autoridad. Se requiere, ante todo, que el o la ministro (a) de Educación, independientemente de su profesión (licenciado, magister, doctor, profesor(a) de Literatura o de cualquier otra disciplina académica), al menos tenga conocimiento de los principios y técnicas de la administración de la Educación. A falta de ello se impone, entonces, el "dejar-hacer" administrativo.
Es bien sabido que el éxito de la administración educativa depende, ante todo, del recurso humano. Hay que llevar a la administración, por lo tanto, a las personas capacitadas, seleccionándolas con base en su formación, competencia técnica y administrativa. Asimismo, hay necesidad de formar a los futuros funcionarios y perfeccionar continuamente a los que se encuentran en servicio. Lo anterior, sin embargo, requiere una advertencia oportuna: el éxito de la función administrativa depende, en gran escala, de la estabilidad del personal. En consecuencia, una solución del problema actual de la "inestabilidad" por efecto de la politiquería y el nepotismo, sería la promulgación de un estatuto de personal de la educación, como parte de la organización de la Carrera Administrativa o el Servicio Civil, donde se determinan las formas de selección, adiestramiento, superación profesional, compensaciones, reglamentos disciplinarios, promociones, obligaciones y otros aspectos.
Conviene reiterar que en las democracias, la administración educativa suele llamar a colaborar en el planeamiento y ejecución de sus tareas a miembros de distintas corrientes ideológicas y sociales, fundada en los principios de responsabilidad participada y de autoridad delegada, garantizando de este modo la nitidez jurídica, la función objetiva, la libertad, la igualdad y la fraternidad sociales.
Esta política democrática de la administración educativa asume dos formas que, con el tiempo, han mostrado sus bondades y deficiencias, a saber: la forma centralizada de la administración y la forma descentralizada. En aquella tiene el órgano estatal (Ministerio de Educación) intervención ejecutiva directa en todos los asuntos. En ésta, el Estado delega sus funciones en organismos solventes, casi siempre concediéndoles autonomía. Tal es el caso, por ejemplo, de las universidades panameñas. Finalmente, urge reglamentar apropiadamente, en el Ministerio de Educación, las funciones del personal administrativo; pero más que una especificación teórica de sus funciones, limitaciones o prohibiciones, debe inspirarse en ellos el sentido de responsabilidad, cooperación e iniciativa.
Una de las fallas más notorias en la administración de la Educación en nuestro país se debe, precisamente, a falta de establecer normas y principios generales y adecuados de administración, que permitan servir de guía al personal directivo y técnico del Ministerio de Educación para el planeamiento y desarrollo de las actividades educativas. La compleja administración contemporánea requiere una técnica de alta especialización que, por lo mismo, necesita del concurso de organismos y funcionarios especializados.
El estado deplorable actual de la administración de la Educación en Panamá, impone determinar los aspectos que pongan a la administración pública de la educación en condiciones de cumplir adecuadamente su cometido, para lo cual es necesario una determinación bien definida de responsabilidad y autoridad. Se requiere, ante todo, que el o la ministro (a) de Educación, independientemente de su profesión (licenciado, magister, doctor, profesor(a) de Literatura o de cualquier otra disciplina académica), al menos tenga conocimiento de los principios y técnicas de la administración de la Educación. A falta de ello se impone, entonces, el "dejar-hacer" administrativo.
Es bien sabido que el éxito de la administración educativa depende, ante todo, del recurso humano. Hay que llevar a la administración, por lo tanto, a las personas capacitadas, seleccionándolas con base en su formación, competencia técnica y administrativa. Asimismo, hay necesidad de formar a los futuros funcionarios y perfeccionar continuamente a los que se encuentran en servicio. Lo anterior, sin embargo, requiere una advertencia oportuna: el éxito de la función administrativa depende, en gran escala, de la estabilidad del personal. En consecuencia, una solución del problema actual de la "inestabilidad" por efecto de la politiquería y el nepotismo, sería la promulgación de un estatuto de personal de la educación, como parte de la organización de la Carrera Administrativa o el Servicio Civil, donde se determinan las formas de selección, adiestramiento, superación profesional, compensaciones, reglamentos disciplinarios, promociones, obligaciones y otros aspectos.
Conviene reiterar que en las democracias, la administración educativa suele llamar a colaborar en el planeamiento y ejecución de sus tareas a miembros de distintas corrientes ideológicas y sociales, fundada en los principios de responsabilidad participada y de autoridad delegada, garantizando de este modo la nitidez jurídica, la función objetiva, la libertad, la igualdad y la fraternidad sociales.
Esta política democrática de la administración educativa asume dos formas que, con el tiempo, han mostrado sus bondades y deficiencias, a saber: la forma centralizada de la administración y la forma descentralizada. En aquella tiene el órgano estatal (Ministerio de Educación) intervención ejecutiva directa en todos los asuntos. En ésta, el Estado delega sus funciones en organismos solventes, casi siempre concediéndoles autonomía. Tal es el caso, por ejemplo, de las universidades panameñas. Finalmente, urge reglamentar apropiadamente, en el Ministerio de Educación, las funciones del personal administrativo; pero más que una especificación teórica de sus funciones, limitaciones o prohibiciones, debe inspirarse en ellos el sentido de responsabilidad, cooperación e iniciativa.