Las primarias y el voto secreto
Marco Ameglio y Víctor Juliao han venido preconizando a favor del voto secreto para las primarias del Partido Arnulfista, el principal de gobierno, en las que se escogerá el candidato presidencial del colectivo con vista a las elecciones generales del año próximo. Corresponderá a poco más de 600 convencionales la responsabilidad de elegir de entre tres aspirantes, siendo José Miguel Alemán el tercero. La titular del colectivo y actual mandataria de la Nación, Mireya Moscoso, ha dicho que corresponderá a la propia convención decidir si el voto será público o secreto.
Se considera el voto secreto como una garantía para el libre ejercicio del sufragio, entendido como el derecho a elegir y ser elegido como gobernante, al contrario del voto público que da margen a la comisión de distintos tipos de interferencia de voluntad del votante. No creemos sea necesario abundar en mayores detalles sobre las ventajas del primero sobre el segundo. No obstante, un énfasis nos parece necesario y es el tener presente que lo dicho es válido cuando se trata de elegir gobernante y no necesariamente para otro tipo de elección. La elección de parlamentarios, se asimila a la del gobernante tratándose de titulares de un poder del Estado.
El artículo 172 de la Constitución dice: "El Presidente de la República será elegido por sufragio popular", mientras que el 129 expresa: "El sufragio es un derecho y un deber... El voto es...secreto..." El texto es tan claro que no admite más interpretaciones. Ahora, ¿es aplicable a la primaria arnulfista o de cualquier otro partido? Sí, a nuestro juicio.
Si bien la Constitución se refiere a la elección nacional de Presidente, no a una primaria partidista, una moderna y actual interpretación, que tampoco admite dudas, nos guiaría a concluir que siendo la primaria un trámite preliminar que conduce a la elección del mandatario de la Nación, es menester que desde su origen se respete el espíritu de la ley fundamental que indica que el voto ha de ser secreto.
Desde otro ángulo, sería absurdo que el común de los ciudadanos goce del derecho al voto secreto y que, en cambio, se niegue igual prerrogativa a un convencional de partido que ha de elegir a un aspirante que puede convertirse en el Presidente de la República.
Es por eso nuestra opinión que las opciones que ofrezcan los partidos políticos a los electores han de surgir del respeto de las mismas reglas y espíritu que inspiran la Constitución de la República. En fin, la elección de los convencionales debe ser con arreglo al voto secreto.
Es irónico que un país no democrático como China pueda jugar un papel clave en revivir las instituciones democráticas de México. Pero así es como funciona la globalización: la liberación económica impone una liberación política.
* Economista.
(c) www.aipenet.com
Se considera el voto secreto como una garantía para el libre ejercicio del sufragio, entendido como el derecho a elegir y ser elegido como gobernante, al contrario del voto público que da margen a la comisión de distintos tipos de interferencia de voluntad del votante. No creemos sea necesario abundar en mayores detalles sobre las ventajas del primero sobre el segundo. No obstante, un énfasis nos parece necesario y es el tener presente que lo dicho es válido cuando se trata de elegir gobernante y no necesariamente para otro tipo de elección. La elección de parlamentarios, se asimila a la del gobernante tratándose de titulares de un poder del Estado.
El artículo 172 de la Constitución dice: "El Presidente de la República será elegido por sufragio popular", mientras que el 129 expresa: "El sufragio es un derecho y un deber... El voto es...secreto..." El texto es tan claro que no admite más interpretaciones. Ahora, ¿es aplicable a la primaria arnulfista o de cualquier otro partido? Sí, a nuestro juicio.
Si bien la Constitución se refiere a la elección nacional de Presidente, no a una primaria partidista, una moderna y actual interpretación, que tampoco admite dudas, nos guiaría a concluir que siendo la primaria un trámite preliminar que conduce a la elección del mandatario de la Nación, es menester que desde su origen se respete el espíritu de la ley fundamental que indica que el voto ha de ser secreto.
Desde otro ángulo, sería absurdo que el común de los ciudadanos goce del derecho al voto secreto y que, en cambio, se niegue igual prerrogativa a un convencional de partido que ha de elegir a un aspirante que puede convertirse en el Presidente de la República.
Es por eso nuestra opinión que las opciones que ofrezcan los partidos políticos a los electores han de surgir del respeto de las mismas reglas y espíritu que inspiran la Constitución de la República. En fin, la elección de los convencionales debe ser con arreglo al voto secreto.
Es irónico que un país no democrático como China pueda jugar un papel clave en revivir las instituciones democráticas de México. Pero así es como funciona la globalización: la liberación económica impone una liberación política.
* Economista.
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