Pr?ctica indeseable
Entendemos que as? como un ciudadano debe portar permanentemente consigo su c?dula de identidad personal, tambi?n todo conductor de veh?culo de transporte terrestre debe llevar consigo su licencia de manejar, la cual constituye prueba de que se le extendi? la misma tras haber pasado un examen, tanto en el manejo como sobre la ley que lo regula.
Entendemos que a quien no puede mostrarla cuando alguna autoridad se la solicita, se le impida seguir manejando, se llame a una compa??a que ofrece servicio de gr?a y a su costo, que es de setenta balboas, y saquen al auto de circulaci?n. El conductor no pudo probar haber pasado los ex?menes de rigor para que, por apto, se le extendiera licencia para manejar. Lo que no podemos entender es que se proceda en la misma forma contra quienes son sorprendidos con licencia vencida. El vencimiento de la licencia no constituye p?rdida de la idoneidad para manejar. En consecuencia, no es justo impedirle continuar el manejo, si bien merece una multa por no cumplir con el requerimiento de renovarla a tiempo ni precipitarse a solicitar gr?a alguna que lo remueva al costo de setenta balboas. Esa pr?ctica es indeseable y hasta tiene mal olor.