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Residencia Electoral


La candidata presidencial del Partido Arnulfista, Mireya Moscos, criticó
hace algunos días la decisión del Tribunal Electoral de permitir
que los ciudadanos cambien libremente de residencia para fines electorales,
lo que a su juicio se presta para manipular de antemano algunos resultados,
refieriéndose obviamente a las elecciones de legisladores, alcaldes
y representantes, donde los votos de los residentes de determinadas circunscripciones territoriales es determinante.

A juzgar por el desarrollo y resultado de las primarias generales en
el principal partido de gobierno, el PRD, asiste razón a la líder
alnulfista, habida cuenta de denuncias de que grandes contingentes de votantes
fueron movilizados de un sitio a otro para reforzar el cuadal de determinados
candidatos.

Evidentemente Moscoso teme que se repita la experiencia a gran escala
en las elecciones de mayo próximo. La idea sería desplegar
votantes de circunscripciones no preferenciales hasta otras que lo sean
o, de otro modo, movilizar votantes desde áreas con ninguna posibilidad
de triunfo hacia otras que lo tengan.

La fórmula podría asimismo emplearse para derrotar a adversarios emblemáticos o de particular cuidado. Vencer, por ejemplo, a Balbina Herrera o a Pablo Quintero o a Mario Quiel, por ejemplo, puede ser doblemente
doloroso, en la medida que se deshacen de un candidato a legislador combativo
y se inflinge un revés psicológico al partido contrario por
el liderazgo especial que representa. Porque no es lo mismo que pierda un
incondicional o un mudo de parlamento, que una figura que ejerza real o
potencial condición de líder.

El problema, sin embargo, es tan antiguo como la invención de
las circunscripciones electorales y el remedio también. Desde entonces,
las leyes electorales procuran que los cambios de residencia tengan un lugar
en cualquier tiempo, salvo los próximos a los períodos de
campaña política. Hubo incluso una época en que se
exigía algún recibo de luz, agua o teléfono como prueba
de residencia. Pero tal resultó engorroso y requería de un
trabajo monumental. Como alternativa, se optó entonces por registrar
el cambio de residencia que fuera reportado bajo juramento, y dejar a los
interesados abierta la vía de impugnarlo.

Lo que en todo caso no parece prudente para la limpieza del próximo
torneo electoral es permitir tales cambios de residencia en la proximidad
de su realización y habiendo sido abierto oficialmente el período
de campaña. Igual consideración debe tomarse en cuenta en
los períodos de celebración de primarias. De ese modo, quienes
se muden deben, por coincidencia en uno de esos períodos, votar en
el luegar de su residencia anterior.



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