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La Corte Suprema en el tapete


Aunque el presidente de la CLICAC, Rafael Carles, y quien escribe ocupamos posiciones diametralmente opuestas en referencia a la globalización económica, hoy felicito a Carles por la denuncia que ha hecho de en cuanto al monopolio de la Refinería Panamá y sobre la demorada decisión de la Corte Suprema de Justicia en referencia a un recurso interpuesto por la CLICAC desde 1997 en contra de las compañías harineras de Panamá (El Panamá América 16 de marzo del 2000).
En la Corte Suprema se da el problema de que, según entiendo, hay abogados que pueden ocupar la posición de magistrados sin tener que renunciar de sus respectivos bufetes. Cuando les toca decidir sobre una empresa representada por el bufete al cual pertenecen, puede haber un conflicto de interés.
Por ejemplo, hace años mi difunto hermano, Patricio Janson, denunció en referencia a un fallo del Pleno de la Corte Suprema de Justicia declarando que no era inconstitucional un acuerdo que exoneraba de impuestos a las aerolíneas norteamericanas, que algunos magistrados eran miembros de bufetes representaban a algunas líneas aéreas. Entre éstos mencionó a Arturo Hoyos, miembro del bufete que representa a American Airlines; Edgardo Molino Mola, a Ecuatoriana de Aviación; Carlos Lucas López a COPA y Jorge Fábrega a AVIANCA y Fast Air. La denuncia señalaba: "Como se puede advertir sin dificultad, se trata de un acto abusivo con el que algunas firmas de abogados, a las que pertenecen los magistrados, indirectamente derivarán beneficios económicos por esta clara protección a los intereses foráneos, en detrimento de los intereses del Estado panameño" (La Prensa 18 de octubre de 1994).
En cuanto al asunto de las harineras, desde el referendo para lograr la reelección inmediata del presidente Ernesto Pérez Balladares, me preocupó el hecho de que el Tribunal Electoral --entidad que yo consideraba sumisa a los designios del presidente-- hubiera nombrado a Roberto Lombana en la Junta Nacional de Escrutinio (JNE).
Lombana había tenido buena actuación como miembro de la JNE en las elecciones de 1994, pero su nombramiento otra vez en julio de 1998, parecía indicar la existencia de un conflicto de interés. En ese momento, era miembro de la junta directiva de la Caja Social, presumiblemente nombrado por Pérez Balladares. Además, se había expresado favorablemente cuando en el Tribunal Electoral fue reemplazado el único magistrado que era un obstáculo a la reelección presidencial, Guillermo Márquez Amado, a pesar de que éste había ocupado el puesto por seis años y no diez como estipulaba la ley (La Prensa 29 de enero de 1997). Pero lo preocupante era que Lombana, como gerente de Harinas del Istmo, una de las cuatro harineras del país, tenía un caso legal pendiente. La audiencia preliminar en cuanto a demanda millonaria interpuesta por la CLICAC contra estas cuatro compañías harineras estaba supuesta a tomar lugar el 19 de marzo de 1998, antes del referendo, pero le estaban dando largas al asunto.
Ahora, gracias a la denuncia de Carles, nos enteramos de que en la Corte Suprema está pendiente desde 1997 un recurso interpuesto por la CLICAC contra de las compañías harineras. Han transcurrido tres años, más o menos el mismo tiempo que le tomó al Organo Judicial fijar la audiencia oral del exlegislador Mario Miller, posiblemente porque la OEA se interesó en el caso. En la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia reposa desde marzo de 1999, un recurso de casación presentado por la defensa del exlegislador Miller ante la insistencia del acucioso procurador José Antonio Sossa de que termine de cumplir unos meses de su sentencia. Observando el lento trámite que da la Corte a ciertos casos, uno se pregunta con respecto al caso Miller: ¿Habrá que esperar hasta 2020 para que la Corte se pronuncie al respecto?
Los magistrados de la Corte Suprema tienen enorme poder en esta Nación, no sólo por virtud de sus atribuciones constitucionales y legales sino también porque la Constitución establece que sus decisiones son finales, definitivas y obligatorias, y no se admiten recursos de inconstitucionalidad contra los fallos del a Corte o sus Salas.
Porque la justicia tardía no es justicia, los magistrados deben acelerar su administración. Para que haya transparencia en las actuaciones de la Corte Suprema, deben presentar oportunamente su declaración de bienes. Y, tan importante como lo anterior, los magistrados deben renunciar de sus respectivos bufetes y vender la participación que tienen en éstos. Como ocupan el puesto por un espacio de diez años, ganan B/. 120,000 anualmente, y gozan de otros beneficios necesarios para representar con dignidad a la Corte Suprema, no creo que lo anterior sea mucho pedir. Si no están dispuestos a hacer esos sacrificios económicos en aras de la Nación, conviene que se queden en sus bufetes.

101 años de Panamá América

 
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