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¿Parque urbano?


En acepción establecida en la edición del año 2006 del Diccionario Esencial de la Lengua Española, un parque es terreno destinado a prados, jardines y arbolado para recreo y ornato. Otra acepción de la Academia, define a un parque como un terreno o sitio cercado y con plantas, para caza o para recreo, generalmente inmediato a un palacio o a una población.

No hemos encontrado hasta ahora ninguna acepción que describa un parque urbano, como aquel lugar en medio de las vías por las que transitan vehículos a alta velocidad, en el que los niños juegan por sus prados arriesgando las vidas, por ausencia de barreras de contención y de las medidas de seguridad para evitar una tragedia.

Es probable que si los académicos de la Lengua se dan un paseo por la Avenida Balboa, tengan que añadir al Diccionario Esencial de la Lengua Española, la descripción arriba planteada, como la acepción panameña de lo que es un “parque urbano”.

Un cínico podría afirmar, sin temor a equivocarse, que todo lo anterior es el resultado de “vender” con carácter politiquero, falsas expectativas.

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