Ninguna ley
En un país en donde por más de 12 años se vivió una censura total de los medios y una complicidad absoluta con el dictador correspondiente, no se puede descuidar ni por el más loable discurso la cuestión de la libertad de expresión y de prensa. Se está dando una nueva tendencia hacia el control de los medios más allá del control natural administrativo e incluso editorial que ejercen los propietarios a través de administradores y directores. Parte del control dictatorial en nuestros países ha pasado desde la complacencia cómplice hasta la usurpación de la propiedad del medio por gobiernos de estricto corte dictatorial. Experiencia que podría repetirse, pues la libertad es un asunto que nos exige vigilancia perpetua y ante todo aprender del pasado: "El pasado no olvidado es guía para el futuro".
La poco disimulada complicidad mediática al no denunciar las medidas antidemocráticas asumidas por los actuales gobernantes panameños desde la visita del Presidente Bush hasta el pasado reciente referéndum, han hecho retroceder lo avanzado en materia de libertad de expresión a los niveles de los años 70 con medios de comunicación sumisos a la publicidad y prebenda estatal.
La unanimidad es tal vez el principal síntoma de esa peligrosa enfermedad gubernamental llamada dictadura, y siempre los síntomas comienzan por la censura o complacencia de cierta prensa con los gobernantes de turno; un golpe militar en Tailandia y luego otro en Fiji ponen de relieve una realidad: la defensa de la libertad no es una tarea concluida sino tarea de todos los días y nos muestra la realidad de la aseveración de Ernst Cassirer: "La cultura humana no es en modo alguno la cosa firmemente establecida que creíamos, y debemos estar preparados para sacudidas que puedan conmover nuestro mundo cultural y social".
Cuando encontramos que periodistas y medios en general tienen que dar explicaciones a procuradores y demás autoridades por escritos que le son propios, nos viene a la memoria aquellos días luego del golpe militar en que toda la obra gubernamental era objeto de elogio, al extremo que cualquier policía metido a soldado o cualquier soldado metido a policía recibía el título de pundonoroso.
Por ese pasado reciente que vivió Panamá es que debemos alertarnos todos en la defensa de la libertad de expresión como pilar de todas las otras libertades democráticas, y preocuparnos cuando con razón o sin ésta los medios se apresuran a disculparse con autoridades por deslices en el ejercicio de la facultad de informar sobre los asuntos públicos. Es decir, que nos competen a todos. O cuando por equivocada que sea una opinión tienen que pedir disculpas a los gobernantes como si fuesen vacas sagradas.
No puede ser que un gobierno que se proclama de la social democracia ya no sólo se comporte como el más neoliberal, sino que asuma medidas de orden cívico tan perniciosas como la vocación a la unanimidad, tan común en el totalitarismo y el autoritarismo. Así como la vocación democrática exige en materia de libertad de expresión "ninguna ley" también se tiene que exigir transparencia en el reparto de la publicidad estatal para sin cortapisas denunciar: control del orden público al estilo Noriega: escopeta gas y manguera, "seguridad sin guerra", cerco de universidades. Prepotencia: discusión del presupuesto nacional a puertas cerradas, más de $30 millones en gasto discrecional del Presidente. Y debemos conformarnos con la información de cómo se ejerció la discreción. Los efectos históricos de las palabras de Madison, "el pueblo y no el gobierno posee la soberanía absoluta y tiene derecho a examinar libremente figuras y medidas públicas" están vigentes. De nosotros depende.
Como es sabido, fue Montesquieu, en su famosa obra "El Espíritu de las Leyes" (1784), quien concibió la conocida teoría de la separación de poderes, que tan favorable acogida tuviera, y vio en ella "la garantía más efectiva para la defensa de las libertades públicas", según afirma el renombrado jurista colombiano Tulio Enrique Tascón (Derecho Constitucional Colombiano, Bogotá, 1939, p. 28)(2).
Al consagrarse de una manera expresa en el Art. 2 de la Constitución Nacional el principio de la separación de funciones, se persigue fijar la esfera de competencia de cada Órgano, algo que resulta indispensable para la existencia de un Estado de derecho y democrático (3). La armónica colaboración que debe existir entre los tres órganos del Estado no es contraria a los principios de limitación y de separación o distribución de funciones, que la propia Constitución admite, y que son esenciales e indispensables para la existencia, adecuado funcionamiento y operación del Estado de Derecho que la misma consagra (4).
(1. Naranjo Mesa, Vladimiro, "Teoría Constitucional e Instituciones Políticas", Ed. Temis, 8º Edición, Bogotá 2000, p. 249. 2. Arroyo Dulio, "Sentido y alcance del artículo 2º de la Constitución Política de la República de Panamá de 1972 antes de la reforma introducida en 1983". En Fábrega Jorge (Compilador), "Estudios de Derecho Constitucional Panameño, Editora Jurídica Panameña", Panamá 1987. p. 130. 3. Ídem, p. 132. 4. Ídem, p. 140)
La poco disimulada complicidad mediática al no denunciar las medidas antidemocráticas asumidas por los actuales gobernantes panameños desde la visita del Presidente Bush hasta el pasado reciente referéndum, han hecho retroceder lo avanzado en materia de libertad de expresión a los niveles de los años 70 con medios de comunicación sumisos a la publicidad y prebenda estatal.
La unanimidad es tal vez el principal síntoma de esa peligrosa enfermedad gubernamental llamada dictadura, y siempre los síntomas comienzan por la censura o complacencia de cierta prensa con los gobernantes de turno; un golpe militar en Tailandia y luego otro en Fiji ponen de relieve una realidad: la defensa de la libertad no es una tarea concluida sino tarea de todos los días y nos muestra la realidad de la aseveración de Ernst Cassirer: "La cultura humana no es en modo alguno la cosa firmemente establecida que creíamos, y debemos estar preparados para sacudidas que puedan conmover nuestro mundo cultural y social".
Cuando encontramos que periodistas y medios en general tienen que dar explicaciones a procuradores y demás autoridades por escritos que le son propios, nos viene a la memoria aquellos días luego del golpe militar en que toda la obra gubernamental era objeto de elogio, al extremo que cualquier policía metido a soldado o cualquier soldado metido a policía recibía el título de pundonoroso.
Por ese pasado reciente que vivió Panamá es que debemos alertarnos todos en la defensa de la libertad de expresión como pilar de todas las otras libertades democráticas, y preocuparnos cuando con razón o sin ésta los medios se apresuran a disculparse con autoridades por deslices en el ejercicio de la facultad de informar sobre los asuntos públicos. Es decir, que nos competen a todos. O cuando por equivocada que sea una opinión tienen que pedir disculpas a los gobernantes como si fuesen vacas sagradas.
No puede ser que un gobierno que se proclama de la social democracia ya no sólo se comporte como el más neoliberal, sino que asuma medidas de orden cívico tan perniciosas como la vocación a la unanimidad, tan común en el totalitarismo y el autoritarismo. Así como la vocación democrática exige en materia de libertad de expresión "ninguna ley" también se tiene que exigir transparencia en el reparto de la publicidad estatal para sin cortapisas denunciar: control del orden público al estilo Noriega: escopeta gas y manguera, "seguridad sin guerra", cerco de universidades. Prepotencia: discusión del presupuesto nacional a puertas cerradas, más de $30 millones en gasto discrecional del Presidente. Y debemos conformarnos con la información de cómo se ejerció la discreción. Los efectos históricos de las palabras de Madison, "el pueblo y no el gobierno posee la soberanía absoluta y tiene derecho a examinar libremente figuras y medidas públicas" están vigentes. De nosotros depende.
Como es sabido, fue Montesquieu, en su famosa obra "El Espíritu de las Leyes" (1784), quien concibió la conocida teoría de la separación de poderes, que tan favorable acogida tuviera, y vio en ella "la garantía más efectiva para la defensa de las libertades públicas", según afirma el renombrado jurista colombiano Tulio Enrique Tascón (Derecho Constitucional Colombiano, Bogotá, 1939, p. 28)(2).
Al consagrarse de una manera expresa en el Art. 2 de la Constitución Nacional el principio de la separación de funciones, se persigue fijar la esfera de competencia de cada Órgano, algo que resulta indispensable para la existencia de un Estado de derecho y democrático (3). La armónica colaboración que debe existir entre los tres órganos del Estado no es contraria a los principios de limitación y de separación o distribución de funciones, que la propia Constitución admite, y que son esenciales e indispensables para la existencia, adecuado funcionamiento y operación del Estado de Derecho que la misma consagra (4).
(1. Naranjo Mesa, Vladimiro, "Teoría Constitucional e Instituciones Políticas", Ed. Temis, 8º Edición, Bogotá 2000, p. 249. 2. Arroyo Dulio, "Sentido y alcance del artículo 2º de la Constitución Política de la República de Panamá de 1972 antes de la reforma introducida en 1983". En Fábrega Jorge (Compilador), "Estudios de Derecho Constitucional Panameño, Editora Jurídica Panameña", Panamá 1987. p. 130. 3. Ídem, p. 132. 4. Ídem, p. 140)