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Los enredos de una Cinta


Con bombos y platillos publicitarios el MOP por fin dio a conocer lo que considera será el diseño definitivo del proyecto de la Cinta Costera en la bahía de Panamá.

El decepcionante diseño presentado el pasado 4 de abril cuenta con deficiencias preocupantes, destacándose la pésima comunicación entre la Avenida Balboa y los cuatro nuevos carriles a construirse sobre los rellenos de la Cinta. De acuerdo al proyecto, los actuales seis carriles de esta avenida serán de una sola vía hacia el centro de la ciudad, dejando a los cuatro nuevos con dirección única hacia las afueras. Los conductores girarán a la izquierda utilizando curvas de retorno sobre la Cinta, que por su escaso número y corta extensión están condenadas a convertirse en vías permanentemente enredadas en tranques sin final. Es evidente que los arquitectos no han prestado la atención necesaria a este problema, por lo que deberán regresar a su mesa de trabajo y corregir a tiempo el insuficiente trazado vial del proyecto. Más que una deficiencia, el diseño también contempla un grave error, el mantenimiento en el entorno de la Cinta del Club de Yates y Pesca (CYP), una entidad privada, cuya reubicación prevé en los rellenos que efectúa la empresa Norberto Odebrecht a cuenta del Estado.

Haciendo un poco de historia, la Ley 3 de 1959 autorizó el traspaso al CYP del lote original de sus instalaciones bajo una serie de “condiciones indispensables” que hoy, casi cincuenta años después, permanecen intactas como garantías al Estado. Una de ellas impide al CYP vender ese lote “a ninguna persona natural o jurídica y en el caso de que el Club mencionado se desintegre, quiebre o se disuelva, el terreno volverá al dominio de la Nación”.

Pero el Art. 4 de esa Ley es todavía más específico en relación a los derechos del Estado y las obligaciones del CYP. Establece que "el lote cuya cesión se autoriza revertirá gratuitamente al Estado, con todas sus mejoras en caso de que por el proyectado relleno de la Bahía o cualquier otra obra portuaria de interés nacional no pueda dedicarse a los fines motivo de la cesión".

En otras palabras, si por causa del interés nacional representado por el proyecto de la Cinta, el Estado requiere del CYP la devolución de ese terreno, el mismo deberá ser entregado a título gratuito. No cabe ningún derecho de indemnización al CYP, ni siquiera por las mejoras construidas sobre él.

Tampoco existe obligación alguna del Estado de facilitar al CYP un nuevo lote de relleno a ser financiado con recursos públicos. Esas fueron las condiciones establecidas por la ley. Tanto el Estado como el CYP las conocen perfectamente desde 1959. Ahora corresponde a las partes cumplirlas plenamente, sin enredos y a cabalidad.

101 años de Panamá América

 
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