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Reformas y el Tribunal Electoral


Nadando cómodamente sobre el prestigio bien ganado de haber organizado exitosamente tres elecciones generales y dos referéndum constitucionales, a más de varias elecciones parciales, el Tribunal Electoral ha pasado su cuenta en términos de mayor autonomía en el paquete de reformas constitucionales que se discute. Los cambios apuntan, en esencia, a fortalecerlo en independencia, al punto de colocarlo a la altura de otros órganos del Estado, enturbiando sin embargo ese propósito con normas innecesarias a nivel constitucional, relativas a su funcionamiento, más propias de regulación legal o reglamentaria.
Por alguna razón, aquí no hemos entendido que una Constitución no es un código regulatorio de detalles, sino un mero compendio de guías programáticas, derechos y deberes fundamentales. Como dijimos ayer, basta para ello decir: "el presidente no puede ser juzgado sino por delitos graves", para entender que corresponde a la Ley y la jurisprudencia definir su alcance. Una Constitución moderna debe ser breve y llana tanto en extensión como en su lenguaje. Pero eso no es la regla que prevalece en el paquete de reformas, pese a algunos méritos de su contenido.
El artículo 136 no se contenta con que el Tribunal Electoral sea autónomo, como hoy aparece, sino que además -añade con pompa- "independiente" en circunstancias en que esta palabra es eludida por el artículo 2 de la Carta Fundamental por la sencilla razón que los teóricos de la separación de los poderes, con Montesquieu a la cabeza, no querían republiquitas independientes dentro de un mismo Estado sino órganos de un mismo cuerpo político desempeñando cada cual su tarea en coordinada colaboración. En esa circunstancia, hablar de órgano o tribunal independiente, marcha a contrapelo de esa doctrina y puede crear problemas.
Por otra parte, el mismo artículo se complica en detalles sobre los suplentes de los magistrados, diciendo que "no podrán ser funcionarios del Tribunal Electoral", salvo en las "ausencias temporales" (en lugar "serán cubiertas", debiera decir "podrán ser cubiertas" por funcionarios del tribunal, para dar mayor flexibilidad a la fórmula). Y obviamente, no podemos evitar preguntarnos, ¿cuál es el criterio para excluir en un caso a gente del propio tribunal como suplentes de magistrado y no en otro? Recordamos, al respecto, que en el Organo Judicial se suele dar oportunidad a funcionarios menores de la corporación para ocupar temporalmente cargos titulares. Se supone que por su continua relación profesional a las tareas judiciales, tienen una ventaja de experiencia y conocimiento de la cual carecen los ajenos. Pero repetimos, se trata minucias propias de la Ley, no de la Constitución.
Garantizar a los magistrados iguales prerrogativas que los de la Corte Suprema y asegurar la doble instancia en procesos sancionatorios de faltas y delitos electorales, nos parece razonable ( Art. 137) al igual que el dejar sentado en definitiva que contra decisiones de ese tribunal "sólo cabe" (así debiera decir en vez del "podrá ser admitido", de la reforma) recurso de inconstitucionalidad, a más de que los amparos y advertencias deben ser ventilados ante éste y no ante la Corte.
Lo que nos merece especial cautela es el "control posterior" que se introduce al manejo de sus finanzas, por la tendencia a la exuberancia de gastos e inversiones que se ha dado en ese tribunal, el cual ahora -recordemos- no sólo será autónomo sino también "independiente".
Si bien tenemos la fortuna de contar con tres buenos magistrados electorales, no debemos olvidar el desastroso desempeño de sus predecesores de tiempos de la dictadura. Y esta Constitución no cuenta con ningún mecanismo para evitar que ello se repita. Así las cosas, no parece aconsejable desmantelar del todo los actuales pesos y contrapesos entre los distintos órganos del poder público, incluyéndolo.
Luego del triunfo que logró con creces en las elecciones, no necesita mano dura, sino voluntad política, honestidad y amor a su patria.
Mi opinión sobre estas reformas no es tan complaciente como para otros. Mejor no permitamos tentaciones que resulten costosas para todos. Basta notar la posición de los medios de comunicación con la única oposición que es el Partido Solidaridad, para entrever cuál será el futuro de Panamá y la suerte que correrán quienes osen oponerse.
"Rey muerto, rey puesto", reza el dicho. Ya vemos cómo se pliegan muchos que antes se le oponían. Algunos que nos e atrevían a salir de frente, ya no esconden su simpatía. Sólo pido trabajo para todos, respeto a los derechos de los panameños y de los que aquí viven; honestidad, ética, moral de verdad, no la que cada uno siente. Sólo pido que se recuerde que detrás de un gobierno está un pueblo vigilante de sus actuaciones y dispuesto a defender sus derechos.

101 años de Panamá América

 
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