Reformas constitucionales
El anteproyecto de reformas presentado por la bancada del PRD, convertido ahora en proyecto de Acto Legislativo a partir de su presentación al pleno de la Asamblea por la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales, indica, salvo sucesos imprevistos, que será aprobado en sesiones extraordinarias.
En virtud de los inevitables acuerdos políticos que, de seguro, permitieron la propuesta de reformas y que de persistir garantizarán su aprobación, implica que las posibilidades de la Asamblea para cambiar las reformas tendrían estas limitaciones y/o condiciones: 1) Los legisladores no podrán reformular de fondo el proyecto en términos tales que le haga variar sustancialmente su rumbo y sentido; 2) los legisladores podrán introducir modificaciones de forma si tienden a afinar el objetivo que se persigue con las mismas; y 3) los legisladores podrán sugerir cambios de fondo, pero en ese caso la decisión final sobre los mismos tendría que someterse al consenso de "acuerdos políticos" que, como dijimos, posibilitaron la entrada de las reformas.
Habiéndose dado el PRD la oportunidad de promover la iniciativa por ser administración entrante, al gobierno se le reservó el llamado a la participación ciudadana y a la vocería en materia de modificaciones como últimos gestos antes de abandonar el poder. Como era de esperar, las reformas han desatado toda suerte de comentarios y análisis. En el Panamá de hace buen rato el tema constitucional no es prioritario en ninguna encuesta de resonancia nacional. Y aunque no resulta inútil el esfuerzo para adecuar las normas a las realidades emergentes, es más que seguro que a partir del 1º. de septiembre al presidente Torrijos más que reclamarle sobre el texto único de la Constitución, el pueblo sí le reclamará soluciones concretas y contables sobre el desempleo, la inseguridad globalizada y el alto costo de la vida que ya pasó (o está pasando) de preocupante a peligroso.
Estando en una transición innecesariamente larga, es posible que la Constitución gane algún grado de interés primordial por aquello de que no se le puede exigir a unos para que hagan en meses lo que no hicieron en años, ni a los otros porque aún no les ha sonado la campana para que empiecen a cumplir todo lo prometido.
La propuesta del PRD incluyó 39 artículos y 2 artículos nuevos referentes a la Defensoría del Pueblo. El proyecto de Acto Legislativo, en cambio, contiene 54 artículos de cuyo total se cuentan 12 artículos no contenidos en la propuesta del PRD más la derogatoria del Art. 11 de la Constitución actual. El tema relativo a Defensoría del Pueblo quedaría como el nuevo Capítulo 9 al Título III con los artículos 124-A y 124-B, y el Tribunal de Cuentas como el nuevo Capítulo 4 al Título IX regulado en el propuesto artículo 276-A. Ambos documentos coinciden en la eliminación del Art. 239 sobre la elección del Tesorero Municipal.
Los artículos nuevos (no contemplados en la iniciativa del PRD) de la Comisión de Gobierno se refieren a modificaciones a los arts. 9, 10, 29, 32, 55, 56, 66, 143, 179 numeral 7; 267, 271 y 279, todos de la Constitución. Convendría analizar las reformas agrupándolas por materia para proyectar una visión de conjunto y evitar, de paso, el empantamiento el que se podría caer si la discusión, por ejemplo, se centrara en las bondades o defectos de artículo por artículo. Un primer grupo serían las reformas relacionadas con las garantías y derechos individuales. Otro, sobre los órganos del Estado; y un tercero se ocuparía de la Asamblea Constituyente. La descentralización se trataría como tema especial.
El que la discusión sobre la Constitución sea por naturaleza política, no puede llevarnos al encasillamiento partidario en términos de quién o quiénes obtendrían más o menos dividendos. La política debe traducirse en aquello que más le convenga al país. Las reformas, además, por ser parciales, merecerán el apoyo o la desaprobación en función de si responden o no al proyecto de República en el que todos quisiéramos vivir a partir del día siguiente. Y lo que no se pueda aprobar en lo inmediato que se reserve para la Constituyente.
Nada de lo que se diga o se haga para preservar la altura del debate evitará que se escapen los tradicionales personajes desfocados, enanos, miopes, parroquiales o victimizados por su propio "yo". Sólo cabe esperar que éstos sean pocos o que, en cualquier caso, ya tengan poca capacidad de contagio.
En virtud de los inevitables acuerdos políticos que, de seguro, permitieron la propuesta de reformas y que de persistir garantizarán su aprobación, implica que las posibilidades de la Asamblea para cambiar las reformas tendrían estas limitaciones y/o condiciones: 1) Los legisladores no podrán reformular de fondo el proyecto en términos tales que le haga variar sustancialmente su rumbo y sentido; 2) los legisladores podrán introducir modificaciones de forma si tienden a afinar el objetivo que se persigue con las mismas; y 3) los legisladores podrán sugerir cambios de fondo, pero en ese caso la decisión final sobre los mismos tendría que someterse al consenso de "acuerdos políticos" que, como dijimos, posibilitaron la entrada de las reformas.
Habiéndose dado el PRD la oportunidad de promover la iniciativa por ser administración entrante, al gobierno se le reservó el llamado a la participación ciudadana y a la vocería en materia de modificaciones como últimos gestos antes de abandonar el poder. Como era de esperar, las reformas han desatado toda suerte de comentarios y análisis. En el Panamá de hace buen rato el tema constitucional no es prioritario en ninguna encuesta de resonancia nacional. Y aunque no resulta inútil el esfuerzo para adecuar las normas a las realidades emergentes, es más que seguro que a partir del 1º. de septiembre al presidente Torrijos más que reclamarle sobre el texto único de la Constitución, el pueblo sí le reclamará soluciones concretas y contables sobre el desempleo, la inseguridad globalizada y el alto costo de la vida que ya pasó (o está pasando) de preocupante a peligroso.
Estando en una transición innecesariamente larga, es posible que la Constitución gane algún grado de interés primordial por aquello de que no se le puede exigir a unos para que hagan en meses lo que no hicieron en años, ni a los otros porque aún no les ha sonado la campana para que empiecen a cumplir todo lo prometido.
La propuesta del PRD incluyó 39 artículos y 2 artículos nuevos referentes a la Defensoría del Pueblo. El proyecto de Acto Legislativo, en cambio, contiene 54 artículos de cuyo total se cuentan 12 artículos no contenidos en la propuesta del PRD más la derogatoria del Art. 11 de la Constitución actual. El tema relativo a Defensoría del Pueblo quedaría como el nuevo Capítulo 9 al Título III con los artículos 124-A y 124-B, y el Tribunal de Cuentas como el nuevo Capítulo 4 al Título IX regulado en el propuesto artículo 276-A. Ambos documentos coinciden en la eliminación del Art. 239 sobre la elección del Tesorero Municipal.
Los artículos nuevos (no contemplados en la iniciativa del PRD) de la Comisión de Gobierno se refieren a modificaciones a los arts. 9, 10, 29, 32, 55, 56, 66, 143, 179 numeral 7; 267, 271 y 279, todos de la Constitución. Convendría analizar las reformas agrupándolas por materia para proyectar una visión de conjunto y evitar, de paso, el empantamiento el que se podría caer si la discusión, por ejemplo, se centrara en las bondades o defectos de artículo por artículo. Un primer grupo serían las reformas relacionadas con las garantías y derechos individuales. Otro, sobre los órganos del Estado; y un tercero se ocuparía de la Asamblea Constituyente. La descentralización se trataría como tema especial.
El que la discusión sobre la Constitución sea por naturaleza política, no puede llevarnos al encasillamiento partidario en términos de quién o quiénes obtendrían más o menos dividendos. La política debe traducirse en aquello que más le convenga al país. Las reformas, además, por ser parciales, merecerán el apoyo o la desaprobación en función de si responden o no al proyecto de República en el que todos quisiéramos vivir a partir del día siguiente. Y lo que no se pueda aprobar en lo inmediato que se reserve para la Constituyente.
Nada de lo que se diga o se haga para preservar la altura del debate evitará que se escapen los tradicionales personajes desfocados, enanos, miopes, parroquiales o victimizados por su propio "yo". Sólo cabe esperar que éstos sean pocos o que, en cualquier caso, ya tengan poca capacidad de contagio.