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Las opciones de la Defensoría


PROPONGO formalizar una práctica existente y de esta forma ahorrar recursos, tiempo y esfuerzos. Simplemente, es mejor que en las futuras escogencias de la Defensoría del Pueblo (DP), el candidato sea designado legal y directamente por el Ejecutivo sin pasar por la ficción actual de pretender que creamos que es un proceso democrático, donde los aspirantes tienen posibilidades reales de ser escogidos en base a méritos y ejecutorias. Otra variante podría ser que la escogencia la hiciera legalmente los partidos gobernantes y que el nuevo funcionario ondeara la bandera partidaria el día de la toma de posesión en el nuevo cargo. Claro está, tendría que cambiarse la ley e incluso el nombre de DP, lo que de seguro no constituiría ningún problema.
La razón de mi propuesta es obvia; ha sido seleccionado el nuevo defensor entre un grupo cada vez más reducido de aspirantes (indicativo de la baja credibilidad) y el triunfador era el señalado como el ungido. Fue "escogido" por una Asamblea que recién acaba de sepultar la posibilidad de limitarse sus privilegios y canonjías, lo que explica por qué tantas encuestas y estudios señalan al Organo Legislativo como el más desprestigiado, incluyendo estudios donde el público afirma en forma significativa y preocupante que la democracia funcionaría mejor sin diputados ni partidos. Seguramente el lector debe haber percibido ya la ironía del primer párrafo, pues saben bien que soy del bando de los que queremos una democracia de verdad, y me declaro convicto y confeso de creer y luchar por los cambios hacia la justicia; libertad, participación y solidaridad son necesarias y posibles. Por ello, entendemos que la DP es una conquista ciudadana en todo el mundo. Es un poder público sin capacidad coactiva, cuya fuerza fundamental es ética, pues cuenta sólo con la autoridad moral que abre cauces institucionales para la mediación, concertación, promoción y defensa de los derechos humanos, y para que la propia ciudadanía haga efectivo el acceso a la justicia. La Defensoría del Pueblo debe poseer la legitimidad y la credibilidad para desarrollar eficazmente su importante labor. Si ésta es escogida de manera tal que presuponga inclinaciones partidistas, y es manejada por intereses creados, se pierde en el camino la principal fuerza de que dispone: la autoridad moral.
En verdad lo avanzado por la Asamblea en cuanto a la destitución del anterior defensor Liborio García ( gracias a la presión ciudadana), se desdibujó por la nueva "elección" que contribuye a bajar la credibilidad de la DP y, por ende, afecta a la propia ciudadanía, al ser lesionada la capacidad de impulsar la protección y promoción de sus derechos. Claro que la Asamblea tiene aspectos positivos en su trabajo, e igualmente no impugno la capacidad profesional ni la integridad del nuevo Defensor; otra vez el problema radica cómo se hacen las cosas, y la coherencia que debe existir entre los fines y los medios.
Públicamente es imperativo solicitarle al nuevo Defensor que se empine sobre esa situación y anteponga el interés general sobre los intereses particulares, pues esto será esencial para cumplir a cabalidad su trabajo. Los sujetos y actores principales de esta dependencia pública son los y las ciudadanos (as), y sus problemas, aspiraciones y propuestas son la prioridad en la labor de la DP. Al gobierno, que abra consulta y participación ciudadana para elaborar en conjunto un modelo democrático para el fortalecimiento de la institución. A los ciudadanos y medios de comunicación, que mantengamos una actitud crítica, activa y vigilante en relación a las labores de la DP. Es necesario tener presente que el enfoque conceptual de los derechos humanos en que se centra la DP es la integralidad, y no sólo la dimensión jurídica política. Esto quiere decir que debe hacer énfasis en la prevención, educación y promoción de los derechos humanos tanto como en la defensa o denuncia, subrayando la visión de los derechos humanos de las diversas generaciones desde ejes transversales como genero, etnia y edad. La DP debe sustentarse en la legitimidad, ética, respeto y trabajo en equipo en la actuación de sus integrantes, y esta es la base de su acción en pro del ciudadano. El Defensor es el facilitador general del proceso, y no una figura en busca de autopromoción, y buscará impulsar y propiciar una amplia acción asociativa en el ámbito nacional.
La DP debe basar su acción pro-ciudadana (o), en la acción con el ciudadano (a), a través de la descentralización en el ámbito territorial y funcional, promoviendo la creación de defensorías en el ámbito local por medio de defensorías municipales, regionales y comarcales, así como defensorías institucionales (colegios, universidades, asociaciones, medios) que permitan extender y profundizar la defensa y promoción de los derechos humanos.
Debe alentar y respaldar esfuerzos de las organizaciones de las sociedades civil y política, para promover participación ciudadana para la democracia.
La DP debe implementar con transparencia, sin favoritismo o parcialidad de ninguna clase, todos los mecanismos jurídicos que posee a su alcance para el correcto abordaje de los actos u omisiones de las autoridades y servidores públicos que impliquen violaciones a los Derechos Fundamentales de las personas que se encuentren bajo la jurisdicción del Estado panameño. La DP debería establecer un organismo de consulta con representación de los diversos sectores nacionales ad honorem, que permitirá una mejor planificación estratégica, y evaluación de actividades que impulse la entidad.
raulleisr@hotmail.com
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