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México aún sin presidente electo


Pese al fraude electoral y debido a él, en México aún no hay presidente electo. No deben admitirse, por tanto, las felicitaciones de mandatarios extranjeros, como Uribe de Colombia, o Bush de Estados Unidos, que vulneren el marco jurídico mexicano y que ya sea por ignorancia o conveniencia o ambos, pasando por alto las leyes y normas de un Estado soberano. Estos paladines de la democracia, reza el refrán dime qué ostentas y te diré de qué careces, que se gritan democráticos y califican de autoritarios y populistas a sus adversarios políticos, autoerigiéndose, como lo hacen Fox y Calderón, en el supuesto paradigma del gobernante impoluto, cuando son ellos mismos los que pisotean las normas de su propio estado de derecho. Eso sí, simulando muy bien que hacen todo lo contrario. Para ello cuentan, amén de las autoridades constituidas, no democráticas, que ilegítimamente hacen uso de su poder para inclinar la voluntad ciudadana en el sentido que les conviene. Esto es algo que los mexicanos hemos podido comprobar a nivel nacional en el proceso electoral y constatar la falta de equidad, en un ambiente de "inquina y odio" propiciados por el Estado y su candidato.
El informe de 2004 del Programa de las Naciones Unidas sobre la Democracia en América Latina, señala al menos dos poderes fácticos internos que conspiran contra su fortalecimiento: las clases empresariales, que con privilegios cobran a los gobiernos elegidos los dineros y favores invertidos en las campañas, o les dictan cómo deben ser sus políticas públicas, y los medios de comunicación, particularmente electrónicos, que legitiman con su publicidad, mensajes y comentarios a las fórmulas que promueven la continuidad y la consolidación del statu quo que a ellos también favorecen. Es importante destacar que no se trata de empecinamiento el que López Obrador y sus seguidores hayan decidido impugnar los comicios, se trata, dada la magnitud de las irregularidades presentadas, de todo lo cual hay evidencias, de defender el voto del pueblo de México siguiendo las pautas que dictan las leyes establecidas al respecto. Así tenemos que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece con toda claridad en su artículo 174 que el proceso no concluye hasta que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, (TEPJF) haya resuelto el último de los medios de impugnación que se hubieran interpuesto, o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno. Por su parte el artículo 99, fracción II de la propia Constitución de la República, faculta expresamente a la Sala Superior de éste a realizar "el cómputo final de la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos, una vez resueltas en su caso, las impugnaciones que se hubiesen interpuesto sobre la misma". Es por ello que la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos, Todos los Derechos para todas y todos, expresó el 7 de julio: "frente al anuncio de que el candidato López Obrador recurrirá al Tribunal Electoral, la responsabilidad del Estado de generar confianza entre la ciudadanía quedará a cargo del TEPJF". O que los observadores europeos se pronunciaran a favor del recuento voto a voto. O que el New York Times en su editorial del día 7 de julio, se inclinara por la necesidad del recuento completo por los problemas ocurridos durante los comicios y que Calderón no debería oponerse a ello. O bien que los micro, pequeños y medianos empresarios del país exigen la apertura de los paquetes electorales. O que la prensa europea inste al recuento de votos. El International Herald Tribune, editado en París, lectura obligada de varias cancillerías europeas, insinúa la necesidad de un recuento total de votos, en su editorial del 7 de julio; el periódico alemán Suddeutsche Zeitung, en el que destaca que el resultado de las elecciones es tan estrecho que se hace necesario un recuento; o el Financial Times, hace eco del descontento que vive México y destaca que Calderón se opone al recuento de votos; la prensa centroamericana coincidió que México debe apegarse a un profundo respeto institucional. ¿Todo ello será porque nada más se han evidenciado serias irregularidades en 55 mil casillas, o en el conteo preparatorio "se olvidaron" 3 millones de votos, o porque se tienen evidencias de un fraude cibernético a través de algoritmos? En México no hay democracia y hubo una elección de Estado.
Por otra parte, el 30 de junio de 2006. E. Markham Bench, Director Ejecutivo del Comité Mundial de Libertad de Prensa(http://www.wpfc.org/) -una organización que engloba a 45 grupos de libertad de prensa de todo el mundo- escribió una carta al presidente del Organo Legislativo panameño, para expresar su "alarma ante las draconianas condiciones que impondría a la prensa panameña el proyecto de ley conocido como "Anteproyecto de Código Penal".
En su misiva Bench destaca que "La desafortunada iniciativa, en su Título IV -"De los Delitos contra el Honor de la Persona Natural", artículos 212 y 213-, establecería penas de prisión para los delitos de calumnia e injuria; y el artículo 214 aumentaría las penas de prisión ya establecidas para los casos de difamación cometidos "a través de un medio de comunicación social oral, escrito o mediante un sistema electrónico". Este mismo artículo 214 también incluye castigos para quienes "publiquen, difundan o reproduzcan" las supuestas declaraciones injuriosas, adoptando así lo que en algunos países se conoce como el "efecto cascada", el cual responsabiliza no sólo al autor de las declaraciones sino también a los editores responsables de la publicación o emisión. Esta acción mordaza, y en realidad prácticamente todo el anteproyecto, es propia de regímenes autocráticos temerosos de una prensa libre e independiente que obligue a los funcionarios públicos a rendir cuentas al público. Todo el desafortunado conjunto ignora las recomendaciones del sistema jurídico interamericano, concretamente las de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El Artículo 10 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, reza: "Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público".
Recuerdan también que "..La presentación de este "Anteproyecto de Código Penal" constituye un alarmante paso atrás que amenaza con anular de un plumazo los avances en el campo de la libertad de prensa que tantos esfuerzos han costado en Panamá".
Redoblemos entonces nuestros esfuerzos para evitar que con motivo de la proyectada ampliación del Canal, sigan en aumento las medidas de represión a la libertad de expresión y al derecho a la información.

101 años de Panamá América

 
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