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La integridad no es materia de conveniencia


¿Cuántas veces necesita uno comportarse de modo honesto para ser honesto? La respuesta es muy sencilla: todas las veces. ¿Quiere eso decir que se puede echar a la basura una trayectoria, larga o breve, de actuación íntegra, el día que los frenos morales nos fallan y actuamos impulsados por el deseo de venganza, la cobardía, o la complicidad con los ilícitos de otros? Sí, definitivamente.
Estas son las reglas de la ética del individuo. Cuando el individuo se proyecta en el espacio público, ya sea a través de la actuación política, del ejercicio de un alto cargo, o del liderazgo en asuntos públicos, las reglas de la ética privada no ceden, sino que se incrementan sus exigencias y los mismos individuos se ven forzados a comportarse de acuerdo con estándares éticos aún más elevados. Y no se piense que, cuando se trata de la conducta de los altos servidores del Estado, la integridad es una opción, o se estima según la conveniencia o la oportunidad.
La Constitución y las leyes imponen deberes específicos a los servidores públicos en cuanto a la calidad de su comportamiento en el cargo, y la violación de esas pautas, consagradas en el derecho positivo, acarrea una gama de sanciones. Que la debilidad de las instituciones panameñas al momento de sancionar a altos funcionarios sea dolorosamente conocida, no es un obstáculo para que, desde este estrado editorial, llamemos la atención sobre la absoluta necesidad de que el comportamiento de las autoridades se rija por los principios de integridad y transparencia, atributos que jamás podrán aparecer en una foto, sino que dependerán de las valoraciones que los ciudadanos hagamos de quienes son nuestros servidores y de los que esperamos que dejen de comportarse como si fuesen alguna especie de mandamás oriental.

101 años de Panamá América

 
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