Riesgos de la constituyente
En el Plan de Gobierno de Unión por Panamá, la alianza que llevó al poder a Mireya Moscoso, se comprometió a designar una Comisión Redactora de Anteproyecto de Constitución para redactar una nueva Constitución. El texto resultante sería sometido a una amplia consulta, para luego decidir "el método reformatorio que más convenga a la Nación."
El hecho que la alianza de la señora Moscoso no logró una mayoría en la Asamblea Legislativa actual constituye uno de los elementos que debe ser considerado para decidir sobre la conveniencia de las diferentes alternativas reformatorias.
A juzgar por la propia experiencia histórica, al margen de las reservas legales expuestas por algunos sobre la viabilidad de una constituyente, resultaría riesgoso para cualquier gobierno, escoger la vía de una constituyente como fórmula para reformar la Constitución o dotarse de una nueva.
En Panamá se han convocado constituyentes sólo en 1903 y 1945. La Asamblea Nacional Constituyente de 1903 elaboró la primera Constitución de la República que entró en vigencia a partir de 1904 y rigió hasta 1941, para convertirse en la Carta Fundamental que mayor tiempo ha regido (37 años). Recordemos, sin embargo, que esa Constitución nos guió por los primeros años republicanos y fue redactada por notables ciudadanos que, en su momento, lograron obtener para el documento el consenso nacional.
En 1945, se convocó a otra Asamblea Nacional Constituyente que redactó y elaboró la Constitución de 1946, la cual rigió los destinos del país hasta el golpe militar de 1968. Los resultados fueron también muy positivos, pero no sin antes padecer de un parto traumático, ya que la Asamblea Nacional Constituyente llegó a asumir por sí misma la función soberana de legislar, desplazando de esa función al Organo Legislativo, e intentó luego destituir al Presidente.
Para que fuera representativa, la constituyente tendría que ser elegida por voto directo. Con Moscoso en la presidencia, seguramente podrá lograr una importante participación, pero no podría asegurarse su control mayoritario, habida cuenta del caudal político demostrado por su oposición.
El Estado, en sus tres órganos, está diseñado con pesos y contrapesos. Mas la constituyente en cambio, como fuente originaria de poder, no tendría contrapeso institucional, por lo cual, mal administrada o salida de cauces, podría ser un factor de mayor inestabilidad y peores riesgos que los que coyunturalmente se pretenda con ella superar.
El hecho que la alianza de la señora Moscoso no logró una mayoría en la Asamblea Legislativa actual constituye uno de los elementos que debe ser considerado para decidir sobre la conveniencia de las diferentes alternativas reformatorias.
A juzgar por la propia experiencia histórica, al margen de las reservas legales expuestas por algunos sobre la viabilidad de una constituyente, resultaría riesgoso para cualquier gobierno, escoger la vía de una constituyente como fórmula para reformar la Constitución o dotarse de una nueva.
En Panamá se han convocado constituyentes sólo en 1903 y 1945. La Asamblea Nacional Constituyente de 1903 elaboró la primera Constitución de la República que entró en vigencia a partir de 1904 y rigió hasta 1941, para convertirse en la Carta Fundamental que mayor tiempo ha regido (37 años). Recordemos, sin embargo, que esa Constitución nos guió por los primeros años republicanos y fue redactada por notables ciudadanos que, en su momento, lograron obtener para el documento el consenso nacional.
En 1945, se convocó a otra Asamblea Nacional Constituyente que redactó y elaboró la Constitución de 1946, la cual rigió los destinos del país hasta el golpe militar de 1968. Los resultados fueron también muy positivos, pero no sin antes padecer de un parto traumático, ya que la Asamblea Nacional Constituyente llegó a asumir por sí misma la función soberana de legislar, desplazando de esa función al Organo Legislativo, e intentó luego destituir al Presidente.
Para que fuera representativa, la constituyente tendría que ser elegida por voto directo. Con Moscoso en la presidencia, seguramente podrá lograr una importante participación, pero no podría asegurarse su control mayoritario, habida cuenta del caudal político demostrado por su oposición.
El Estado, en sus tres órganos, está diseñado con pesos y contrapesos. Mas la constituyente en cambio, como fuente originaria de poder, no tendría contrapeso institucional, por lo cual, mal administrada o salida de cauces, podría ser un factor de mayor inestabilidad y peores riesgos que los que coyunturalmente se pretenda con ella superar.