Política, partidos y reformas electorales
Si la política -en teoría- es el método para conducir apropiadamente un Estado y conseguir así lo mejor para todos sus asociados, entonces las agrupaciones que se dicen practicar tan noble oficio no debieran tener otra meta que aplicar, estrictamente, lo antes dicho.
Infortunadamente, la realidad criolla sobre este tema -de vital importancia si en verdad quienes la ejercen diariamente decidieran darle buena forma a ese proyecto inconcluso que es aún nuestro país- resulta chocante por el triste papel que hasta el momento han jugado dichos organismos en la República de Panamá.
El Artículo 2 de nuestra Carta Magna menciona textualmente lo siguiente: "El Poder Público sólo emana del pueblo. Lo ejerce el Estado conforme esta Constitución lo establece, por medio de los órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial, los cuales actúan limitada y separadamente, pero en armónica colaboración". Más adelante el Artículo 32 añade que "Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumentos fundamentales para la participación política, sin perjuicio de la postulación libre en la forma prevista en la Ley".
Si el poder público sólo emana del pueblo, y la postulación libre se permite en la forma prevista en la Ley, resulta preocupante que la discusión sobre posibles reformas electorales -entre otras, aumentar el ya absurdo número de legisladores que conforman el Poder Legislativo- se haya llevado a cabo sólo con las distintas dirigencias de los partidos políticos vigentes para luego someterlas a la consideración del Consejo de Gabinete y presentarlas a debate - magistral cuadratura del círculo - ante los diputados que conforman la Asamblea Nacional.
222¿Es necesario para el buen andar de la República de Panamá aumentar a 78 el número de legisladores... que conformarán la Asamblea el 1 de septiembre de 2004?
Para que estas reformas recojan el genuino sentir de las mayorías nacionales -y por ende tengan la fuerza necesaria para fortalecer nuestro inmaduro sistema democrático- es indispensable que todos los componentes de la sociedad panameña participen dentro de la discusión de marras.
Por tal motivo resulta preocupante, por decir lo menos, la premura que se le quiere imprimir al asunto en referencia. Luego del Consejo de Gabinete del pasado miércoles Arnulfo Escalona -ministro de Gobierno y Justicia- presentó, esa misma noche, el proyecto de ley al pleno de la Asamblea Legislativa.
¿Es necesario para el buen andar de la República de Panamá aumentar a 78 el número de legisladores -más dos suplencias por cada uno de ellos- que conformarán la Asamblea el 1 de septiembre de 2004? ¿Y qué de la limitación que impone el numeral 7 del Artículo 141, dentro del Título V de la Constitución Nacional, sobre la obligatoriedad de ser postulado por un partido político para optar a este cargo de elección popular?
Es evidente el cúmulo de deficiencias que afectan al sistema actual. Estas reformas, en vez de subsanar las fallas existentes, parecieran encaminadas a incrementar el control de la cosa pública por parte de los grupos políticos locales.
Estas son algunas razones por las cuales debemos integrar al pleno de la sociedad dentro de tan importante debate para implantar, con la mayor brevedad posible y entre muchas otras cosas más, la figura del diputado nacional a razón de dos por provincia, abolir la inmunidad y todas las demás canonjías que favorecen a los principales integrantes de los órganos del Estado, permitir la libre postulación a cualquier cargo de elección popular, eliminar un vicepresidente y aplicar la simple suplencia a todos los cargos públicos, fortalecer los gobiernos municipales e instaurar la segunda vuelta electoral para que quien vaya a dirigir los destinos del país cuente con el aval de la mayoría de los votantes.
¿Patrocinarán estas consideraciones los honorables miembros de la Asamblea Legislativa - y los directorios de los partidos que ellos representan - cuando discutan y aprueben las reformas que motivaron este escrito? ¡Por favor: no le pidamos peras al olmo!
(rbermudez@cableonda.net)
Infortunadamente, la realidad criolla sobre este tema -de vital importancia si en verdad quienes la ejercen diariamente decidieran darle buena forma a ese proyecto inconcluso que es aún nuestro país- resulta chocante por el triste papel que hasta el momento han jugado dichos organismos en la República de Panamá.
El Artículo 2 de nuestra Carta Magna menciona textualmente lo siguiente: "El Poder Público sólo emana del pueblo. Lo ejerce el Estado conforme esta Constitución lo establece, por medio de los órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial, los cuales actúan limitada y separadamente, pero en armónica colaboración". Más adelante el Artículo 32 añade que "Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumentos fundamentales para la participación política, sin perjuicio de la postulación libre en la forma prevista en la Ley".
Si el poder público sólo emana del pueblo, y la postulación libre se permite en la forma prevista en la Ley, resulta preocupante que la discusión sobre posibles reformas electorales -entre otras, aumentar el ya absurdo número de legisladores que conforman el Poder Legislativo- se haya llevado a cabo sólo con las distintas dirigencias de los partidos políticos vigentes para luego someterlas a la consideración del Consejo de Gabinete y presentarlas a debate - magistral cuadratura del círculo - ante los diputados que conforman la Asamblea Nacional.
222¿Es necesario para el buen andar de la República de Panamá aumentar a 78 el número de legisladores... que conformarán la Asamblea el 1 de septiembre de 2004?
Para que estas reformas recojan el genuino sentir de las mayorías nacionales -y por ende tengan la fuerza necesaria para fortalecer nuestro inmaduro sistema democrático- es indispensable que todos los componentes de la sociedad panameña participen dentro de la discusión de marras.
Por tal motivo resulta preocupante, por decir lo menos, la premura que se le quiere imprimir al asunto en referencia. Luego del Consejo de Gabinete del pasado miércoles Arnulfo Escalona -ministro de Gobierno y Justicia- presentó, esa misma noche, el proyecto de ley al pleno de la Asamblea Legislativa.
¿Es necesario para el buen andar de la República de Panamá aumentar a 78 el número de legisladores -más dos suplencias por cada uno de ellos- que conformarán la Asamblea el 1 de septiembre de 2004? ¿Y qué de la limitación que impone el numeral 7 del Artículo 141, dentro del Título V de la Constitución Nacional, sobre la obligatoriedad de ser postulado por un partido político para optar a este cargo de elección popular?
Es evidente el cúmulo de deficiencias que afectan al sistema actual. Estas reformas, en vez de subsanar las fallas existentes, parecieran encaminadas a incrementar el control de la cosa pública por parte de los grupos políticos locales.
Estas son algunas razones por las cuales debemos integrar al pleno de la sociedad dentro de tan importante debate para implantar, con la mayor brevedad posible y entre muchas otras cosas más, la figura del diputado nacional a razón de dos por provincia, abolir la inmunidad y todas las demás canonjías que favorecen a los principales integrantes de los órganos del Estado, permitir la libre postulación a cualquier cargo de elección popular, eliminar un vicepresidente y aplicar la simple suplencia a todos los cargos públicos, fortalecer los gobiernos municipales e instaurar la segunda vuelta electoral para que quien vaya a dirigir los destinos del país cuente con el aval de la mayoría de los votantes.
¿Patrocinarán estas consideraciones los honorables miembros de la Asamblea Legislativa - y los directorios de los partidos que ellos representan - cuando discutan y aprueben las reformas que motivaron este escrito? ¡Por favor: no le pidamos peras al olmo!
(rbermudez@cableonda.net)