Otro fallo desafortunado de la Corte Suprema
En relación con una demanda de inconstitucionalidad promovida por el Dr. Ricardo Alberto Arias, la Corte Suprema de Justicia recién dictó un fallo que resulta desafortunado ya que, aunque valida una práctica administrativa, deja en tela de duda su alcance. El fallo producirá incertidumbre sobre el régimen jurídico vigente y promueve la parálisis en la gestión pública. La demanda promovida atacaba la facultad reglamentaria de la Comisión Nacional de Valores y ciertos acuerdos dictados por dicha entidad autónoma. La impugnación obedecía a que la Comisión, a solicitud de la parte interesada, adelantaba investigaciones para declarar nula la reunión de accionistas de Corporación La Prensa, S.A., en la cual se eligieron como directores al Dr. Arias y a otros, porque supuestamente se solicitaron votos sin que se cumpliera con los acuerdos impugnados.
En esta controversia nunca se llegó ni siquiera a determinar si se solicitaron o no votos. Hasta el fallo en mención, la diferencia jurídica se centró en la facultad de la Comisión para dictar esos acuerdos. Aunque el Dr. Arias sostuvo en sus escritos ante la Corte que la Comisión no contaba con esa facultad, la Corte dejó claro que sí la tiene. Esta parte del fallo es positiva, toda vez que muchas otras instituciones públicas autónomas, como la Superintendencia de Bancos, periódicamente emiten acuerdos que reglamentan y desarrollan la ley. Un fallo en contrario hubiera dado al traste con todo un ordenamiento jurídico vigente.
Sin embargo, la Corte sí le dio la razón al Dr. Arias en cuanto a la inconstitucionalidad de los acuerdos dictados por la Comisión por considerar que los temas desarrollados en los mismos debieron ser objeto de un decreto ejecutivo, lo cual implica la firma del Presidente de la República y del ministro del ramo. Al dictar ese fallo, sin embargo, la Corte no definió, ni dio parámetros que asistan para determinar, cuándo un tema se presta para ser desarrollado en un acuerdo y cuándo tiene que serlo a través de un decreto ejecutivo. Por ello, este fallo producirá incertidumbre sobre la constitucionalidad de todos los acuerdos en vigor (de la Comisión, la Superintendencia de Bancos y otros) y causará renuencia de parte de las entidades autónomas para dictar nuevas reglamentaciones.
Pareciera que la Corte hizo un malabarismo jurídico para acomodar a los interesados: por un lado, mantuvo como constitucionalmente válida la figura de que las entidades autónomas tienen facultad para dictar acuerdos reglamentarios; y por el otro evitó que la Comisión llegara al fondo del asunto. Nos preguntamos si la Corte hubiera hecho esa trama si la parte afectada en la controversia no hubiera involucrado a un medio de comunicación y a una importante figura política. Este tipo de fallos, carentes de aportes jurídicos, son precisamente los que se prestan para alimentar las críticas sobre la politización de la Corte Suprema de Justicia.
El lunes pasado en el curso de su conferencia de Prensa en Bogotá, Uribe Vélez precisó sus prioridades para combatir militarmente a los grupos irregulares. Dijo que insistirá en la propuesta de que el equipo militar aportado por Estados Unidos al Plan Colombia, para la lucha antinarcóticos pueda ser usado para la lucha contra la insurgencia. "Colombia -enfatizó hablando en inglés- ha sido un socio en la batalla de Estados Unidos contra el terrorismo". Por lo tanto -señaló- "necesitamos ayuda de Estados Unidos para preservar nuestra democracia".
Esta virtual alianza colombo-norteamericana sin duda cobrará forma en las reuniones programadas por el Presidente electo Uribe Vélez con el subsecretario de Estado Otto Reich, en Bogotá y con el presidente George W. Bush en Washington.
Los encuentros de Uribe, Bush y Reich, abren, con su solo anuncio, un abanico de interrogantes que sólo podrán tener respuestas con el correr de los días y las semanas por venir.
Es prudente estar advertidos con anticipación sobre lo que pueda decidirse en Washington y en Bogotá. Sobre todo si de esas decisiones se deriva una radicalización de las acciones bélicas en el hermano país. En el marco de esa anticipación cabe un sinnúmero de reflexiones y una de ellas se refiere al papel que le tocaría en suerte jugar a nuestro país.
Panamá tendrá que estar preparado para cumplir sus tareas de preservación de la seguridad y de la tranquilidad internas. Es urgente que intentemos reformular todas las cuestiones que se refieren a los peligros potenciales que tiene para nuestro país una situación trabajada por el conflicto interno colombiano.
Los posibles sufrimientos que infligiría a nuestra población y los posibles daños que causaría a nuestro pacífico desarrollo una intensificación de la guerra en Colombia deben ser evaluados, dimensionados, tratados desde una perspectiva nacional.
No tendría justificación ni legitimidad que Panamá se viera envuelta en la guerra colombiana. En cambio, están llenas de sentido, de naturalidad y autenticidad las voces que se alzan en nuestro país para prevenir a las autoridades sobre la tentación de caer en cualquier situación imprudente, inconsulta, antinacional o precipitada.
En esta controversia nunca se llegó ni siquiera a determinar si se solicitaron o no votos. Hasta el fallo en mención, la diferencia jurídica se centró en la facultad de la Comisión para dictar esos acuerdos. Aunque el Dr. Arias sostuvo en sus escritos ante la Corte que la Comisión no contaba con esa facultad, la Corte dejó claro que sí la tiene. Esta parte del fallo es positiva, toda vez que muchas otras instituciones públicas autónomas, como la Superintendencia de Bancos, periódicamente emiten acuerdos que reglamentan y desarrollan la ley. Un fallo en contrario hubiera dado al traste con todo un ordenamiento jurídico vigente.
Sin embargo, la Corte sí le dio la razón al Dr. Arias en cuanto a la inconstitucionalidad de los acuerdos dictados por la Comisión por considerar que los temas desarrollados en los mismos debieron ser objeto de un decreto ejecutivo, lo cual implica la firma del Presidente de la República y del ministro del ramo. Al dictar ese fallo, sin embargo, la Corte no definió, ni dio parámetros que asistan para determinar, cuándo un tema se presta para ser desarrollado en un acuerdo y cuándo tiene que serlo a través de un decreto ejecutivo. Por ello, este fallo producirá incertidumbre sobre la constitucionalidad de todos los acuerdos en vigor (de la Comisión, la Superintendencia de Bancos y otros) y causará renuencia de parte de las entidades autónomas para dictar nuevas reglamentaciones.
Pareciera que la Corte hizo un malabarismo jurídico para acomodar a los interesados: por un lado, mantuvo como constitucionalmente válida la figura de que las entidades autónomas tienen facultad para dictar acuerdos reglamentarios; y por el otro evitó que la Comisión llegara al fondo del asunto. Nos preguntamos si la Corte hubiera hecho esa trama si la parte afectada en la controversia no hubiera involucrado a un medio de comunicación y a una importante figura política. Este tipo de fallos, carentes de aportes jurídicos, son precisamente los que se prestan para alimentar las críticas sobre la politización de la Corte Suprema de Justicia.
El lunes pasado en el curso de su conferencia de Prensa en Bogotá, Uribe Vélez precisó sus prioridades para combatir militarmente a los grupos irregulares. Dijo que insistirá en la propuesta de que el equipo militar aportado por Estados Unidos al Plan Colombia, para la lucha antinarcóticos pueda ser usado para la lucha contra la insurgencia. "Colombia -enfatizó hablando en inglés- ha sido un socio en la batalla de Estados Unidos contra el terrorismo". Por lo tanto -señaló- "necesitamos ayuda de Estados Unidos para preservar nuestra democracia".
Esta virtual alianza colombo-norteamericana sin duda cobrará forma en las reuniones programadas por el Presidente electo Uribe Vélez con el subsecretario de Estado Otto Reich, en Bogotá y con el presidente George W. Bush en Washington.
Los encuentros de Uribe, Bush y Reich, abren, con su solo anuncio, un abanico de interrogantes que sólo podrán tener respuestas con el correr de los días y las semanas por venir.
Es prudente estar advertidos con anticipación sobre lo que pueda decidirse en Washington y en Bogotá. Sobre todo si de esas decisiones se deriva una radicalización de las acciones bélicas en el hermano país. En el marco de esa anticipación cabe un sinnúmero de reflexiones y una de ellas se refiere al papel que le tocaría en suerte jugar a nuestro país.
Panamá tendrá que estar preparado para cumplir sus tareas de preservación de la seguridad y de la tranquilidad internas. Es urgente que intentemos reformular todas las cuestiones que se refieren a los peligros potenciales que tiene para nuestro país una situación trabajada por el conflicto interno colombiano.
Los posibles sufrimientos que infligiría a nuestra población y los posibles daños que causaría a nuestro pacífico desarrollo una intensificación de la guerra en Colombia deben ser evaluados, dimensionados, tratados desde una perspectiva nacional.
No tendría justificación ni legitimidad que Panamá se viera envuelta en la guerra colombiana. En cambio, están llenas de sentido, de naturalidad y autenticidad las voces que se alzan en nuestro país para prevenir a las autoridades sobre la tentación de caer en cualquier situación imprudente, inconsulta, antinacional o precipitada.