"Seguro... socialismo"
A nosotros nos enseñaron que el Seguro Social responde a principios y prácticas técnicas que hacen relación directa a los ingresos que recibe para proyectar y ejecutar las prestaciones que pueda dar. Esto en idioma sencillo significa que no se puede dar alegremente lo que no se recibe, hacerlo significa desfinanciar el sistema y con esto provocar el déficit y la incapacidad para cubrir las prestaciones que se han calculado otorgar.
La integración de la seguridad social con el sistema de salud del gobierno es como el agua y el aceite. No se emulsiona. Es imposible que la seguridad social financie prestaciones que no están actuarializadas, que no se hayan incluido en los cálculos actuariales, con las que invente u otorgue el gobierno nacional.
Esto no implica que ambos sistemas no pueden cooperar entre sí. Como por ejemplo, para facilitar atenciones a la salud de los panameños puedan haber acuerdos entre ambos sistemas y es primordial que se compensen servicios y gastos.
En Inglaterra, cuna de la seguridad social hay 2 sistemas: el contributorio (Seguro Social) y el no contributorio (National Health Service-Estado) ambos responden a servicios separados financieramente. El uno responde a las cuotas, el otro al Estado.
Otra cosa, las inversiones del Seguro Social deben darse siempre sobre parámetros seguros. Por eso desde su principio había cláusulas muy severas que impedían la inversión en operaciones riesgosas y siempre exigiéndose que estos préstamos estuviesen garantizados con soportes de primer orden.
Pero a lo que vamos es de que el Seguro Social no puede dar más, en ningún momento, de lo que le permite el sistema actuarial vigente. No podemos inventar de que se puedan cubrir prestaciones que no están debidamente puntualizadas en el sistema. No podemos alegremente salirnos de las exigencias legales y reglamentarias que atañen al Seguro Social para permitir que, aún cuando se tengan las cuotas suficientes para jubilarse, a una persona se le puedan anticipar los servicios un año antes de cumplir la edad para pensionarse. La edad en la ley es uno de los requisitos que deben cumplirse. Ni pueden tampoco otorgarse 24 meses de estos servicios después de haber quedado cesante de un empleo. Es a todas luces loable en su intención el responder a estos problemas sociales en esta forma. Pero entonces hay que cargarle al Gobierno el costo de estos servicios en favor del Seguro Social so pena de contribuir al desfinanciamiento del sistema de Seguro Social.
Si lo que se quiere, y voy a decir una barbaridad, es quebrar la institución para que el Estado asuma dar a todos los panameños pensiones igualitarias entonces eliminemos el Seguro Social y nos vamos a las plantillas socializantes.
La integración de la seguridad social con el sistema de salud del gobierno es como el agua y el aceite. No se emulsiona. Es imposible que la seguridad social financie prestaciones que no están actuarializadas, que no se hayan incluido en los cálculos actuariales, con las que invente u otorgue el gobierno nacional.
Esto no implica que ambos sistemas no pueden cooperar entre sí. Como por ejemplo, para facilitar atenciones a la salud de los panameños puedan haber acuerdos entre ambos sistemas y es primordial que se compensen servicios y gastos.
En Inglaterra, cuna de la seguridad social hay 2 sistemas: el contributorio (Seguro Social) y el no contributorio (National Health Service-Estado) ambos responden a servicios separados financieramente. El uno responde a las cuotas, el otro al Estado.
Otra cosa, las inversiones del Seguro Social deben darse siempre sobre parámetros seguros. Por eso desde su principio había cláusulas muy severas que impedían la inversión en operaciones riesgosas y siempre exigiéndose que estos préstamos estuviesen garantizados con soportes de primer orden.
Pero a lo que vamos es de que el Seguro Social no puede dar más, en ningún momento, de lo que le permite el sistema actuarial vigente. No podemos inventar de que se puedan cubrir prestaciones que no están debidamente puntualizadas en el sistema. No podemos alegremente salirnos de las exigencias legales y reglamentarias que atañen al Seguro Social para permitir que, aún cuando se tengan las cuotas suficientes para jubilarse, a una persona se le puedan anticipar los servicios un año antes de cumplir la edad para pensionarse. La edad en la ley es uno de los requisitos que deben cumplirse. Ni pueden tampoco otorgarse 24 meses de estos servicios después de haber quedado cesante de un empleo. Es a todas luces loable en su intención el responder a estos problemas sociales en esta forma. Pero entonces hay que cargarle al Gobierno el costo de estos servicios en favor del Seguro Social so pena de contribuir al desfinanciamiento del sistema de Seguro Social.
Si lo que se quiere, y voy a decir una barbaridad, es quebrar la institución para que el Estado asuma dar a todos los panameños pensiones igualitarias entonces eliminemos el Seguro Social y nos vamos a las plantillas socializantes.