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Procesos penales sin razón ni ley


El 22 de mayo de 2008 entró a regir en nuestro país el Nuevo Código Penal, fruto del trabajo de la Comisión Codificadora y de los aportes que se introdujeron a pedido de organizaciones de la sociedad civil, junto con las modificaciones introducidas durante los debates legislativos.

Desde entonces, y a pesar que el segundo párrafo del artículo 192 establece, en referencia con los delitos contra el honor -calumnia e injuria- que "cuando los supuestos ofendidos sean uno de los servidores públicos de que trata el Art. 304 de la Constitución Política, funcionarios de elección popular o gobernadores, no se impondrá la sanción penal, lo cual no excluye la responsabilidad civil derivada del hecho".

Es una máxima del Derecho Penal que "no hay delito sin pena" y " no hay pena sin delito". Sin embargo, algunos de nuestros fiscales parecen no haberse enterado de esta y otras modificaciones hechas al Código Penal y siguen iniciando procesos por conductas que fueron despenalizadas.

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