Nota aclaratoria
Con el respeto que nos merece la opinión pública, consideramos que la nota que se remite, espera brindar a la consideración de la ciudadanía la aclaración a los hechos señalados en dicho medio de comunicación.
En virtud del artículo suscrito por el periodista Santiago Cumbrera y publicado en el Diario el "Panamá América" de fecha 7 de septiembre de 2009, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF), entidad pública creada mediante la Ley No. 14 de 23 de enero de 2009, pone en conocimiento de la ciudadanía las siguientes consideraciones en torno a la problemática surgida a través de los medios de comunicación social en relación a la Ciudadela de Jesús y María en la Provincia de Colón y nos permitimos exponer lo siguiente:
Somos conscientes de la preocupación que tiene el diario "Panamá América", por la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, especialmente en lo concerniente a su integridad física y emocional, máxime cuando se trata de denuncias que involucran la comisión de actos que pueden atentar contra su libertad sexual y la dignidad humana. Esta es una obligación no sólo de los medios de comunicación, sino de toda la sociedad, para lograr una efectiva protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Una de las principales funciones de la SENNIAF, entre otras, es la de supervisar e investigar el funcionamiento de los albergues y constatar que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto No. 26 de 21 de abril de 2009, instrumento que regula la apertura y funcionamiento de los albergues para niños, niñas y adolescentes.
No obstante lo anterior, esta Secretaría Nacional no ha tenido conocimiento ni información sobre la presunta comisión de hechos delictivos en el albergue que maneja la Fraternidad en referencia en la Provincia de Colón que se hayan hecho recientemente, tal y como insinúa su nota periodística. Según información suministrada por el periodista Santiago Cumbrera, existen denuncias en el Ministerio Público sobre estos hechos. Sin embargo, el referido periodista no informó a esta Secretaría, ni reflejó en su nota periodística el estado actual de dichos sumarios. El mismo no informó que la Fiscalía Primera del Circuito de Colón solicitó al Juez de la causa el cierre de la encuesta penal con un sobreseimiento objetivo e impersonal en razón de ausencia de pruebas que vinculen a los acusados con el presunto hecho. Tampoco informó que las otras dos denuncias fueron cerradas por el Ministerio Público en razón del principio de oportunidad que establece el artículo 1953 del Código Judicial, donde una de las presuntas víctimas se retracta al manifestar que había sido manipulada y obligada a presentar la denuncia. Consideramos que estos hechos son sumamente importantes para completar la nota periodística investigativa.
Reiteramos, tal y como se manifestó en la nota periodística, que la visita por parte de la Directora de la Secretaria Nacional no involucraba una inspección técnica del lugar, ya que dicho trabajo corresponde al equipo técnico de especialistas, quienes tienen la responsabilidad de hacer las inspecciones periódicas a los distintos albergues de nuestro país. Por lo tanto, mal se puede afirmar, que esta visita involucraba la investigación de la comisión de un supuesto delito, o bien que dicha visita obedecía al conocimiento de una denuncia penal.
Reiteramos también nuestra disposición para colaborar con ustedes como con cualquier otro medio de comunicación, para suministrarle información sobre temas que tengan relación con la niñez y adolescencia y la protección de sus derechos. No obstante, le solicitamos a ustedes como Diario y a sus periodistas que sean sinceros al momento de solicitar la información requerida para poder brindarles un panorama claro sobre la temática que buscan investigar, ya que no queremos pensar que parte de su nota es lucrar del morbo que causa temas como estos y que son tan sensitivos en nuestra sociedad.