Moratoria facilita pago de impuesto de inmueble
El gobierno nacional, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, creó un mecanismo de fácil cumplimiento, para que los propietarios de inmuebles paguen el impuesto adeudado hasta el primer cuatrimestre de 1999.
Ese es el propósito fundamental de la Ley de Moratoria vigente hasta el 31 de diciembre de 1999, norma que le da a los contribuyentes la oportunidad de cancelar, sin recargos ni intereses, este tributo exclusivamente, ahorrándose casi el 40% de la suma pendiente.
Dicho sistema significa que el gobierno que preside doña Mireya Moscoso ofrece un abanico de posibilidades para que los tenedores de propiedades paguen sus deudas al Fisco Nacional, sólo en este concepto, sin que se convierta en un mecanismo que asfixie a quienes poco o nada tienen.
Por lo tanto, la moratoria decretada se ajusta a la filosofía y agenda social de la mandataria de la Nación, decidida como está a redimir a las clases marginadas del país.
El fundamento social de la Ley de Moratoria surge, además, por la alternativa que brinda de suscribir arreglos de pago dentro del plazo señalado, a los contribuyentes que no puedan cubrir la totalidad de la deuda en un solo momento.
Esa concepción social va aún más allá, desde el momento en que los convenios de pago pueden suscribirse con los mismos beneficios estipulados, para los casos en que se cancele la deuda total.
Indica la norma comentada, que esos convenios de pago se suscribirán de acuerdo con la reglamentación que, para estos casos, tiene la Dirección General de Ingresos del Viceministerio de Finanzas.
Con ese fin, los interesados deben acudir a las Administraciones Regionales de Ingresos que operan en las cabeceras de las provincias o a la ubicada en el edificio Hatillo de la ciudad capital.
Consideramos que los contribuyentes tienen una magnífica oportunidad en la Ley de Moratoria para ponerse al día con el Tesoro Nacional y, a la vez, contribuir a la realización de planes gubernamentales dirigidos a la redención de las clases marginadas.
Ese es el propósito fundamental de la Ley de Moratoria vigente hasta el 31 de diciembre de 1999, norma que le da a los contribuyentes la oportunidad de cancelar, sin recargos ni intereses, este tributo exclusivamente, ahorrándose casi el 40% de la suma pendiente.
Dicho sistema significa que el gobierno que preside doña Mireya Moscoso ofrece un abanico de posibilidades para que los tenedores de propiedades paguen sus deudas al Fisco Nacional, sólo en este concepto, sin que se convierta en un mecanismo que asfixie a quienes poco o nada tienen.
Por lo tanto, la moratoria decretada se ajusta a la filosofía y agenda social de la mandataria de la Nación, decidida como está a redimir a las clases marginadas del país.
El fundamento social de la Ley de Moratoria surge, además, por la alternativa que brinda de suscribir arreglos de pago dentro del plazo señalado, a los contribuyentes que no puedan cubrir la totalidad de la deuda en un solo momento.
Esa concepción social va aún más allá, desde el momento en que los convenios de pago pueden suscribirse con los mismos beneficios estipulados, para los casos en que se cancele la deuda total.
Indica la norma comentada, que esos convenios de pago se suscribirán de acuerdo con la reglamentación que, para estos casos, tiene la Dirección General de Ingresos del Viceministerio de Finanzas.
Con ese fin, los interesados deben acudir a las Administraciones Regionales de Ingresos que operan en las cabeceras de las provincias o a la ubicada en el edificio Hatillo de la ciudad capital.
Consideramos que los contribuyentes tienen una magnífica oportunidad en la Ley de Moratoria para ponerse al día con el Tesoro Nacional y, a la vez, contribuir a la realización de planes gubernamentales dirigidos a la redención de las clases marginadas.