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La CLICAC y sus detractores


Desde hace un tiempo la CLICAC ha venido siendo el centro de la crítica por algunos agentes económicos descontentos con las medidas tomadas por la institución. A estos agentes que han sido sancionados por sus conductas anticompetitivas se han sumado desde académicos universitarios hasta representantes de espontáneas uniones.
La crítica es el mejor parámetro que indica que se realizan ingentes gestiones para cambiar las conductas anticompetitivas de los agentes económicos de mercados pertinentes, que durante años mantuvieron, abusaron y abusan de posiciones dominantes en los mercados en los cuales determinaron todo tipo de actos y prácticas colusivas.
La CLICAC en su accionar necesita no sólo de la crítica, sino la cooperación de todos aquellos consumidores y empresarios que proporcionen la información adecuada y la denuncia necesaria tendiente a castigar todas las prácticas anticompetitivas, desde las prácticas monopolísticas ilícitas, concentraciones, hasta las prácticas de comercio desleal.
Al promulgarse la Ley 29 del 1 de febrero de 1996, las prácticas anticompetitivas tenían una característica, gozaban de la más completa impunidad, los sistemas de precios máximos y mínimos, las restricciones cuantitativas, el proteccionismo arancelario, proveían un amplio sostén para las prácticas monopolísticas absolutas y relativas, en un entorno anticompetitivo.
La CLICAC, tiene como objetivo investigar y detectar las prácticas anticompetitivas que se verifican en nuestros mercados, tales como: abuso de posición dominante, acuerdo de fijación de precios, acuerdos de especialización, discriminación de precios, contratos de exclusividad, barreras a la entrada, barreras a la salida, barreras a la movilidad, distribución y segmentación de mercados, prácticas colusivas, depredación de precios, integración vertical y horizontal, fusiones, concentraciones, y todas aquellas prácticas tipificadas en la ley que impiden la libre competencia y la libre concurrencia.
La CLICAC como institución investigadora de los mercados defiende y promueve la competencia como parte ejecutora de una política de competencia. La política de competencia permite que la composición de la oferta sea determinada por la demanda, asigna los factores de producción en forma acorde a sus oportunidades más productivas de aprovechamiento que conlleva a la minimización de los costos totales de producción de la economía. La política de competencia actúa sobre los impedimentos y control de estructuras de mercado que ponen en peligro la competencia (control de concentraciones), puede llegar a establecer un control del comportamiento del mercado que limita la competencia (prohibición de carteles), y puede fomentar el proceso de competencia (mejora la transparencia del mercado y la movilidad).
En octubre del presente año la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC), celebró en nuestro país el Congreso Internacional de Competencia: " Libre Competencia en una Economía Global", en el cual participaron funcionarios de agencias que defienden y promueven la libre competencia y libre concurrencia en los mercados, expertos en la materia de competencia y asociaciones internacionales de consumidores, de igual forma estuvieron presentes académicos de todos los continentes y de nuestras universidades.
De este congreso se obtuvieron muchas enseñanzas de la experiencia a nivel mundial, pero lo más significativo a destacar radica en la coincidencia de todos los expertos y académicos en un denominador común: las agencias que promueven la libre competencia reciben fuertes presiones de los agentes económicos involucrados en prácticas anticompetitivas e inclusive críticas infundadas de sectores de la sociedad que desconocen el funcionamiento de los mercados en un entorno competitivo.
La crítica siempre es bienvenida cuando es constructiva y propositiva, pues ayuda a mejorar la eficiencia en una institución pública como la CLICAC, pero la crítica no cumple su función cuando se circunscribe al plano personal de sus funcionarios, desconociendo la labor de la institución en función del consumidor y de los empresarios eficientes que no necesitan realizar prácticas anticompetitivas.
Invitamos a todos nuestros detractores a que nos visiten para que conozcan nuestra institución y se enteren de cómo se investigan y se detectan todas esas prácticas anticompetitivas bajo el apego irrestricto de la ley. Al mismo tiempo podrán comprobar que a diferencia de otros casos donde existen tantas leyes durmiendo el sueño eterno, que la Ley 29 del 1 de febrero de 1996 tiene fundamento y base legal de la defensa de la competencia y de los consumidores, tiene su brazo ejecutor: la CLICAC y el Tercer Tribunal Superior de Justicia.

101 años de Panamá América

 
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