Posse y los subsidios agrícolas
Uno de los puntos en los que el ministro de Agricultura y Ganadería, Alejandro Posse tiene razón es el de los subsidios agrícolas que existen en las naciones desarrolladas, Estados Unidos y Europa, y en otras que sin serlo subsidian su producción o exportan bajo el costo a precio de "dumping". En ambos casos los productores nacionales están en desventaja y requieren de protección. Pero el negar permisos sanitarios a productos importados no es la forma correcta de hacerlo, y configura una desviación de poder.
Bajo las reglas del ingreso de Panamá a la Organización Mundial de Comercio (OMC), es posible adoptar medidas para contrarrestar tales formas de comercio desleal, las cuales consisten en la elevación del impuesto de importación mientras subsista la situación y se tramite una denuncia ante la organización. Canadá y Estados Unidos lo hicieron el primero contra Brasil por los subsidios a un avión fabricado por el último y el segundo contra el mismo por el acero del mismo origen. Igual ha hecho Estados Unidos contra frutas de Chile y productos agrícolas europeos y acero de Japón.
El problema es que se trata de un proceso dilatado que requiere de medidas cautelares urgentes para proteger al productor nacional mientras se cursa su trámite. Desafortunadamente, Panamá adoptó la más inconveniente de las legislaciones, de las que le fue sugerida para su ingreso a la OMC. Optó por judicializar la protección contra el comercio desleal internacional.
El resultado es lamentable pues, a un sistema judicial saturado de pleitos entre particulares y enrevesado como todos los del mundo, se le ha sumado la competencia para conocer de demandas de protección por comercio internacional desleal que dura años y en cuyo curso la producción nacional puede sucumbir mientras aguarda por un resultado incierto.
En la mayoría de los países se sigue un procedimiento administrativo, como en Estados Unidos, según el cual un organismo oficial frente a una demanda de un productor nacional, lo primero que hace es ordenar el cese de las importaciones del productor extranjero acusado hasta que éste pruebe su inocencia. Pero de ningún modo se arriesga a quebrar a sus productores mientras demora el proceso.
En fin lo correcto es cambiar la ley que judicializa la competencia de las demandas de "dumping" y subsidios; y se adscriba a un organismo técnico administrativo. Y mientras eso tiene lugar, la protección debe brindarse vía aranceles, no mediante la negativa de permisos sanitarios ni medidas similares.
Bajo las reglas del ingreso de Panamá a la Organización Mundial de Comercio (OMC), es posible adoptar medidas para contrarrestar tales formas de comercio desleal, las cuales consisten en la elevación del impuesto de importación mientras subsista la situación y se tramite una denuncia ante la organización. Canadá y Estados Unidos lo hicieron el primero contra Brasil por los subsidios a un avión fabricado por el último y el segundo contra el mismo por el acero del mismo origen. Igual ha hecho Estados Unidos contra frutas de Chile y productos agrícolas europeos y acero de Japón.
El problema es que se trata de un proceso dilatado que requiere de medidas cautelares urgentes para proteger al productor nacional mientras se cursa su trámite. Desafortunadamente, Panamá adoptó la más inconveniente de las legislaciones, de las que le fue sugerida para su ingreso a la OMC. Optó por judicializar la protección contra el comercio desleal internacional.
El resultado es lamentable pues, a un sistema judicial saturado de pleitos entre particulares y enrevesado como todos los del mundo, se le ha sumado la competencia para conocer de demandas de protección por comercio internacional desleal que dura años y en cuyo curso la producción nacional puede sucumbir mientras aguarda por un resultado incierto.
En la mayoría de los países se sigue un procedimiento administrativo, como en Estados Unidos, según el cual un organismo oficial frente a una demanda de un productor nacional, lo primero que hace es ordenar el cese de las importaciones del productor extranjero acusado hasta que éste pruebe su inocencia. Pero de ningún modo se arriesga a quebrar a sus productores mientras demora el proceso.
En fin lo correcto es cambiar la ley que judicializa la competencia de las demandas de "dumping" y subsidios; y se adscriba a un organismo técnico administrativo. Y mientras eso tiene lugar, la protección debe brindarse vía aranceles, no mediante la negativa de permisos sanitarios ni medidas similares.