Por qué un fiscal especial
Basta con que un tribunal sobresea a algún procesado o que un jurado trasnochado declare inocente a algún sindicado, para que la mente popular se llene de suspicacia y piense que alguien ha pagado algo por eso. Y es así en todo, incluyendo los indultos de 440 condenados y sindicados de diversos delitos desde que el actual gobierno asumió el cargo. Las confesiones del legislador Afú no vienen más que a confirmar lo que ya era un secreto a voces a todos los niveles populares.
El hecho de que el propio aparato estatal haya alterado su equilibrio de separación de poderes por el desbordamiento de la autoridad e influencia del Ejecutivo sobre los demás, y creado en consecuencia mecanismos para neutralizar la autonomía e independencia de su Administración de Justicia, ha abonado al sentido de falta absoluta de fe ciudadana en sus instituciones.
Por eso es que la ciudadanía, al ver minadas sus instituciones por la intromisión extraña y por la corrupción degradante, recurre inconscientemente, más por instinto de conservación que por otra cosa, hacia la raíz de todos los poderes públicos, el propio pueblo. Recordemos al respecto lo que reza el artículo 2 de nuestra Constitución: "El Poder Público sólo emana del pueblo". Y de eso se trata. No se niegan las instituciones legalmente constituidas, sino que se procura su rescate yendo a su poder máximo y originario, el pueblo, constituido por todos los panameños, manifestado por el momento a través de modestas organizaciones populares y cívicas.
Un fiscal especial, como el nombrado en situaciones de extrema emergencia, como el Escándalo del Seguro Social de los años 70, con Carlos Cuestas en tal calidad, o como con el crimen del doctor Hugo Spadafora, con Carlos Augusto Herrera en igual condición, se impone en momentos como estos, porque la fórmula tiene la doble virtud de respetar la institucionalidad actual del Ministerio Público y, al mismo tiempo, captar la legitimidad de la ciudadanía desconfiada, que daría su indispensable respaldo moral al nuevo funcionario.
Un fiscal especial, aunque teóricamente se mueva bajo la égida de la Procuraduría General de la Nación, en la práctica, gozaría de autonomía e independencia absoluta, pues su mandato devendría directamente del máximo poder soberano, el pueblo, y no a través de ninguna de las desgastadas autoridades o entes existentes.
El hecho de que el propio aparato estatal haya alterado su equilibrio de separación de poderes por el desbordamiento de la autoridad e influencia del Ejecutivo sobre los demás, y creado en consecuencia mecanismos para neutralizar la autonomía e independencia de su Administración de Justicia, ha abonado al sentido de falta absoluta de fe ciudadana en sus instituciones.
Por eso es que la ciudadanía, al ver minadas sus instituciones por la intromisión extraña y por la corrupción degradante, recurre inconscientemente, más por instinto de conservación que por otra cosa, hacia la raíz de todos los poderes públicos, el propio pueblo. Recordemos al respecto lo que reza el artículo 2 de nuestra Constitución: "El Poder Público sólo emana del pueblo". Y de eso se trata. No se niegan las instituciones legalmente constituidas, sino que se procura su rescate yendo a su poder máximo y originario, el pueblo, constituido por todos los panameños, manifestado por el momento a través de modestas organizaciones populares y cívicas.
Un fiscal especial, como el nombrado en situaciones de extrema emergencia, como el Escándalo del Seguro Social de los años 70, con Carlos Cuestas en tal calidad, o como con el crimen del doctor Hugo Spadafora, con Carlos Augusto Herrera en igual condición, se impone en momentos como estos, porque la fórmula tiene la doble virtud de respetar la institucionalidad actual del Ministerio Público y, al mismo tiempo, captar la legitimidad de la ciudadanía desconfiada, que daría su indispensable respaldo moral al nuevo funcionario.
Un fiscal especial, aunque teóricamente se mueva bajo la égida de la Procuraduría General de la Nación, en la práctica, gozaría de autonomía e independencia absoluta, pues su mandato devendría directamente del máximo poder soberano, el pueblo, y no a través de ninguna de las desgastadas autoridades o entes existentes.