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Los derechos del paciente (I)


AL RESPECTO DE los derechos del paciente se habló algo luego de la aprobación de la Ley No. 68 del 20 de noviembre del 2003, "Que regula los derechos y obligaciones de los pacientes, en materia de información y de decisión libre e informada", publicada en la Gaceta Oficial No. 24,935, del 25 de noviembre del 2003.
Sin embargo, el tema volvió básicamente a los niveles anteriores y la ley aún no ha sido reglamentada. A pesar de que fue la que más discusiones provocó sobre el tópico, hay que señalar que no es la primera ni la única, y que el espectro cubierto por el tema derecho del paciente es mucho más que el concepto de la información, aunque no se puede negar que este último, la información, es de enorme importancia
Sobre el asunto derechos de los pacientes, existen varias leyes panameñas que proporcionan un marco, aunque incipiente, legal al asunto. Otras normales que pueden estar conformando este marco legal son:
Ley No. 3 del 5 de enero del 2000, "General sobre las Infecciones de Transmisión Sexual, el Virus de la Inmunodeficiencia Humana y el SIDA", publicada en la Gaceta Oficial No. 23,964, del 7 de enero del 2000. La Ley No. 3 del 10 de enero del 2001, "por la cual se aprueba en todas sus partes la convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las personas Discapacitadas", publicada en la Gaceta Oficial No. 24,219, del 15 de enero del 2001. La Ley No. 6 de 23 de enero del 2002, "Normas para la transparencia en la gestión pública, que establece la acción de hábeas y dicta otras disposiciones", publicada en la Gaceta Oficial No. 24,476, del 23 de enero del 2002. La Ley No. 59 del 28 de diciembre del 2005, "Que adopta normas de protección laboral para las personas con enfermedades crónicas, involutivas y/o degenerativas que produzcan discapacidad laboral", publicada en la Gaceta Oficial No. 25,457, del 4 de enero de 2006.
Por Derecho, el Diccionario de la Real Academia de la Lengua nos señala que es la facultad natural del hombre para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida; o la facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor, o que el dueño de una cosa nos permite en ella. También se acepta la siguiente interpretación: conjunto de principios, preceptos y reglas a que están sometidas las relaciones humanas en toda sociedad civil, y a cuya observancia pueden ser compelidos los individuos por la fuerza.
Reconocer que el paciente tiene derechos ha transformado la relación médico-paciente, antes de autoritarismo y paternalismo, ahora de colaboración.
El paciente actual está más al tanto de información sobre tratamientos, ya sea a través de una segunda opinión, por la Internet, o por promociones de medicamentos dirigidas a los consumidores o sea, a los pacientes.
Fueron las enfermeras norteamericanas, en 1959, las que iniciaron el movimiento de los derechos de los pacientes y su objetivo estaba orientado a ayudar a proteger los derechos humanos básicos en el momento en que se es más vulnerable, cuando se está enfermo, cuando se es paciente.
Esa campaña estuvo diseñada para proteger derechos básicos, tales como la dignidad humana, la privacidad, la confidencialidad, el consentimiento informado y la negativa de recibir tratamiento; el derecho a recibir explicaciones sobre los costos del tratamiento; y el derecho a conocer sobre la existencia de investigaciones médicas. En 1962, el presidente JF Kennedy reforzó esta posición al señalar que son cuatro los derechos básicos del consumidor: derecho a la seguridad, derecho a ser informado, derecho a escoger y el derecho a ser escuchado.
Existen otros principios éticos y de Derechos Humanos que actualmente forman parte del concepto Derechos del Paciente. Podemos mencionar el principio de beneficencia, el principio de respeto a las personas, el principio de justicia, el derecho a la autonomía y a la auto determinación, el derecho a la privacidad, el derecho al anonimato y a la confidencialidad, el derecho a recibir un tratamiento justo, el derecho a ser protegido de la incomodidad y del daño, así como la doctrina del privilegio.
En una próxima entrega, entraremos a ampliar un poco sobre cada uno de los conceptos señalados.

101 años de Panamá América

 
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