Las constituciones no caen del cielo
Las constituciones no caen del cielo, sino que son producto de un determinado orden social, económico, político, cultural y del proyecto de país que sus ciudadanos quieran impulsar. A la pregunta de que si se requiere en esta coyuntura una real y democrática constituyente en Panamá, Simeón González responde afirmativamente "se trata de construir un poder constituyente fundante, que cree una nueva institucionalidad, que dé expresión a las mayorías nacionales, que libere al país de las trabas impuestas por poderes extrarregionales, que se apoye en nuestras propias fuerzas para construir un nuevo marco regulativo de la vida social, que humanice las mismas relaciones sociales permitiéndonos construir una identidad nacional, en fin, que nos otorgue el grado de libertad que requiere un nuevo mundo civilizado. ¿Utopía? Tal vez. Pero no es imposible de obtener".
Panamá se encuentra en un cruce de caminos donde se abren un sinfín de posibilidades, y requiere una Constitución no emparchada, sino nueva que exprese las aspiraciones y necesidades de la ciudadanía. Las experiencias de concertación que hemos tenido con todo y sus fallas (Pacto Etico Electoral, Encuentros Panamá 2000, Visión 2020) contribuyen a delinear el camino hacia un acuerdo político nacional de la sociedad política y la sociedad civil en favor de una nueva Constitución. El marco ideal es la asunción del nuevo gobierno producto de las elecciones del venidero 2 de mayo, que debería abrir las puertas democráticas a la refundación de la República mirando hacia el nuevo milenio y a sus posibilidades.
El camino es una Asamblea Constituyente sostenida en tres pilares según González. Debe ser democrática, surgida del voto popular y con la más amplia participación ciudadana, funcionando por un tiempo limitado, y legitimada por el consenso político de toda la sociedad.
José Alberto Alvarez nos recuerda la experiencia del Frente por el No que adversó las reformas constitucionales de 1992, y que presentó el 8 de septiembre de 1993 una propuesta al entonces Presidente de la República, que entre otros mencionaba aspectos como estos, en referencia a la Asamblea Constituyente:
La convocatoria de la Asamblea Constituyente debe hacerse con base a un gran acuerdo o consenso nacional, con la participación de todas las fuerzas vivas de la nación. A este llamado deben acudir todos.
La Asamblea Constituyente promoverá foros y debates públicos de consulta a nivel nacional, los cuales servirán para dar a conocer las distintas propuestas e ideas sobre los cambios constitucionales que demanda el país.
La Asamblea Constituyente respetará los resultados de las elecciones presidenciales, de legisladores, representantes y alcaldes que se efectuarán en mayo de 1999. Los cambios o modificaciones que la Constituyente apruebe en cualesquiera de los órganos del Estado o nivel electoral, respetarán los períodos de aquellos que salieran electos y atendiendo ese punto, se irán implementando paulatinamente hasta su total vigencia a partir del período de que se inicia en septiembre de 1999.
Los constituyentes no devengarán salario. Aquellos que se encuentren trabajando recibirán por los 3 meses de sesiones de la Asamblea Constituyente una licencia con sueldo. Las personas que sean electas les estará prohibido el ejercicio de cargos públicos tanto por elección popular o designación por los próximos 5 años, salvo que al momento de ser electos como constituyentes, ya estén elegidos, en otro cargo de elección popular.
Está probado que el camino de los referéndum de reformas constitucionales (véase 1992 y 1998) no resuelve, pues se constituyen más que todo en formas de evaluar la gestión de los gobiernos.
Una nueva Constitución renovaría a la clase política panameña hoy tan desacreditada, estimularía la participación ciudadana hoy tan limitada, profundizaría la democracia panameña hoy tan incipiente, y llevaría un mensaje a todo el mundo que hablaría muy bien de la capacidad nacional de consenso y convocatoria que este esfuerzo exige.
Panamá se encuentra en un cruce de caminos donde se abren un sinfín de posibilidades, y requiere una Constitución no emparchada, sino nueva que exprese las aspiraciones y necesidades de la ciudadanía. Las experiencias de concertación que hemos tenido con todo y sus fallas (Pacto Etico Electoral, Encuentros Panamá 2000, Visión 2020) contribuyen a delinear el camino hacia un acuerdo político nacional de la sociedad política y la sociedad civil en favor de una nueva Constitución. El marco ideal es la asunción del nuevo gobierno producto de las elecciones del venidero 2 de mayo, que debería abrir las puertas democráticas a la refundación de la República mirando hacia el nuevo milenio y a sus posibilidades.
El camino es una Asamblea Constituyente sostenida en tres pilares según González. Debe ser democrática, surgida del voto popular y con la más amplia participación ciudadana, funcionando por un tiempo limitado, y legitimada por el consenso político de toda la sociedad.
José Alberto Alvarez nos recuerda la experiencia del Frente por el No que adversó las reformas constitucionales de 1992, y que presentó el 8 de septiembre de 1993 una propuesta al entonces Presidente de la República, que entre otros mencionaba aspectos como estos, en referencia a la Asamblea Constituyente:
La convocatoria de la Asamblea Constituyente debe hacerse con base a un gran acuerdo o consenso nacional, con la participación de todas las fuerzas vivas de la nación. A este llamado deben acudir todos.
La Asamblea Constituyente promoverá foros y debates públicos de consulta a nivel nacional, los cuales servirán para dar a conocer las distintas propuestas e ideas sobre los cambios constitucionales que demanda el país.
La Asamblea Constituyente respetará los resultados de las elecciones presidenciales, de legisladores, representantes y alcaldes que se efectuarán en mayo de 1999. Los cambios o modificaciones que la Constituyente apruebe en cualesquiera de los órganos del Estado o nivel electoral, respetarán los períodos de aquellos que salieran electos y atendiendo ese punto, se irán implementando paulatinamente hasta su total vigencia a partir del período de que se inicia en septiembre de 1999.
Los constituyentes no devengarán salario. Aquellos que se encuentren trabajando recibirán por los 3 meses de sesiones de la Asamblea Constituyente una licencia con sueldo. Las personas que sean electas les estará prohibido el ejercicio de cargos públicos tanto por elección popular o designación por los próximos 5 años, salvo que al momento de ser electos como constituyentes, ya estén elegidos, en otro cargo de elección popular.
Está probado que el camino de los referéndum de reformas constitucionales (véase 1992 y 1998) no resuelve, pues se constituyen más que todo en formas de evaluar la gestión de los gobiernos.
Una nueva Constitución renovaría a la clase política panameña hoy tan desacreditada, estimularía la participación ciudadana hoy tan limitada, profundizaría la democracia panameña hoy tan incipiente, y llevaría un mensaje a todo el mundo que hablaría muy bien de la capacidad nacional de consenso y convocatoria que este esfuerzo exige.