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Permisos laborales a reclusos


Hemos opinado en editoriales anteriores que el sistema de permisos de libertad concedido a reclusos con fines de resocialización, puede prestarse a abusos. En el mismo sentido se manifestaron hace poco el procurador General de la Nación, José Antonio Sossa y el presidente del Colegio Nacional de Abogados, Carlos Vásquez.
La razón es múltiple. Para nada se consulta la opinión de las víctimas, tampoco la del juez que conoció de la causa, ni del Ministerio Público. La concesión o no del permiso, una vez cumplido dos tercios de la pena, depende hoy de una comisión interdisciplinaria compuesta de funcionarios de Corrección del Ministerio de Gobierno y Justicia y de técnicos sociólogos, psicólogos y afines.
El problema, es que algunos de los beneficiarios de los permisos no han cumplido el mínimo de la pena requerido, a más de que los criterios empleados para su concesión no son lo mesurado que debieran, constituyéndose en algunos casos en ocasión para que peligrosos criminales burlen la condena y se comercie ilícitamente con la figura.
En efecto, en la lista, que citó en su momento el Procurador Sossa, figuraba una alta proporción de homicidas, violadores y narcotraficantes. Recientemente, sin embargo, la Corte Suprema de Justicia negó una demanda de inconstitucionalidad presentada por el mismo Sossa contra los artículos de la ley penitenciaria que dan lugar al actual estado de cosas.
El argumento del máximo tribunal fue que los citados permisos "pueden ser mecanismos preventivos de la criminalidad". En sentido opuesto se manifestó la procuradora suplente, Mercedes Araúz de Grimaldo, quien comentó que tales "permisos laborales y de educación a los presos no deben quedar en la decisión de las autoridades administrativas de corrección". A su juicio, tales deben tener lugar "con la intervención de la autoridad jurisdiccional" pues, de otro modo, se "lesiona los principios de seguridad y defensa social", posición que compartimos plenamente, adicionando nosotros que debe consultarse también el criterio de las víctimas y del Ministerio Público.

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