"Presidenciables" del PRD
El "desencuentro" -a juicio de la Honorable Magistrada Presidenta de la Corte Suprema de Justicia- entre el Poder Ejecutivo y el Órgano Judicial, producto de la modificación de la Ley Orgánica de la PTJ, específicamente, la subrogación del artículo 20 de la Ley 16 de 9 de julio de 1991, y de la decisión política del mandatario de la República de crear la Sala V de la Corte, es en verdad reflejo de la lucha interna por el control del CEN y del poder del partido mayoritario de la alianza de Patria Nueva.
Para muy pocos panameños, es un secreto que los tres "presidenciables" del PRD -dos de ellos primos hermanos, como en los viejos tiempos de la "patria boba" y del gamonalismo liberal- son connotados miembros del Club Unión. Y paradójicamente, los tres aspirantes al solio presidencial están muy bien representados en el club denominado "colectivo Bayano", y digo paradójico, porque sus líderes dicen encarnar un sector de la izquierda dentro del partido fundado por Omar.
El detonante del "desencuentro" institucional de los poderes del Estado se origina a raíz de la designación del magistrado del Tribunal Electoral, por parte de la Corte Suprema de Justicia. Pero no se trata de diferencias institucionales, como algunos piensan, que se expresan en el marco del Estado; en el fondo son producto de una feroz lucha por el poder que se desencadena en el seno del PRD. Razón más que suficiente para alarmar a la sociedad civil, porque es políticamente peligroso que esta batalla partidista haya trascendido y se haya trasladado al escenario institucional del Estado.
¿Cuál es el problema?, se preguntarán los amables lectores. El hecho es que un legítimo debate político partidista ha cambiado su teatro natural. Pues, como bien lo define la norma constitucional, "los partidos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumentos fundamentales para la participación política".
De manera que es de lo más normal que dentro de los partidos políticos se diluciden intereses personales o de grupos, incluyendo, por supuesto, la lucha por alcanzar la nominación del partido a la máxima magistratura de la nación.
Lamentablemente, un debate político exclusivo e inherente al Partido Revolucionario Democrático (PRD) ha sido trasladado a las instituciones fundamentales del Estado. Sencillamente, porque en dicho colectivo la cúpula ha suprimido el método torrijista del debate y la consulta. Irresponsable actuación política que pone en riesgo la institucionalidad democrática, el Estado de Derecho y la gobernabilidad política.
En consecuencia, para los torrijistas en particular, la torpe maniobra politiquera desarrollada por el Secretario General del PRD en contra de su adversario interno -¿el toro?-, nos debe llevar a la más profunda reflexión porque esta actitud hace peligrar la acumulación política-electoral para el año 2009.
En este sentido exhortamos a todas las fuerzas, los grupos y las personalidades comprometidas con el torrijismo a repensar la futura candidatura presidencial.
Personalmente imagino a una abanderada del PRD a la presidencia de la República, hija genuina del pueblo, militante torrijista de tuerca y tornillo, y única candidata que de forma efectiva podría cerrarle el paso al peor de los presidenciables -el burgomaestre- de la oligarquía neoliberal.
¡Así de sencilla es la cosa!
(*) Coordinador Nacional del Frente Democrático Torrijista (FDT).
[1] OEA. Carta Democrática Interamericana. Aprobada en la primera sesión plenaria del Vigésimo Octavo Período de Sesiones de la Organización de Estados Americanos, celebrada en Lima, Perú el 11 de septiembre de 2001.
[2] ONU. Principios Básicos para la Independencia de la Judicatura. Adoptados por el VII Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Milán del 26 de agosto al 6 de septiembre de 1985, y confirmados por la Asamblea General en sus resoluciones 40/32 de 29 de noviembre de 1985 y 40/146 de 13 de diciembre de 1985.
[3] Quintero César, "El principio de la separación de los poderes y su valor actual en Iberoamérica" (ensayo). En: Fábrega Jorge, "Ensayos sobre historia constitucional de Panamá", Editorial Jurídica Panameña, 1986, p. 660
Para muy pocos panameños, es un secreto que los tres "presidenciables" del PRD -dos de ellos primos hermanos, como en los viejos tiempos de la "patria boba" y del gamonalismo liberal- son connotados miembros del Club Unión. Y paradójicamente, los tres aspirantes al solio presidencial están muy bien representados en el club denominado "colectivo Bayano", y digo paradójico, porque sus líderes dicen encarnar un sector de la izquierda dentro del partido fundado por Omar.
El detonante del "desencuentro" institucional de los poderes del Estado se origina a raíz de la designación del magistrado del Tribunal Electoral, por parte de la Corte Suprema de Justicia. Pero no se trata de diferencias institucionales, como algunos piensan, que se expresan en el marco del Estado; en el fondo son producto de una feroz lucha por el poder que se desencadena en el seno del PRD. Razón más que suficiente para alarmar a la sociedad civil, porque es políticamente peligroso que esta batalla partidista haya trascendido y se haya trasladado al escenario institucional del Estado.
¿Cuál es el problema?, se preguntarán los amables lectores. El hecho es que un legítimo debate político partidista ha cambiado su teatro natural. Pues, como bien lo define la norma constitucional, "los partidos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumentos fundamentales para la participación política".
De manera que es de lo más normal que dentro de los partidos políticos se diluciden intereses personales o de grupos, incluyendo, por supuesto, la lucha por alcanzar la nominación del partido a la máxima magistratura de la nación.
Lamentablemente, un debate político exclusivo e inherente al Partido Revolucionario Democrático (PRD) ha sido trasladado a las instituciones fundamentales del Estado. Sencillamente, porque en dicho colectivo la cúpula ha suprimido el método torrijista del debate y la consulta. Irresponsable actuación política que pone en riesgo la institucionalidad democrática, el Estado de Derecho y la gobernabilidad política.
En consecuencia, para los torrijistas en particular, la torpe maniobra politiquera desarrollada por el Secretario General del PRD en contra de su adversario interno -¿el toro?-, nos debe llevar a la más profunda reflexión porque esta actitud hace peligrar la acumulación política-electoral para el año 2009.
En este sentido exhortamos a todas las fuerzas, los grupos y las personalidades comprometidas con el torrijismo a repensar la futura candidatura presidencial.
Personalmente imagino a una abanderada del PRD a la presidencia de la República, hija genuina del pueblo, militante torrijista de tuerca y tornillo, y única candidata que de forma efectiva podría cerrarle el paso al peor de los presidenciables -el burgomaestre- de la oligarquía neoliberal.
¡Así de sencilla es la cosa!
(*) Coordinador Nacional del Frente Democrático Torrijista (FDT).
[1] OEA. Carta Democrática Interamericana. Aprobada en la primera sesión plenaria del Vigésimo Octavo Período de Sesiones de la Organización de Estados Americanos, celebrada en Lima, Perú el 11 de septiembre de 2001.
[2] ONU. Principios Básicos para la Independencia de la Judicatura. Adoptados por el VII Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Milán del 26 de agosto al 6 de septiembre de 1985, y confirmados por la Asamblea General en sus resoluciones 40/32 de 29 de noviembre de 1985 y 40/146 de 13 de diciembre de 1985.
[3] Quintero César, "El principio de la separación de los poderes y su valor actual en Iberoamérica" (ensayo). En: Fábrega Jorge, "Ensayos sobre historia constitucional de Panamá", Editorial Jurídica Panameña, 1986, p. 660