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Nada de denigrar


Desde la década del "80, la gente negra norteamericana tomó la decisión de acabar una vez por toda con la etiqueta de " gente de color" que utilizaban aquellos que supuestamente por sutileza se referían a los negros. Recuerdo claramente cómo en un discurso, uno de sus líderes proclamaba abiertamente y con orgullo que "no somos de color", somos negros, somos descendientes de los africanos "afroamericanos". A partir de ese momento se empezó a crear conciencia de aceptar la negritud con orgullo, pese a todos los complejos que había sembrado el sistema occidental. Esta acción corrió como mecha encendida por todos los sitios donde se concentra población afrodescendiente.
Una de las campañas que se inició con ímpetu fue la de hacer docencia con respecto a cómo utilizamos el concepto o la palabra "negro". Sin embargo, a pesar de que en Panamá, que de forma trillada se le llama "Crisol de razas", pareciera que estas campañas no han llegado o, si acaso, nos toca la cola como sucede con los huracanes.
Para ilustrar, mencionaré algunos usos comunes que se dan entre nuestra gente de todo tipo con la palabra negro: Se usa para referirse a malos sentimientos: corazón negro, alma negra, odio africano (alusión a lo negro); mala conducta: el negro se refiere al delincuente (recordar la anécdota del corredor blanco y el negro), la oveja negra, ángel negro; malos momentos: día negro, humor negro, panorama negro, todo está negro, las cosas están negras, se ven negras; todo lo sucio: negro, aguas negras (servidas), manchas negras; manera despectiva: negro feo; negra, pero bonita; negro, pero elegante; negro, pero sabroso; tenía que ser negro, el hijo de la cocinera (que viene de los tiempos de la cocinera negra, tipo "aunt jemima").
Todos estos términos contrastan con todo lo referente al blanco como: Blanca Navidad, Dios, Jesús, la Virgen, los ángeles y todos los santos que nos pintan, lo limpio, lo sano, lo bueno, lo bonito, lo elegante hasta para delincuentes (de cuello blanco).
A pesar de que en otras sociedades estas palabras y conceptos han dejado de ser uso común por lo que denotan, vemos cómo aún acá la gente, tanto negra como blanca (si la hay), profesionales y no, las siguen usando sin ningún reparo.
Con relación a esto, existe un concepto que se usa hasta por gente que se proclama libre de perjuicios y muy de avanzada, y algunos hasta predican no tener ninguna pizca de racistas. El concepto al que nos referimos es el de "denigrar" que, por lo general, su uso tiene que ver con: mal trato (me denigraron), mala situación (es denigrante), mala intención (intentan denigrar, recientemente utilizada por la Sra. Presidenta después en sus declaraciones en la Iglesia). Para beneficios de los lectores, denigrar se refiere a "tratar de negro"; es decir, que se hace un enfoque nuevamente a que todo lo negro es malo. Por lo tanto, cualquier situación que no sea la mejor tiene relación con lo negro. El solo hecho de mantener en nuestros códigos este tipo de expresión puede mostrar el lado nuestro de perjuicios y racismo sin que nos demos cuenta.
Es por eso y por otras razones que quienes estamos llamados a hacer docencia de diversas formas, tenemos que resaltar aspectos visibles e invisibles para otros en beneficio de lograr una verdadera convivencia en igualdad, fraternidad y libertad.
En materia de encuestas, se establece que para poder publicarlas, el interesado debe presentar al Tribunal Electoral la ficha técnica y otros requisitos para recibir una certificación que autorice la publicación.
Mientras que las encuestas que se hacen la salida del recinto de votación, el día de las elecciones, sólo podrán divulgarse tres horas después de la hora de cierre de los comicios.
Se dedica un capítulo entero al origen de los fondos que se utilizan para el funcionamiento de los partidos políticos y el financiamiento de las campañas y candidaturas electorales.
A través del proyecto, se propone que los partidos políticos están en la obligación de registrar y manejar las contribuciones privadas para su funcionamiento a través de cuentas bancarias destinadas a estos propósitos, se debe dejar constancia clara de la identidad del donante, así como los registros de dépositos, cheques y comprobantes de contribuciones.
Los partidos políticos deben presentar al Tribunal Electoral sesenta días después de las elecciones, un informe pormenorizado de los ingresos y egresos, información que será manejada de manera confidencial.
Se prohíben las donaciones o aportes anónimos, salvo en caso de colectas populares, las donaciones de personas naturales o jurídicas que sean concesionarios del Estado, así como aportes de gobierno, personas u organismos extranjeros y las contribuciones de asociaciones religiosas, gremios empresarias, sindicales o profesionales.
Uno de los artículos establece claramente que ninguna persona podrá ser postulada a más de un cargo de elección popular. Con respecto a las postulaciones se mantiene la discrecionalidad de los partidos políticos para que los candidatos presidenciales surjan de elecciones primarias o sean electos por el Congreso, Asamblea o Convención Nacional.
También se dispone que las personas que hayan competido en elecciones primarias para ser postuladas por un partido político a un cargo de elección popular y no resulten electos, no podrán ser postulados por otro partido en el mismo proceso electoral para ningún cargo.
El tema del género también fue incluido, ya que en un artículo, se establece que en los circuitos plurinominales en los que se postulen tres o más candidatos a legislador, necesariamente se postulará a una mujer. Se propone además que los partidos políticos que así lo deseen pueden hacer y entregar sus postulaciones por la vía del correo electrónico.
El proyecto también incluye penas de prisión hasta de cuatro años y suspensión de los derechos ciudadanos e inhabilitación para el ejerecicio de funciones públicas, a quienes destruyan, roben o oculten las actas, así como otros delitos como la presentación de un testigo falso e incurran en otras violaciones a las normas electorales.
También se establecen elementos en materia de procesos electorales para lo cual se dispone la creación a partir del año 2003 en la jurisdicción penal electoral de juzgados de primera instancia con el fin de garantizar la doble instancia en esta materia.

101 años de Panamá América

 
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