La cura del SIDA en la sangre guaymí
Patentar indios? En 1992, los médicos Jonathan E. Kaplan y Michael Dale Laimore intentaron patentar una línea celular ante la Secretaría de Comercio de EE.UU., utilizando muestras sanguíneas procedentes de Panamá, arguyendo que cierto retrovirus que afecta a los indígenas guaymíes, podría utilizarse en las investigaciones sobre la cura de la Leucemia y el SIDA, dada su similitud.
La discutida Patente es la WO 9208784 A1, recibida por la mencionada Secretaría con el nombre de "Human T-Lynphotropic Virus Type-2", obtenido del "inmortalizado" ADN de una mujer guaymí, de Panamá. La muestra original de sangre está criogénicamente preservada en la Colección de Cultivos Tipos, en Rockville; Maryland.
La guaymí "inmortal". ¿Cómo llegó esta muestra a EE.UU. y cómo fue obtenida? Es una de las preguntas que se hace la comunidad científica mundial. ¿Conoce de este caso el Ministerio de Salud de Panamá? ¿Quiénes fueron los "científicos" panameños y norteamericanos que extrajeron la sangre a los indios guaymíes? Muy poco se sabe de todo esto. Según el Consejo General Guaymí, esta muestra fue extraída ilegalmente y con engaños, especialmente sobre su posterior uso.
En la literatura referente lo poco que se sabe de esto es que en 1990, "científicos panameños en colaboración con norteamericanos extrajeron material genético de una mujer gnobe (guaymí), de 26 años, que estaba internada con diagnóstico de leucemia en la capital del país" (Chechetto, S.). Esta versión difiere con la de los investigadores del Centro de Control de Enfermedades de Atlanta, Georgia, quienes declararon que "la muestra fue recolectada en 1990 con el "consentimiento informado oral" (SIC) de la mujer en 1990, en algún lugar cerca de una plantación de banano en el Oeste de Panamá". Los norteamericanos no detallan si el consentimiento fue hecho en español o en guaymí. (Free Republic.) Independientemente de esto, el hecho es que las muestras de sangre humana fueron sacadas de Panamá y llevadas a EE.UU., no se sabe con qué autorización ni por qué medios. El hecho de que se sabía que varias muestras de sangre estaban contaminadas con un virus parecido al del SIDA hace más grave el asunto, ya que sin duda se violaron los protocolos de seguridad biológica de la OMS.
Guaymíes en Suiza. El Congreso General Guaymí, apoyado por el Consejo Mundial de Pueblos Indígenas y otras organizaciones, envió a Ginebra, Suiza, a Isidro Acosta y a Ester Carpintero, indios guaymíes, para presentar personalmente la demanda en el Encuentro Intergubernamental de la Convención de Diversidad Biológica, creada en la Cumbre de Río, en Brasil. Los guaymíes habían decidido solicitar protección de las medidas de EE.UU. bajo los términos de la Convención, originalmente creada para proteger la fauna y flora.
De acuerdo a Donald Rojas, Presidente del Consejo Mundial de Pueblos Indígenas, Isidro Acosta, Presidente del Consejo general Guaymí (y también abogado), conoce lo significativa que es esta lucha y que el costo será muy alto. La línea celular guaymí puede tener un valor comercial enorme, así como los materiales genéticos de otros pueblos indígenas. Los guaymíes quieren que todas las muestras de sangre sean devueltas a ellos y estar seguros que EE.UU. y otros no hagan negocios con el ADN de los pueblos indígenas o cualquier parte del ser humano.
En la denuncia presentada en Ginebra por el Consejo General Guaymí, Isidro Acosta dijo: "Yo nunca imaginé que hubiera personas que pudieran patentar plantas y animales. Esto es fundamentalmente inmoral, contrario al concepto guaymí de la naturaleza y nuestro lugar en ella. Patentar material humano...tomar el ADN y patentar sus productos viola la integridad de la vida misma y nuestro más profundo sentido de moralidad".
La Vacuna efectiva. La información científica que se tiene al respecto, es que la línea genética guaymí parece poseer una inmunidad natural al virus HTLV-II y que actualmente, una de las pocas vacunas contra el SIDA que han demostrado efectividad y que se están desarrollando comercialmente, proviene de esta línea genética. En un artículo del Washington Times, John Otis dice: " En otra investigación, el CDC está estudiando cómo el HTLV-II contrarresta los efectos del HIV. Por esto, puede jugar un papel en el desarrollo de la vacuna contra el SIDA, dice el Dr. Thomas Folks del CDC. Los guaymíes reclaman que no sabían que los científicos de EE.UU. estaban experimentando con su sangre, y se han referido a esto como "El Proyecto Vampiro".
No hay duda que existen intereses multimillonarios de las internacionales farmacéuticas en este proyecto. Una vacuna eficaz contra el SIDA sería una mina de oro, por lo que están financiando muchos "Proyectos e Investigaciones Científicas", y Panamá debería tener mucho cuidado en este sentido. Se sabe que los investigadores necesitan de muchas más muestras de sangre guaymí y, según algunos comentarios, éstos ya están siendo asesorados para contribuir con la elaboración de la vacuna contra el SIDA, con la condición de que sea gratuita. Por el momento debido a su valor, la sangre guaymí con el factor HTLV-II se ha cotizado a 10 mil dólares el mililitro. Y éstos ya han recibido instrucciones de no dejarse sacar sangre gratuitamente por ninguna persona, ni de giras médicas ni en ningún caso, sin autorización del Congreso General Guaymí.
*Referencia: Evidence for sexual and mother-to-child transmisión of human T-lymphotropic Virus type II among Guaymi Indians, Panama. Autores: Vitek, C. R.; Gracia, F.L.; Giusti, R.; Fukuda, K.; Castillo, L.C.; Armien, B.; Khabbaz, R.F.; Levine, P.H.; Kaplan, J.E. and Blattner,W.A. J. Infec. Dis. 171(4):1022-1026.
(eesquivel_rios@hotmail.com)
La funcionaria explicó que el proyecto establece que el interno deber ser clasificado, es decir, separar al preventivo del condenado, no sólo a los de la capital, sino también a los del resto del país.
Recordó además que esta clasificación debe hacerse de acuerdo con el tipo de delito cometido, atendiendo además el índice de agresividad demostrado por el interno. Así se determinará si el privado de libertad va a un sistema de máxima, mediana o mínima seguridad.
Para cumplir con esto se requiere una inversión, porque no existen las infraestructuras requeridas ni se cuenta con el personal para llevar a cabo esa clasificación.
Destacó además que el proyecto también establece la resocialización de los detenidos, por lo que se requieren espacios y talleres para tener al interno en programas, nombrar a funcionarios especializados, entre ellos criminólogos, sicólogos, médicos, siquiatras. "Todo esto también conlleva recursos económicos", alegó.
En ese sentido, Corro sustentó que la cifra de 65 millones de balboas se ha establecido basándose en la necesidad de una planilla de 14 millones de balboas para contratar al personal adecuado.
Un estudio elaborado por una empresa estadounidense dedicada a la construcción de cárceles cotizó un centro penal para las provincias -donde los internos se mantienen en antiguos cuarteles- en unos 8 millones de dólares, mientras que para la ciudad capital una cárcel de mediana seguridad para 700 internos costaría unos 30 millones.
Corro recordó que al 3 de junio existían en el país unos 10,060 internos, de los cuales 4,270 han sido condenados y el resto, unos 5,790, están en proceso. De estas cifras, explicó, se desprende que la ejecución de la ley tendrá un costo superior a los 65 millones de balboas.
La funcionaria sostuvo que la propuesta del Sistema Penitenciario es ejecutar la ley escalonadamente, es decir, establecer etapas, en la primera de las cuales deben buscarse las partidas requeridas, para que la norma no quede en "letra muerta", como ha ocurrido con otras legislaciones.
Igual planteamiento formuló, ante el pleno legislativo, la vicepresidenta de la Comisión Legislativa de Derechos Humanos, Olgalina de Quijada, quien dijo que se puede coordinar entre todas las instancias involucradas en el tema, para que el proyecto, una vez sancionado, se ejecute escalonadamente.
Quijada se mostró contraria a anteponer el aspecto económico a la necesidad de darle solución al problema carcelario. "Lo que hace falta es voluntad", sentenció.
El Proyecto de Ley 90 establece las clasificaciones científicas de los privados de libertad y de los centros de detención.
Cada recinto va a gozar de una exclusividad que estará determinada por la condición del privado de libertad, buscando evitar el hacinamiento que en la actualidad existe.
En cada centro penitenciario existirán los sistemas de máxima, mediana, mínima seguridad y de confianza. Se entenderá como sistema de alta seguridad, el destinado a privados de libertad de alto grado de peligrosidad. De mediana seguridad para los que presenten un grado medio de peligrosidad e inadaptación. De mínima seguridad para los que hayan demostrado no ser peligrosos y no presenten problemas de desajustes.
El régimen de confianza está dirigido a los privados de libertad que hayan demostrado un alto grado de responsabilidad y adaptabilidad.
El Ministerio de Gobierno y Justicia tendrá un Consejo de Política Criminal y Penitenciaria, como organismo asesor, de consulta y de orientación en esta materia, cuyos miembros actuarán ad honorem.
Se crea el Consejo Técnico del Sistema Penitenciario, el cual servirá como órgano asesor y consultivo a la Dirección General del Sistema Penitenciario en materias legal, criminológica y penitenciaria, organizará y orientará la admisión, clasificación y ubicación de los privados de la libertad.
Este ente colegiado velará por el cumplimiento a cabalidad del tratamiento integral progresivo-técnico, de tal forma que se logre la readaptación social, evitando y superando la prisionalización del privado de libertad.
Se crea la Carrera Penitenciaria, que estará bajo la fiscalización y el control del Ministerio de Gobierno y Justicia. En este sentido se instituirá una clasificación de cargos penitenciarios, la cual servirá de base para todo lo concerniente a la selección, nombramiento y promoción de los funcionarios de carrera. Esta clasificación se hará tomando en consideración las funciones, responsabilidades y derechos inherentes al cargo.
La Dirección General del Sistema Penitenciario deberá organizar programas de capacitación Ciencias Sociales y penitenciarios para todos los funcionarios del Sistema Penitenciario, antes de iniciar sus servicios y, periódicamente, para el personal ya nombrado o contratado, que se desarrollarán a través de la Escuela de Formación Penitenciaria. Estos programas deben dirigirse, con mayor énfasis, al personal de vigilancia, de custodia y de tratamiento.
Aunque Tsimogianis reconoce la difícil situación económica del país, considera que el problema penitenciario puede resolverse con mucha creatividad y capacidad de hacer cosas nuevas en lugares viejos, contrario a lo que ha funcionado hasta ahora, donde se han hecho las mismas cosas viejas en lugares nuevos.
A su juicio en nada resolvería tener los 65 millones de balboas, si el Sistema continúa con una ley que data del año 1941, que tiene 60 años de atraso, y con una administración penitenciaria sin supervisión ni vigilancia, inmune e impune ante todo tipo de acciones.
Por ello consideró que su sanción, aun sin definirse con qué presupuesto se va a ejecutar, es necesaria y de lograrse sería positivo para el país, pues el cambio hay que empezarlo de algún modo.
Carmen Rosa Robles, abogada del Instituto de Criminología de la Facultad de Derecho de la Universidad de Panamá, aseguró que para el instituto este proyecto representa un avance en el ordenamiento jurídico panameño, pues con esta ley también se actualizará el sistema criminológico en Panamá.
Destacó que lo que se espera es actualizar el sistema en cuanto al tratamiento de los detenidos, basándose en principios que respeten los derechos humanos, la seguridad, la rehabilitación y la defensa social y esto sólo es posible mediante un tratamiento científico a cada uno de los privados de libertad, según su condición y con la intervención de funcionarios debidamente especializados.
La discutida Patente es la WO 9208784 A1, recibida por la mencionada Secretaría con el nombre de "Human T-Lynphotropic Virus Type-2", obtenido del "inmortalizado" ADN de una mujer guaymí, de Panamá. La muestra original de sangre está criogénicamente preservada en la Colección de Cultivos Tipos, en Rockville; Maryland.
La guaymí "inmortal". ¿Cómo llegó esta muestra a EE.UU. y cómo fue obtenida? Es una de las preguntas que se hace la comunidad científica mundial. ¿Conoce de este caso el Ministerio de Salud de Panamá? ¿Quiénes fueron los "científicos" panameños y norteamericanos que extrajeron la sangre a los indios guaymíes? Muy poco se sabe de todo esto. Según el Consejo General Guaymí, esta muestra fue extraída ilegalmente y con engaños, especialmente sobre su posterior uso.
En la literatura referente lo poco que se sabe de esto es que en 1990, "científicos panameños en colaboración con norteamericanos extrajeron material genético de una mujer gnobe (guaymí), de 26 años, que estaba internada con diagnóstico de leucemia en la capital del país" (Chechetto, S.). Esta versión difiere con la de los investigadores del Centro de Control de Enfermedades de Atlanta, Georgia, quienes declararon que "la muestra fue recolectada en 1990 con el "consentimiento informado oral" (SIC) de la mujer en 1990, en algún lugar cerca de una plantación de banano en el Oeste de Panamá". Los norteamericanos no detallan si el consentimiento fue hecho en español o en guaymí. (Free Republic.) Independientemente de esto, el hecho es que las muestras de sangre humana fueron sacadas de Panamá y llevadas a EE.UU., no se sabe con qué autorización ni por qué medios. El hecho de que se sabía que varias muestras de sangre estaban contaminadas con un virus parecido al del SIDA hace más grave el asunto, ya que sin duda se violaron los protocolos de seguridad biológica de la OMS.
Guaymíes en Suiza. El Congreso General Guaymí, apoyado por el Consejo Mundial de Pueblos Indígenas y otras organizaciones, envió a Ginebra, Suiza, a Isidro Acosta y a Ester Carpintero, indios guaymíes, para presentar personalmente la demanda en el Encuentro Intergubernamental de la Convención de Diversidad Biológica, creada en la Cumbre de Río, en Brasil. Los guaymíes habían decidido solicitar protección de las medidas de EE.UU. bajo los términos de la Convención, originalmente creada para proteger la fauna y flora.
De acuerdo a Donald Rojas, Presidente del Consejo Mundial de Pueblos Indígenas, Isidro Acosta, Presidente del Consejo general Guaymí (y también abogado), conoce lo significativa que es esta lucha y que el costo será muy alto. La línea celular guaymí puede tener un valor comercial enorme, así como los materiales genéticos de otros pueblos indígenas. Los guaymíes quieren que todas las muestras de sangre sean devueltas a ellos y estar seguros que EE.UU. y otros no hagan negocios con el ADN de los pueblos indígenas o cualquier parte del ser humano.
En la denuncia presentada en Ginebra por el Consejo General Guaymí, Isidro Acosta dijo: "Yo nunca imaginé que hubiera personas que pudieran patentar plantas y animales. Esto es fundamentalmente inmoral, contrario al concepto guaymí de la naturaleza y nuestro lugar en ella. Patentar material humano...tomar el ADN y patentar sus productos viola la integridad de la vida misma y nuestro más profundo sentido de moralidad".
La Vacuna efectiva. La información científica que se tiene al respecto, es que la línea genética guaymí parece poseer una inmunidad natural al virus HTLV-II y que actualmente, una de las pocas vacunas contra el SIDA que han demostrado efectividad y que se están desarrollando comercialmente, proviene de esta línea genética. En un artículo del Washington Times, John Otis dice: " En otra investigación, el CDC está estudiando cómo el HTLV-II contrarresta los efectos del HIV. Por esto, puede jugar un papel en el desarrollo de la vacuna contra el SIDA, dice el Dr. Thomas Folks del CDC. Los guaymíes reclaman que no sabían que los científicos de EE.UU. estaban experimentando con su sangre, y se han referido a esto como "El Proyecto Vampiro".
No hay duda que existen intereses multimillonarios de las internacionales farmacéuticas en este proyecto. Una vacuna eficaz contra el SIDA sería una mina de oro, por lo que están financiando muchos "Proyectos e Investigaciones Científicas", y Panamá debería tener mucho cuidado en este sentido. Se sabe que los investigadores necesitan de muchas más muestras de sangre guaymí y, según algunos comentarios, éstos ya están siendo asesorados para contribuir con la elaboración de la vacuna contra el SIDA, con la condición de que sea gratuita. Por el momento debido a su valor, la sangre guaymí con el factor HTLV-II se ha cotizado a 10 mil dólares el mililitro. Y éstos ya han recibido instrucciones de no dejarse sacar sangre gratuitamente por ninguna persona, ni de giras médicas ni en ningún caso, sin autorización del Congreso General Guaymí.
*Referencia: Evidence for sexual and mother-to-child transmisión of human T-lymphotropic Virus type II among Guaymi Indians, Panama. Autores: Vitek, C. R.; Gracia, F.L.; Giusti, R.; Fukuda, K.; Castillo, L.C.; Armien, B.; Khabbaz, R.F.; Levine, P.H.; Kaplan, J.E. and Blattner,W.A. J. Infec. Dis. 171(4):1022-1026.
(eesquivel_rios@hotmail.com)
La funcionaria explicó que el proyecto establece que el interno deber ser clasificado, es decir, separar al preventivo del condenado, no sólo a los de la capital, sino también a los del resto del país.
Recordó además que esta clasificación debe hacerse de acuerdo con el tipo de delito cometido, atendiendo además el índice de agresividad demostrado por el interno. Así se determinará si el privado de libertad va a un sistema de máxima, mediana o mínima seguridad.
Para cumplir con esto se requiere una inversión, porque no existen las infraestructuras requeridas ni se cuenta con el personal para llevar a cabo esa clasificación.
Destacó además que el proyecto también establece la resocialización de los detenidos, por lo que se requieren espacios y talleres para tener al interno en programas, nombrar a funcionarios especializados, entre ellos criminólogos, sicólogos, médicos, siquiatras. "Todo esto también conlleva recursos económicos", alegó.
En ese sentido, Corro sustentó que la cifra de 65 millones de balboas se ha establecido basándose en la necesidad de una planilla de 14 millones de balboas para contratar al personal adecuado.
Un estudio elaborado por una empresa estadounidense dedicada a la construcción de cárceles cotizó un centro penal para las provincias -donde los internos se mantienen en antiguos cuarteles- en unos 8 millones de dólares, mientras que para la ciudad capital una cárcel de mediana seguridad para 700 internos costaría unos 30 millones.
Corro recordó que al 3 de junio existían en el país unos 10,060 internos, de los cuales 4,270 han sido condenados y el resto, unos 5,790, están en proceso. De estas cifras, explicó, se desprende que la ejecución de la ley tendrá un costo superior a los 65 millones de balboas.
La funcionaria sostuvo que la propuesta del Sistema Penitenciario es ejecutar la ley escalonadamente, es decir, establecer etapas, en la primera de las cuales deben buscarse las partidas requeridas, para que la norma no quede en "letra muerta", como ha ocurrido con otras legislaciones.
Igual planteamiento formuló, ante el pleno legislativo, la vicepresidenta de la Comisión Legislativa de Derechos Humanos, Olgalina de Quijada, quien dijo que se puede coordinar entre todas las instancias involucradas en el tema, para que el proyecto, una vez sancionado, se ejecute escalonadamente.
Quijada se mostró contraria a anteponer el aspecto económico a la necesidad de darle solución al problema carcelario. "Lo que hace falta es voluntad", sentenció.
El Proyecto de Ley 90 establece las clasificaciones científicas de los privados de libertad y de los centros de detención.
Centro de detención preventiva: es una custodia provisional para los sujetos sometidos a esta medida. Esta no puede exceder de seis meses.
Centros especializados: se establecerán para faltas administrativas, que será para los sancionados por las autoridades de corrección: jueces de policía, nocturnos y corregidores.
Centros de tratamientos: allí se destinan los sancionados con penas privativas de libertad.
Centros de reinserción social: cuyo objetivo es darle seguimiento y asistencia a los privados de libertad, que son favorecidos con permisos de salida especial.
Cada recinto va a gozar de una exclusividad que estará determinada por la condición del privado de libertad, buscando evitar el hacinamiento que en la actualidad existe.
En cada centro penitenciario existirán los sistemas de máxima, mediana, mínima seguridad y de confianza. Se entenderá como sistema de alta seguridad, el destinado a privados de libertad de alto grado de peligrosidad. De mediana seguridad para los que presenten un grado medio de peligrosidad e inadaptación. De mínima seguridad para los que hayan demostrado no ser peligrosos y no presenten problemas de desajustes.
El régimen de confianza está dirigido a los privados de libertad que hayan demostrado un alto grado de responsabilidad y adaptabilidad.
El Ministerio de Gobierno y Justicia tendrá un Consejo de Política Criminal y Penitenciaria, como organismo asesor, de consulta y de orientación en esta materia, cuyos miembros actuarán ad honorem.
Se crea el Consejo Técnico del Sistema Penitenciario, el cual servirá como órgano asesor y consultivo a la Dirección General del Sistema Penitenciario en materias legal, criminológica y penitenciaria, organizará y orientará la admisión, clasificación y ubicación de los privados de la libertad.
Este ente colegiado velará por el cumplimiento a cabalidad del tratamiento integral progresivo-técnico, de tal forma que se logre la readaptación social, evitando y superando la prisionalización del privado de libertad.
Se crea la Carrera Penitenciaria, que estará bajo la fiscalización y el control del Ministerio de Gobierno y Justicia. En este sentido se instituirá una clasificación de cargos penitenciarios, la cual servirá de base para todo lo concerniente a la selección, nombramiento y promoción de los funcionarios de carrera. Esta clasificación se hará tomando en consideración las funciones, responsabilidades y derechos inherentes al cargo.
La Dirección General del Sistema Penitenciario deberá organizar programas de capacitación Ciencias Sociales y penitenciarios para todos los funcionarios del Sistema Penitenciario, antes de iniciar sus servicios y, periódicamente, para el personal ya nombrado o contratado, que se desarrollarán a través de la Escuela de Formación Penitenciaria. Estos programas deben dirigirse, con mayor énfasis, al personal de vigilancia, de custodia y de tratamiento.
Aunque Tsimogianis reconoce la difícil situación económica del país, considera que el problema penitenciario puede resolverse con mucha creatividad y capacidad de hacer cosas nuevas en lugares viejos, contrario a lo que ha funcionado hasta ahora, donde se han hecho las mismas cosas viejas en lugares nuevos.
A su juicio en nada resolvería tener los 65 millones de balboas, si el Sistema continúa con una ley que data del año 1941, que tiene 60 años de atraso, y con una administración penitenciaria sin supervisión ni vigilancia, inmune e impune ante todo tipo de acciones.
Por ello consideró que su sanción, aun sin definirse con qué presupuesto se va a ejecutar, es necesaria y de lograrse sería positivo para el país, pues el cambio hay que empezarlo de algún modo.
Carmen Rosa Robles, abogada del Instituto de Criminología de la Facultad de Derecho de la Universidad de Panamá, aseguró que para el instituto este proyecto representa un avance en el ordenamiento jurídico panameño, pues con esta ley también se actualizará el sistema criminológico en Panamá.
Destacó que lo que se espera es actualizar el sistema en cuanto al tratamiento de los detenidos, basándose en principios que respeten los derechos humanos, la seguridad, la rehabilitación y la defensa social y esto sólo es posible mediante un tratamiento científico a cada uno de los privados de libertad, según su condición y con la intervención de funcionarios debidamente especializados.