Propuesta constitucional para una conversación nacional
HACE QUINCE años, pocas semanas después de la invasión, propuse unas reflexiones, en borrador, que intentaban contribuir como propuesta a la búsqueda de soluciones a los múltiples problemas que agravaban a Panamá. Las mismas versaban sobre la Constitución y esperábamos que fuesen de utilidad para una Conversación Nacional y que, en el camino, se viesen mejoradas en aras de una Patria mejor. Pero, la partidocracia y la gula por el poder de los más encopetados exponentes de los factores reales de poder prefirieron ignorarla y, en eso, han sido consecuentes hasta la fecha: no permitir que el pueblo haga nada por sí mismo y poder así, mantener la participación ciudadana absolutamente secuestrada y chantajeada.
Planteaba entonces lo que vuelvo a replantear adaptado a nuestros días:
"1. De lo primero que se trata a mi entender, es que después de 21 años de régimen autocrático-militar (y 15 años de farsa democrática), nuestras acciones, todas y de todos, deben estar encaminadas al establecimiento de un verdadero Estado Constitucional cuanto antes. La clave fundamental, para ello, es la vocación y el sentimiento democratizador y constitucionalista que debe guiar a todos los que gobiernan y son gobernados, por muy diferentes que sean los criterios sobre cómo hacer tal o cual cosa.
a) Vocación democratizadora significa, ante todo, no dejar de utilizar ningún recurso que nos permita encaminarnos hacia la construcción de una democracia, lo cual requiere en primer lugar que se erradique del ambiente los peligros fundamentales que le impedirían germinar: el imperio de cualquier resabio, así sea nominal, de lo militar y
o un patrón legal que sirve de camisa de fuerza.
b) Vocación Constitucionalista: No es más que el convencimiento pleno de que debemos ser gobernados por leyes y no por hombres, porque las leyes son menos apasionadas que los hombres (como lo planteaba Aristóteles). En nuestro contexto, es ilusorio pensar que podemos echar a andar un sistema democrático con una Constitución hecha durante, por y para un sistema autocrático-militar, por muy reformada que haya sido.. o que pueda ser. Esa Constitución que tenemos (la del 72, reformada en el 78 y en el 83 y, ¡ahora, además, en el 94 y 2004!) está viciada de origen. Hay que cambiarla.. ¡cuanto antes!
2. No voy a entrar a enumerar o detallar el sinnúmero de argumentos a favor de una Constituyente. Sólo quiero recalcar que el problema hoy no creo que se deba centrar en discutir si debemos o no seguir con la Constitución del 72, sino sobre la manera más expedita de deshacernos de ella, pues es el verdadero obstáculo para la democratización que el país requiere.
3. Propuesta de Procedimiento:
a.1) El ejecutivo, en función de tal (y en base al artículo 314 de la Constitución), integra en marzo de 2006 una Comisión de Estudios Constitucionales, conformada por cinco personas. Dicha Comisión se encargará de hacer los planteamientos pertinentes para una nueva Constitución, consultando a todos los sectores económicos, políticos y sociales. La Comisión deberá estar integrada por un número determinado de constitucionalistas, pues su tarea es de "estudiar" un proyecto, que no necesariamente será la Constitución, pues eso lo decidirá la Constituyente elegida libremente por el pueblo para tal efecto. De lo que se trata es que la Constituyente (como en 1946) llegue con algún documento de referencia.
a. 2) Dicha Comisión deberá entregar el resultado de sus estudios y su proyecto o borrador de Constitución, a más tardar en mayo de 2006. Para esa fecha, el Ejecutivo convocará a una elección por sufragio universal, directo, de una Asamblea Constituyente para la discusión y proposición de una Nueva Constitución. Dicha elección sería en enero de 2007 para que la gente tenga tiempo de leer, discutir, estudiar, las propuestas.
a) Ningún miembro de la Comisión podrá ser candidato a la Constituyente, pues la Comisión como tal deberá quedar al servicio de la Asamblea Constituyente.
b) Los Constituyentes (no más de 45 ) serán electos a nivel provincial y nacional como en 1945.
c) Como es una Asamblea Constituyente, podrán postularse todos los que obtengan un mínimo de mil firmas (a nivel provincial) y de 10 mil a nivel nacional. Esto es para que sea participativo y no exclusivo de partidos políticos.
d) La Asamblea Constituyente se instala el 1 de marzo de 2007 y finaliza labores el 1 de junio de 2007.
Se llamaría entonces a elecciones municipales y de alcaldes en febrero de 2008, de Asamblea Nacional de Diputados en mayo de 2008 y de Presidente en mayo de 2009, para que tome posesión el 1 de julio de 2009. (Todo esto es relativo y depende del compromiso que adquieran las fuerzas políticas).
e) Se puede lograr que exista el compromiso de que la Constituyente ratificará al actual Ejecutivo hasta julio del 2009, para evitar malas interpretaciones.
4) ¿Qué pasa con el Poder Legislativo desde ahora hasta que se acabe la Constituyente?
a) Una vez instalada la Constituyente, la Asamblea Nacional entrará en receso y reasumirá sus funciones el 1 de junio bajo la nueva Constitución aprobada por la Constituyente hasta el 1 de julio de 2008 que entraría en funciones la nueva Asamblea electa.
Borrador de Calendario hacia la Constitucionalidad: Marzo 2006: Nombramiento de la Comisión de Estudios Constitucionales (CEC).
Marzo 2006-Mayo 2006: Período de trabajo de la CEC
Junio 2006: Entrega de propuesta por parte de la CEC
Junio 2006-Enero 2007: Discusión pública y nacional de la propuesta
Enero 2007: Elecciones de la Constituyente
Marzo 2007: Se instala la Constituyente
Junio 2007: Fin de labores de la Constituyente y disolución
Febrero 2008: Elecciones municipales y de alcaldes
Mayo de 2008: Elecciones para la Asamblea de Diputados
Mayo 2009: Elecciones para Presidente
Junio 2009: Inicio nuevo período presidencial.
La necesidad de una reestructuración constitucional total del país no puede seguir evandiéndose. Ojalá que estas anotaciones sirvan de base a una discusión franca, abierta, seria y responsable entre ciudadanos. Que la Constitución del 72 no siga convertida en un lecho de Procusto.
Planteaba entonces lo que vuelvo a replantear adaptado a nuestros días:
"1. De lo primero que se trata a mi entender, es que después de 21 años de régimen autocrático-militar (y 15 años de farsa democrática), nuestras acciones, todas y de todos, deben estar encaminadas al establecimiento de un verdadero Estado Constitucional cuanto antes. La clave fundamental, para ello, es la vocación y el sentimiento democratizador y constitucionalista que debe guiar a todos los que gobiernan y son gobernados, por muy diferentes que sean los criterios sobre cómo hacer tal o cual cosa.
a) Vocación democratizadora significa, ante todo, no dejar de utilizar ningún recurso que nos permita encaminarnos hacia la construcción de una democracia, lo cual requiere en primer lugar que se erradique del ambiente los peligros fundamentales que le impedirían germinar: el imperio de cualquier resabio, así sea nominal, de lo militar y
o un patrón legal que sirve de camisa de fuerza.
b) Vocación Constitucionalista: No es más que el convencimiento pleno de que debemos ser gobernados por leyes y no por hombres, porque las leyes son menos apasionadas que los hombres (como lo planteaba Aristóteles). En nuestro contexto, es ilusorio pensar que podemos echar a andar un sistema democrático con una Constitución hecha durante, por y para un sistema autocrático-militar, por muy reformada que haya sido.. o que pueda ser. Esa Constitución que tenemos (la del 72, reformada en el 78 y en el 83 y, ¡ahora, además, en el 94 y 2004!) está viciada de origen. Hay que cambiarla.. ¡cuanto antes!
2. No voy a entrar a enumerar o detallar el sinnúmero de argumentos a favor de una Constituyente. Sólo quiero recalcar que el problema hoy no creo que se deba centrar en discutir si debemos o no seguir con la Constitución del 72, sino sobre la manera más expedita de deshacernos de ella, pues es el verdadero obstáculo para la democratización que el país requiere.
3. Propuesta de Procedimiento:
a.1) El ejecutivo, en función de tal (y en base al artículo 314 de la Constitución), integra en marzo de 2006 una Comisión de Estudios Constitucionales, conformada por cinco personas. Dicha Comisión se encargará de hacer los planteamientos pertinentes para una nueva Constitución, consultando a todos los sectores económicos, políticos y sociales. La Comisión deberá estar integrada por un número determinado de constitucionalistas, pues su tarea es de "estudiar" un proyecto, que no necesariamente será la Constitución, pues eso lo decidirá la Constituyente elegida libremente por el pueblo para tal efecto. De lo que se trata es que la Constituyente (como en 1946) llegue con algún documento de referencia.
a. 2) Dicha Comisión deberá entregar el resultado de sus estudios y su proyecto o borrador de Constitución, a más tardar en mayo de 2006. Para esa fecha, el Ejecutivo convocará a una elección por sufragio universal, directo, de una Asamblea Constituyente para la discusión y proposición de una Nueva Constitución. Dicha elección sería en enero de 2007 para que la gente tenga tiempo de leer, discutir, estudiar, las propuestas.
a) Ningún miembro de la Comisión podrá ser candidato a la Constituyente, pues la Comisión como tal deberá quedar al servicio de la Asamblea Constituyente.
b) Los Constituyentes (no más de 45 ) serán electos a nivel provincial y nacional como en 1945.
c) Como es una Asamblea Constituyente, podrán postularse todos los que obtengan un mínimo de mil firmas (a nivel provincial) y de 10 mil a nivel nacional. Esto es para que sea participativo y no exclusivo de partidos políticos.
d) La Asamblea Constituyente se instala el 1 de marzo de 2007 y finaliza labores el 1 de junio de 2007.
Se llamaría entonces a elecciones municipales y de alcaldes en febrero de 2008, de Asamblea Nacional de Diputados en mayo de 2008 y de Presidente en mayo de 2009, para que tome posesión el 1 de julio de 2009. (Todo esto es relativo y depende del compromiso que adquieran las fuerzas políticas).
e) Se puede lograr que exista el compromiso de que la Constituyente ratificará al actual Ejecutivo hasta julio del 2009, para evitar malas interpretaciones.
4) ¿Qué pasa con el Poder Legislativo desde ahora hasta que se acabe la Constituyente?
a) Una vez instalada la Constituyente, la Asamblea Nacional entrará en receso y reasumirá sus funciones el 1 de junio bajo la nueva Constitución aprobada por la Constituyente hasta el 1 de julio de 2008 que entraría en funciones la nueva Asamblea electa.
Borrador de Calendario hacia la Constitucionalidad: Marzo 2006: Nombramiento de la Comisión de Estudios Constitucionales (CEC).
Marzo 2006-Mayo 2006: Período de trabajo de la CEC
Junio 2006: Entrega de propuesta por parte de la CEC
Junio 2006-Enero 2007: Discusión pública y nacional de la propuesta
Enero 2007: Elecciones de la Constituyente
Marzo 2007: Se instala la Constituyente
Junio 2007: Fin de labores de la Constituyente y disolución
Febrero 2008: Elecciones municipales y de alcaldes
Mayo de 2008: Elecciones para la Asamblea de Diputados
Mayo 2009: Elecciones para Presidente
Junio 2009: Inicio nuevo período presidencial.
La necesidad de una reestructuración constitucional total del país no puede seguir evandiéndose. Ojalá que estas anotaciones sirvan de base a una discusión franca, abierta, seria y responsable entre ciudadanos. Que la Constitución del 72 no siga convertida en un lecho de Procusto.