La reforma, la nacionalidad y la correspondencia
Decir en el artículo 9 de la Constitución que la nacionalidad "se tiene" en vez que - como hoy - "se adquiere" por nacimiento, no es trascendente. Pero ilustra al menos en qué se ha convertido el actual ejercicio de reformas. De 11 originales, se discuten hoy más de 50, reparando en detalles que no necesariamente mejoran su texto actual, producto de gente que tuvo mayor y mejor oportunidad de análisis que el que ahora se ocupa de esa tarea, lo cual llama a cautela.
Se propuso adicionar también el artículo 10 para incluir como panameño por nacimiento, a "los nacidos en el extranjero que hayan sido adoptados antes de cumplir siete años de edad por nacionales panameños domiciliados en el territorio nacional", con el propósito - se explica extraoficialmente - de darles oportunidad para ocupar altos cargos públicos reservados a panameños por nacimiento, entre ellos ser presidente de la República, mencionando el caso específico del hijo de la señora mandataria de la Nación. Eso no es malo, ni bueno, sino que aconseja una discusión más serena, para ponderar otras razones. La misma norma ya está en el artículo 11 de la Carta Magna con la única salvedad que alude únicamente a que tales "son panameños" (a secas, sin el aditamento habilitador "por nacimiento"), y agrega: "sin necesidad de carta de naturaleza".
Quizás lo mejor es plantearnos si es mejor eliminar la trilogía de los tres tipos de panameños, los que lo son por nacimiento, los naturalizados y los que simplemente lo son a secas, como este último del artículo 11. Y nos inclinamos por esta fórmula de panameños sin distinción, por más que tengamos una nacionalidad débil aún, tras 100 años de vida independiente.
La inviolabilidad de correspondencia y comunicaciones es otro artículo que ha sido objeto de varios ajustes, para bien. Porque el actual se había quedado obsoleto frente a la realidad de una delincuencia, cuyo combate amerita su moderación y de una tecnología que ha superado la noción de "papeles" (por documentos electrónicos, discos duros, disquetes, etc. ) y teléfono (por comunicaciones vía "chat", "e-mail" y similares). Queda claro ahora en el artículo 29 que la correspondencia puede ser "interceptada o grabada" por mandato de autoridad competente y dentro de la investigación de "delitos graves" (concepto este último que debe introducirse en los impedimentos para ser presidente y otros, en vez de la que se propone "no haber sido condenado" con pena de cárcel). En la reforma, no obstante, se elimina la acción de "ocupar" correspondencia y se añade "retención". Nos parece que se debió utilizar ambos.
En París, crea una nueva revista, llamándole Los poetas del mundo defienden al pueblo español, difundiendo así los poemas antinarquistas; se le intenta expulsar de Francia por servir como correo a la Unión Soviética. Se encargó de coordinar en París, el II Congreso de Intelectuales Antifascistas, celebrado en Madrid y Valencia en 1937. Regresa a Chile, con la guerra Española. En 1939, con créditos concedidos por sus editores por su futura obra; por lo que compra una casa en un sitio desconocido llamado Isla Negra, al lado de un mar frío y profundo. En 1945, inicia su carrera política como senador. Durante 1952 a 1957 permanece en Isla Negra.
En 1961, el Instituto de Lenguas Romances de la Universidad de Yale (EU) lo hace miembro como anteriormente lo había hecho Saint-John y T.S. Eliot. La Universidad de Oxford le otorga el título de doctor honoris causa.
Nombrado embajador de Francia, es cuando la Academia Sueca le concede el Premio Nobel de Literatura. (de gran importancia para Neruda) Fue el sexto escritor con idioma español que recibía el Premio Nobel.
Neruda, falleció el 23 de septiembre 1973 en su tierra natal.
Se propuso adicionar también el artículo 10 para incluir como panameño por nacimiento, a "los nacidos en el extranjero que hayan sido adoptados antes de cumplir siete años de edad por nacionales panameños domiciliados en el territorio nacional", con el propósito - se explica extraoficialmente - de darles oportunidad para ocupar altos cargos públicos reservados a panameños por nacimiento, entre ellos ser presidente de la República, mencionando el caso específico del hijo de la señora mandataria de la Nación. Eso no es malo, ni bueno, sino que aconseja una discusión más serena, para ponderar otras razones. La misma norma ya está en el artículo 11 de la Carta Magna con la única salvedad que alude únicamente a que tales "son panameños" (a secas, sin el aditamento habilitador "por nacimiento"), y agrega: "sin necesidad de carta de naturaleza".
Quizás lo mejor es plantearnos si es mejor eliminar la trilogía de los tres tipos de panameños, los que lo son por nacimiento, los naturalizados y los que simplemente lo son a secas, como este último del artículo 11. Y nos inclinamos por esta fórmula de panameños sin distinción, por más que tengamos una nacionalidad débil aún, tras 100 años de vida independiente.
La inviolabilidad de correspondencia y comunicaciones es otro artículo que ha sido objeto de varios ajustes, para bien. Porque el actual se había quedado obsoleto frente a la realidad de una delincuencia, cuyo combate amerita su moderación y de una tecnología que ha superado la noción de "papeles" (por documentos electrónicos, discos duros, disquetes, etc. ) y teléfono (por comunicaciones vía "chat", "e-mail" y similares). Queda claro ahora en el artículo 29 que la correspondencia puede ser "interceptada o grabada" por mandato de autoridad competente y dentro de la investigación de "delitos graves" (concepto este último que debe introducirse en los impedimentos para ser presidente y otros, en vez de la que se propone "no haber sido condenado" con pena de cárcel). En la reforma, no obstante, se elimina la acción de "ocupar" correspondencia y se añade "retención". Nos parece que se debió utilizar ambos.
En París, crea una nueva revista, llamándole Los poetas del mundo defienden al pueblo español, difundiendo así los poemas antinarquistas; se le intenta expulsar de Francia por servir como correo a la Unión Soviética. Se encargó de coordinar en París, el II Congreso de Intelectuales Antifascistas, celebrado en Madrid y Valencia en 1937. Regresa a Chile, con la guerra Española. En 1939, con créditos concedidos por sus editores por su futura obra; por lo que compra una casa en un sitio desconocido llamado Isla Negra, al lado de un mar frío y profundo. En 1945, inicia su carrera política como senador. Durante 1952 a 1957 permanece en Isla Negra.
En 1961, el Instituto de Lenguas Romances de la Universidad de Yale (EU) lo hace miembro como anteriormente lo había hecho Saint-John y T.S. Eliot. La Universidad de Oxford le otorga el título de doctor honoris causa.
Nombrado embajador de Francia, es cuando la Academia Sueca le concede el Premio Nobel de Literatura. (de gran importancia para Neruda) Fue el sexto escritor con idioma español que recibía el Premio Nobel.
Neruda, falleció el 23 de septiembre 1973 en su tierra natal.