Libertad sexual vs. Violencia sexual
Según el Comité Nacional de Análisis de Estadística Criminal del Ministerio de Gobierno y Justicia, los delitos sexuales van en aumento. En los últimos dos años, según registro de la Policía Técnica Judicial se han presentado 2114 denuncias formales de Delitos contra el Pudor y la Libertad Sexual.
La Libertad Sexual, es la facultad que tiene el ser humano de acoplarse libremente con quien quiera y cuando lo desee; es requisito "sine qua non" que haya consentimiento de la persona, para que no constituya delito de violación.
La Violencia Sexual es el acto que atenta contra la dignidad y la libertad de una persona mediante el uso de la fuerza física, psíquica o moral, con el propósito de imponer una conducta sexual en contra de su voluntad.
La descripción del delito de violación se encuentra consagrado en nuestro Código Penal, del cual se desprende que el acceso sexual tiene lugar cuando el sujeto activo utiliza su órgano genital u otras partes de su cuerpo, o introduce cualquier objeto en los genitales, ano o boca del sujeto pasivo. La pena que se impone al victimario en el delito de violación es de 3 a 10 años. Según la norma in comento, la penetración puede darse total o parcial, tampoco es necesario que exista eyaculación para que sea del tipo penal.
Existen cuatro (4) modalidades del delito de violación, artículo 216 del Código Penal: "....
A nuestro juicio la violencia sexual se presenta en parte porque existe la creencia de que el hombre es activo y fuerte, que la mujer es pasiva y provocadora. Este concepto tiene sus orígenes en la inadecuada educación sexual con que cuentan algunos hogares.
Las víctimas de la Violencia Sexual, podemos ser todos nosotros, sin distinción de sexo y edad, pero sin embargo las víctimas más frecuentes de este tipo de violencia son mujeres, infantes y adolescentes. Los agresores suelen ser hombres que no presentan muestras de padecer ningún tipo de alteraciones psicológicas graves.
En este orden de ideas es importante mencionar que es obligación de los cónyuges dejarse acceder sexualmente por su media naranja, siempre y cuando el acceso sea con consentimiento, pero la conducta de poseer sexualmente la pareja contra su voluntad constituye un acto de violación sexual. De igual forma comete delito de violación el que obliga a la prostituta a realizar el coito sin su consentimiento.
La violación de una mujer deja marcada su vida, por lo que requiere apoyo y deben recibir atención afectiva, terapéutica, médica y jurídica. La víctima de un ataque sexual debería de ser atendida, por un profesional de la psicología que pueda orientar el curso de la relación en la labor investigativa, pues se ha atentado contra su dignidad y libertad sexual, que sin lugar a dudas afecta su integridad psíquica y física.
En este tipo de situación la víctima de violación desencadena en fuertes sentimientos de angustia, impotencia, miedo y culpa que incidirán negativamente en el desarrollo de su vida. Esta terrible experiencia puede traer entre otras consecuencias una contaminación venérea y hasta un embarazo que conlleva el trauma del aborto por violación sexual, el cual es permitido en nuestro derecho.
Considero que es posible prevenir en alguna medida los delitos contra la libertad sexual, adoptando por parte de los individuos acciones a nivel comunitario, tales como: Denuncia de toda expresión que conduzca al tratamiento de cuerpo femenino como un objeto de uso o placer, evitar transitar por calles solitarias y con poca iluminación de ser necesario hacerlo, procurar compañía. Y la más importante de todas es la educación a niños y niñas que le permita diferenciar los distintos tipos de caricias que pueden recibir; y en fin la educación sexual en general.
Ante el aumento de este tipo de delito, pienso que a nivel institucional se deben promover campañas en establecimientos educativos y centros laborales tendientes a estimular el respeto entre hombres y mujeres y la libre determinación en las relaciones interpersonales.
Concluyo con que la pena de 3 a 10 años debe ser aumentada, la víctima debe solicitar ayuda inmediata a personas cercanas como familiares, denunciar el hecho ante las autoridades competentes, concurrir lo más pronto posible al Instituto de Medicina Legal para que se le practique una valoración médica legal, previa remisión de la autoridad. La demora en la práctica de la prueba puede ocasionar la pérdida de algunas evidencias.
La Libertad Sexual, es la facultad que tiene el ser humano de acoplarse libremente con quien quiera y cuando lo desee; es requisito "sine qua non" que haya consentimiento de la persona, para que no constituya delito de violación.
La Violencia Sexual es el acto que atenta contra la dignidad y la libertad de una persona mediante el uso de la fuerza física, psíquica o moral, con el propósito de imponer una conducta sexual en contra de su voluntad.
La descripción del delito de violación se encuentra consagrado en nuestro Código Penal, del cual se desprende que el acceso sexual tiene lugar cuando el sujeto activo utiliza su órgano genital u otras partes de su cuerpo, o introduce cualquier objeto en los genitales, ano o boca del sujeto pasivo. La pena que se impone al victimario en el delito de violación es de 3 a 10 años. Según la norma in comento, la penetración puede darse total o parcial, tampoco es necesario que exista eyaculación para que sea del tipo penal.
Existen cuatro (4) modalidades del delito de violación, artículo 216 del Código Penal: "....
Cuando se use violencia o intimidación;
Cuando la persona ofendida se hallare privada de razón o de sentido, o cuando por enfermedad física o mental o por cualquier otra causa no pueda resistir;
Cuando la víctima se encuentre detenida o presa y confiada al culpable para vigilarla o conducirla de un lugar a otro, y
Con persona de uno u otro sexo que no hubiere cumplido 14 años, aunque no concurra ninguna de las circunstancias expresadas anteriormente."
A nuestro juicio la violencia sexual se presenta en parte porque existe la creencia de que el hombre es activo y fuerte, que la mujer es pasiva y provocadora. Este concepto tiene sus orígenes en la inadecuada educación sexual con que cuentan algunos hogares.
Las víctimas de la Violencia Sexual, podemos ser todos nosotros, sin distinción de sexo y edad, pero sin embargo las víctimas más frecuentes de este tipo de violencia son mujeres, infantes y adolescentes. Los agresores suelen ser hombres que no presentan muestras de padecer ningún tipo de alteraciones psicológicas graves.
En este orden de ideas es importante mencionar que es obligación de los cónyuges dejarse acceder sexualmente por su media naranja, siempre y cuando el acceso sea con consentimiento, pero la conducta de poseer sexualmente la pareja contra su voluntad constituye un acto de violación sexual. De igual forma comete delito de violación el que obliga a la prostituta a realizar el coito sin su consentimiento.
La violación de una mujer deja marcada su vida, por lo que requiere apoyo y deben recibir atención afectiva, terapéutica, médica y jurídica. La víctima de un ataque sexual debería de ser atendida, por un profesional de la psicología que pueda orientar el curso de la relación en la labor investigativa, pues se ha atentado contra su dignidad y libertad sexual, que sin lugar a dudas afecta su integridad psíquica y física.
En este tipo de situación la víctima de violación desencadena en fuertes sentimientos de angustia, impotencia, miedo y culpa que incidirán negativamente en el desarrollo de su vida. Esta terrible experiencia puede traer entre otras consecuencias una contaminación venérea y hasta un embarazo que conlleva el trauma del aborto por violación sexual, el cual es permitido en nuestro derecho.
Considero que es posible prevenir en alguna medida los delitos contra la libertad sexual, adoptando por parte de los individuos acciones a nivel comunitario, tales como: Denuncia de toda expresión que conduzca al tratamiento de cuerpo femenino como un objeto de uso o placer, evitar transitar por calles solitarias y con poca iluminación de ser necesario hacerlo, procurar compañía. Y la más importante de todas es la educación a niños y niñas que le permita diferenciar los distintos tipos de caricias que pueden recibir; y en fin la educación sexual en general.
Ante el aumento de este tipo de delito, pienso que a nivel institucional se deben promover campañas en establecimientos educativos y centros laborales tendientes a estimular el respeto entre hombres y mujeres y la libre determinación en las relaciones interpersonales.
Concluyo con que la pena de 3 a 10 años debe ser aumentada, la víctima debe solicitar ayuda inmediata a personas cercanas como familiares, denunciar el hecho ante las autoridades competentes, concurrir lo más pronto posible al Instituto de Medicina Legal para que se le practique una valoración médica legal, previa remisión de la autoridad. La demora en la práctica de la prueba puede ocasionar la pérdida de algunas evidencias.