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No más récords policivos


El proyecto aprobado dispone que toda información que sea recopilada por la Policía Técnica Judicial (PTJ) y demás organismos de instrucción o investigación, será para uso exclusivo para determinar casos de reincidencia, habitualidad y profesionalismo del individuo. Establece que después de transcurridos cinco años, los registros por faltas cometidas pasarán a formar parte de un expediente confidencial o clasificado y no aparecerán en los documentos que se expidan ni en el ámbito informático.
Los principales opositores al proyecto han sido los empleadores, quienes venían utilizando el récord policivo como requisito indispensable para aplicar y obtener un trabajo. Argumentan que si desaparece esta herramienta, no contarán con mecanismo alguno para poder determinar los antecedentes criminales de sus solicitantes de plazas de trabajo y así garantizar la seguridad en sus empresas.
Pero es que la razón que justifica su eliminación es precisamente esa, a saber, que no se debe considerar los antecedentes criminales como clara justificación para no contratar a una persona que ha sido condenada por algún delito, sobre todo si ya ha pagado la pena impuesta por la sociedad, pues estaría pagando dos veces y de por vida por sus errores pasados. Hay que tener presente que ese no es el caso de personas condenadas y prófugas de la justicia. Sus nombres deben continuar disponibles para ser consideradas en las aplicaciones de trabajo.
Panamá simplemente se estaría sumando al creciente número de países alrededor del mundo que considera violatorio a los derechos humanos del individuo requerir la presentación del récord policivo para aplicar y obtener un puesto de trabajo. La Presidenta debe sancionar y promulgar esta actualización de nuestro ordenamiento jurídico.


101 años de Panamá América

 
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