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Las reformas y el Legislativo


La introducción en las reformas constitucionales de la posibilidad de que exista legisladores por libre postulación (Art. 140) es de las más novedosas y democráticas, porque rompe en cierta medida el monopolio partidista. Sabiamente, se deja a la ley el desarrollo de los requisitos, sin entrar en más detalles, lo cual es propio en un texto constitucional, esto es, evitar entrar en minucias.
Un paso más positivo aún lo constituye la reducción del número de legisladores a 67 (Art. 141). Lamentablemente, la reforma propone que la reducción no afecte al número de legisladores con que cuentan las comarcas indígenas, lo cual es inaceptablemente discriminatorio.
Otro avance sustancial es la introducción de legisladores nacionales (Art. 141), pero limitados inexplicablemente a "un porcentaje no mayor de 20%" . Nos parece que lo ideal es que dicho porcentaje sea "no menor de 20%" para ir cambiando la mentalidad parroquial que prevalece en el parlamento. Fuera de eso, la reforma se deja caer en nimiedades propias de la ley que ha de desarrollar el concepto constitucional al aludir a "listas cerradas" (¿las hay abiertas?) y a normas de proporcionalidad. En el mismo artículo, nos parece bien la eliminación de uno de los dos suplentes de legislador. Cada uno de ellos cuesta dinero en concepto de sueldos y privilegios.
En el Art. 145 se abre la posibilidad de que la revocatoria de mandato que pueden ejercer los partidos quepa también por la comisión de "delito doloso con pena privativa de la libertad" lo cual, igual que comentamos respecto al presidente de la República, debiera revisarse de modo que se limite a "delito doloso grave", según lo desarrolle la ley. De lo contrario, podrían darse abusos por el ejercicio de revocatorias de mandato en delitos menores como los de calumnia e injuria, en los que los legisladores pueden estar muy expuestos por sus naturales excesos verbales. Desafortunadamente, la reforma no alcanza para dar a los electores la misma facultad de revocatoria, salvo respecto a los legisladores de libre postulación, llegando la iniciativa tan sólo a la ociosa mención de que los partidos "podrán" consultar a los electores cuando debió al menos decir "deberán", tratándose de legisladores de partidos. Obviamente, se incurre en una discriminación en perjuicio de los legisladores de libre postulación.
Ello revela la importancia que Panamá posee, y que debemos tomar en cuanta en las negociaciones. Las facilidades que podamos otorgarles para su economía por una apertura para nuestros productos, que al final poco les afectará a ellos ante la relación de su mercado consumidor y nuestra producción. Le sacamos provecho de algo que Dios nos dio, nos beneficiamos todos y la contraparte obtiene beneficios que necesita y sus productores no se afectarán.
En toda negociación debemos sacar provecho de nuestras fortalezas, minimizar nuestras debilidades, aprovechando las oportunidades que se tienen y apartando las amenazas.
Una respetuosa sugerencias a los negociadores del TLC con EU: hagamos una parada estratégica para valorar lo que Joseph Stiglitz ha expresado y evaluemos lo que podemos aportar con nuestra posición geográfica, con sus valores agregados como el centro bancario, las leyes impositivas de carácter territorial, la moneda, beneficios fiscales en los seguros y la banca, los puertos; así como otras facilidades. Ojo, el objetivo es beneficiarnos todos y no un sector en perjuicio de otro.
"Cuando los hombres decentes no participan en política, los indecentes se aprovechan de ella y entonces los decentes tendrán que callar".
(cdaa@sinfo.net)

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