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La Corte y las huelgas


Es lamentable que durante los últimos meses se hayan multiplicado las declaratorias de huelga por parte del Sindicato Unico de Trabajadores de la Construcción y Similares. Hasta hace poco tiempo Panamá mostraba orgullosamente una posición de liderazgo en la lista de países de la región en materia de relaciones laborales armoniosas, porque había perdido menos días de trabajo que el resto, por conflictos entre empresarios y trabajadores.
La relación obrero patronal en Panamá siempre ha sido usada como ejemplo por parte de las autoridades de la Organización Internacional del Trabajo, especialmente cuando en países vecinos todavía se produce el secuestro y asesinato de líderes sindicales y empresariales como fórmula de intimidación para llegar a acuerdos. Hay que recordar que aquí funciona, desde hace varios años y con mucho éxito, un foro permanente de diálogo entre los principales dirigentes de ambos sectores a través de la Fundación del Trabajo.
Después de una larga y costosa historia de haber usado la confrontación como medio para resolver las diferencias, los pueblos han decidido que se logran mejores resultados para todos cuando se utiliza la concertación y se consiguen acuerdos en la mesa de negociación. Abundan los ejemplos que incluyen desde arreglos entre la guerrilla y los gobiernos electos hasta convenios entre países vecinos que habían mantenido eternas luchas fronterizas.
Sin embargo, algunos sindicalistas panameños han perdido esta perspectiva e insisten en quemar etapas paralizando labores sin haber agotado los procedimientos de conciliación que establece la ley y que recomienda el sentido común, declarando huelgas innecesarias y costosas para todo el pueblo panameño. Lamentablemente a esto se une la complicidad y permisividad de funcionarios del Ministerio de Trabajo que dan curso a la huelga sin asegurarse de que los sindicatos hayan cumplido con lo que indica la ley.
Por esta razón la Corte Suprema de Justicia ha tenido que salir al paso acogiendo un amparo de garantías constitucionales y revocando la orden proferida por el Ministerio de Trabajo en el caso de una empresa local en huelga porque no se aseguraron los presupuestos mínimos de viabilidad del pliego de peticiones que no contaba con el respaldo de los trabajadores al momento de su presentación. Ojalá esta llamada de atención contribuya a devolver la credibilidad que había alcanzado el Ministerio en el desempeño de sus funciones, y evite en el futuro la multiplicación de huelgas tan innecesarias como perjudiciales para todos.


101 años de Panamá América

 
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