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LA CENSURA VUELVE Y ATACA


El Ministerio de Gobierno y Justicia, a través de la Junta Nacional de Censura, acaba de largar un agudo dardo en contra de la libertad de expresión. Se trata de la Resolución No. 115 de 5 de Enero de 1999, que multa a la empresa Editora Panamá América S.A. en la suma de B/.250.00, por publicar en el diario Crítica Libre una página llamada La Chica de Crítica Libre. Para despejar cualquier interrogante, la publicación de marras es diaria y consiste en imágenes de mujeres desnudas, a todo color y en poses provocativas. Esta manifestación de neo - o más probablemente pseudo - puritanismo oficial, no debe pasar desapercibida.
Desde luego, el problema que nos presenta el Ministerio no está en la multa, que sólo atañe a la empresa afectada. El problema está en el ejercicio de censura por funcionarios gubernamentales, especialmente cuando se trata de la aplicación de la ley de censura de la dictadura. En efecto, la Resolución No. 115 se fundamenta en el Decreto de Gabinete No. 251 de 6 de Agosto de 1969, promulgado cuando leyes nuevas no se consultaban y discutían públicamente con anticipación, sino que sencilla y duramente se imponían sobre la ciudadanía. Entre sus alarmantes disposiciones, prohíbe películas, espectáculos teatrales o de televisión, grabaciones, publicaciones, etc. (sic), entre otros casos, y sólo como ilustración:
1. Que atenten contra los principios básicos de la moral cristiana o sean ofensivos a los mismos;
2. Que incluyan escenas inmorales, vulgares u obscenas que lastimen el sentido moral y el decoro de la sociedad;
3. Que a juicio del Ministerio de Relaciones Exteriores y a petición del representante diplomático respectivo, no deban exhibirse por su contenido lesivo u ofensivo a la dignidad de naciones amigas;
4. Que vengan a debilitar ... la contextura moral de nuestro medio ... deformando el concepto de los valores humanos, morales y hogareños;
5. Que sean instrumento de propaganda de teorías exóticas y sistemas totalitarios que aboguen por la destrucción de nuestro sistema democrático y republicano de gobierno o sean contrarios al orden público.
Además, el Decreto de Gabinete dispone que para ser Censor se requiere poseer "alguna cultura científica o artística". Es de imaginar que el requisito de poseer alguna cultura científica o artística se puede satisfacer con la habilidad para erigir castillos de tuquitos o colorear con crayones.
En cualquier caso, llama la atención en primer lugar la prohibición de lo que la Junta Nacional de Censura, a su juicio, considere ofensivo y que atente contra los principios de la moral cristiana. De paso, es esa la razón que nos ofrece la Resolución No. 115 para multar la publicación. En otras palabras, la Junta Nacional de Censura parece tener el derecho de interpretar y supervisar el cumplimiento de la moralidad cristiana, como quiera que ésta pueda definirse, funciones que sólo pueden ser de competencia de los que ejercen el pastorado, y sólo respecto de sus feligreses. Su ejercicio por el estado supone la imposición de una teocracia. En el mundo cristiano, la última desapareció con el imperio Austro-Húngaro.
No cabe duda que fotografías de mujeres desnudas, deliberadamente provocativas, puedan ofender a alguna parte de la población, y es por lo tanto posible comprender las motivaciones de los miembros Junta Nacional de Censura que allí se ubiquen. El meollo del problema, sin embargo, es si debemos otorgarle al estado la facultad de prohibirle a toda la ciudadanía adulta lo que algunos encuentran chocante, y permitirle a funcionarios gubernamentales constituirse en árbitros morales o religiosos de la población.
El principio de no dejar que nadie haga lo que algunos no quieren hacer, incluso tratándose de pornografía, no parece una base sensata para la función gubernamental, mientras no se ocasione daño a los demás. Los linderos entre la pornografía, el erotismo y la sexualidad son notoriamente difíciles de trazar, y cualquier intento de definirlos va a caer en un estéril argumento semántico. Por otra parte, no se ha demostrado, y no creo que pueda demostrarse, que la pornografía, según cualquier definición razonable, sea nociva, con independencia de su aceptación o rechazo por el concepto de moralidad o creencias religiosas de cada cual. En las sociedades libres no es de extrañar la existencia de principios filosóficos y políticos, publicaciones, películas, imágenes y otras manifestaciones similares, que ofendan a uno u otro sector.
Para continuar con la lista de prohibiciones podría referirme a la señalada en el aparte 3. Sin embargo, es tan patentemente absurda que no merece comentario.
Tomando otra prohibición, la que trata de "instrumentos de propaganda de teorías exóticas", ninguna sociedad libre debe restringir las expresiones de ideas, por exóticas que parezcan. Muchos de los adelantos sociales han germinado de ideas originalmente así concebidas. La educación no es otra cosa que el libre discurso y crítica de ideas contrastantes. Así, está claro, por ejemplo, que el racismo es una abominación en el mundo civilizado. Sin embargo, por abominable que sea, es una idea, y como tal tiene derecho de ser expresada, aunque sea sólo para que se conozca y se combata.
De la misma manera, los "valores hogareños" interesan a todos, pero su significado habrá de variar de hogar en hogar. Censores con facultades para prohibir manifestaciones que atenten contra los valores hogareños, como quiera que se definan, van tener dificultades con ciertas obras si recordamos que Medea mató a sus hijos, Orestes mató a su madre, Edipo mató a su padre y, para remachar, se casó con su madre. Es evidente que el infanticidio, el matricidio, el parricidio y el incesto no representan precisamente valores hogareños que deben protegerse. Sería fácil por consiguiente argüir sobre la base de valores hogareños que Esquilo, Eurípides y Sófocles son indignos de las tablas panameñas. El caso desde luego sería extremo, pero ese es el extremo a que puede llevar la censura.
A manera de anécdota, recuerdo en mis mocedades, una película americana (creo que "Mogambo") en la que aparecía una relación adúltera entre dos de sus protagonistas. Me cuentan que cuando se exhibió en la España franquista, la censura, sin duda para no incitar al adulterio y para proteger "los valores hogareños", obligó al doblaje a representar a la pareja como de hermano y hermana, dejando a los españoles maravillados por las extrañas costumbres de los norteamericanos, que permitían caricias tan apasionadas entre hermanos. El remedio fue peor que la enfermedad, pero el caso ilustra la típica mentalidad del censor.
El problema de representaciones en la televisión es delicado por su accesibilidad a los menores. No obstante, la responsabilidad por determinar lo que los niños puedan o no ver le corresponde en primera y última instancia a las cabezas de familia, y de acuerdo con sus propios criterios, y no al estado. Si algunos padres, alegando cansancio o falta de tiempo, están dispuestos a descuidar esa responsabilidad, las consecuencias deben caer sobre su propia familia, y no sobre el resto de la ciudadanía responsable, que sería el caso de permitírsele a una policía púdica, como pretende serlo la Junta Nacional de Censura, asumir esa función y de acuerdo con su subjetividad particular. El ojear un diario, ver la televisión y entrar al cine son actos voluntarios, como también lo son pasar la página, cambiar de canal y salir del teatro. Quien se sienta ofendido por algún ofrecimiento tiene el remedio a su fácil alcance.
En la medida que exista, el apetito del público por la pornografía, la representación de la violencia y de otros actos considerados indeseables por los censores, obedece a la moralidad y al gusto de ese público, y son atribuciones personales, sobre las cuales no se puede ni se debe legislar. Es imposible legislar moralidad. Cualquier intento por reformar o mejorar los "bonos mores" debe basarse en la educación y sus frutos, como el buen gusto y el discernimiento, pero no en la supresión. El proceso de educación es sin duda largo, costoso y complicado, pero sus resultados son duraderos. La represión, en cambio, es un remedio a primera vista rápido y fácil, pero a la larga inútil, y su único efecto es erosionar las facultades críticas de sus víctimas.
En resumen, la censura, como quiera que se vea y no importa sobre qué se extienda, no sólo es odiosa sino también contraproducente. Si creemos en la libertad de expresión, debemos tener el valor, la disciplina y, sobre todo la tolerancia, para aceptarla en toda su extensión y con todo lo que ella supone. Si le permitimos a funcionarios cincelarle un pedazo aquí y otro allá, acabarán por destruirla del todo, como ya nos ha ocurrido.
En el peor de los casos, podría ser aceptable restringirle a los menores el acceso a cierto tipo de espectáculos públicos; después de todo, no son dueños de su suerte y no pueden quejarse. Sin embargo, ninguna prohibición que alcance a los adultos puede siquiera contemplarse. Personalmente, no me considero con derecho para determinar cuales son las películas que mis conciudadanos pueden ver o la música que pueden escuchar. Igualmente, le niego ese derecho a cualquier persona, y sobre todo a burócratas, funcionarios y juntas estatales, no importa cómo estén integradas ni cuan ilustrados o piadosos sean sus integrantes. La única censura admisible es la que ejercen libremente los consumidores cuando aplican las leyes del mercado, cuando se abstienen de presenciar espectáculos o adquirir publicaciones que consideran objetables.
En ciertos aspectos el estado es un tanto infantil. Al igual que los niños, mientras no se le detenga, trata de acaparar cuanto pueda. No es necesariamente mala intención; es simplemente la naturaleza de la criatura. Por eso, es importante que en cada ocasión que el Ministerio, el mismo que ha engavetado la ley de transporte y olvidado los correos nacionales, demuestre acuciosidad para agredir la libre expresión, le salgan al paso los medios de comunicación, los gremios de escritores, las agrupaciones teatrales, los académicos y universitarios, y la ciudadanía en general. Si fallan, en última instancia estará la Corte Suprema, la custodia de nuestras libertades y que ya se ha pronunciado en favor de otro derecho fundamental, el de la privacía. Lo ideal, claro está, será la total derogación del Decreto de Gabinete No. 251 por repugnante y deleznable y el traslado de los censores a puestos útiles.
Panamá, 8 de Enero de 1999

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