Sobre indultos e indultados
En su discurso inaugural el primero de septiembre de 1994, Ernesto Pérez Balladares anunció que se proponía "dictar un indulto que enmiende injusticias en situaciones especiales por su notorio origen político o porque el tiempo de la detención ha superado la pena que le corresponde al detenido o por circunstancias que resulten claramente incompatibles con los esfuerzos de reconciliación y de concertación. Espero que este acto de buena voluntad tenga la virtud de curar algunas de las más lacerantes heridas espirituales, que alguna vez se abrieron en el corazón de la familia panameña". No dictó uno sino cientos de indultos, favoreciendo a aliados y, en muy contadas ocasiones, a adversarios, pero en uno y otro caso, muy pocas veces atendió su promesa de limitarlos a causas notoriamente políticas.
El numeral 12 del artículo 179 de la Constitución Nacional atribuye al Presidente de la República, con la participación del Ministro de Gobierno y Justicia, la autoridad para "decretar indultos por delitos políticos, rebajar penas y conceder la libertad condicional a los reos de delitos comunes". En consecuencia, se trató de un abuso del instrumento jurídico.
Durante los últimos meses de su gestión, Guillermo Endara Galimany indultó a 463 personas procesadas por atentar contra el régimen militar, incluyendo a Eric Arturo del Valle, Mayín Correa, Tomás Gabriel Altamirano Duque, Escolástico Calvo y Guillermo Kivers, todos por delitos políticos. También concedió rebaja de pena a unos 90 presos por delitos comunes.
El primer indulto de Pérez Balladares tomó 23 días para su aprobación y favoreció a más de doscientas personas, la gran mayoría allegados al régimen militar y prominentes miembros del Partido Revolucionario Democrático, por crímenes cometidos durante la dictadura. Invocó entonces como fundamento la necesidad de concordia nacional y la fe cristiana. Un año después indultó a casi 140 personas adicionales en iguales términos.
Aunque siguió concediendo esta gracia presidencial durante el resto de su gestión, en muchas ocasiones por delitos comunes, el 25 de agosto pasado volvió a hacerlo, esa vez causando una consternación nacional, cuando favoreció al gobernador de la Provincia de Panamá, Eduardo Herrera Cedeño, quien fue llamado a juicio por los supuestos delitos de abuso de autoridad y extralimitación de funciones en relación con el ingreso no autorizado de las fuerzas antimotines de la Policía Nacional al campus de la Universidad Nacional.
Anteayer, volvió por sus fueros indultando a otros 35 ciudadanos, algunos condenados por homicidio, otros por atentar contra los bienes estatales, un par de torturadores, dos más por ejercer ilegalmente la medicina, etc. De todo, menos lo que indica la Constitución.
Después del desastre expuesto, una de las muchas tareas de la señora Mireya Moscoso deberá ser rescatar el real sentido de la amnistía y del indulto, sabias instituciones para reconciliar y restañar heridas causadas en controversias políticas, deplorablemente abusadas y desnaturalizadas durante el gobierno de Ernesto Pérez Balladares.
El numeral 12 del artículo 179 de la Constitución Nacional atribuye al Presidente de la República, con la participación del Ministro de Gobierno y Justicia, la autoridad para "decretar indultos por delitos políticos, rebajar penas y conceder la libertad condicional a los reos de delitos comunes". En consecuencia, se trató de un abuso del instrumento jurídico.
Durante los últimos meses de su gestión, Guillermo Endara Galimany indultó a 463 personas procesadas por atentar contra el régimen militar, incluyendo a Eric Arturo del Valle, Mayín Correa, Tomás Gabriel Altamirano Duque, Escolástico Calvo y Guillermo Kivers, todos por delitos políticos. También concedió rebaja de pena a unos 90 presos por delitos comunes.
El primer indulto de Pérez Balladares tomó 23 días para su aprobación y favoreció a más de doscientas personas, la gran mayoría allegados al régimen militar y prominentes miembros del Partido Revolucionario Democrático, por crímenes cometidos durante la dictadura. Invocó entonces como fundamento la necesidad de concordia nacional y la fe cristiana. Un año después indultó a casi 140 personas adicionales en iguales términos.
Aunque siguió concediendo esta gracia presidencial durante el resto de su gestión, en muchas ocasiones por delitos comunes, el 25 de agosto pasado volvió a hacerlo, esa vez causando una consternación nacional, cuando favoreció al gobernador de la Provincia de Panamá, Eduardo Herrera Cedeño, quien fue llamado a juicio por los supuestos delitos de abuso de autoridad y extralimitación de funciones en relación con el ingreso no autorizado de las fuerzas antimotines de la Policía Nacional al campus de la Universidad Nacional.
Anteayer, volvió por sus fueros indultando a otros 35 ciudadanos, algunos condenados por homicidio, otros por atentar contra los bienes estatales, un par de torturadores, dos más por ejercer ilegalmente la medicina, etc. De todo, menos lo que indica la Constitución.
Después del desastre expuesto, una de las muchas tareas de la señora Mireya Moscoso deberá ser rescatar el real sentido de la amnistía y del indulto, sabias instituciones para reconciliar y restañar heridas causadas en controversias políticas, deplorablemente abusadas y desnaturalizadas durante el gobierno de Ernesto Pérez Balladares.