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Sobre la libertad de expresión


La acción de embargo y secuestro que se solicita buscando que el resultado de un litigio judicial no sea ilusorio, parece ser, "prima facie", lo más ordinario y corriente del mundo. Sin embargo, cuando de medios de comunicación se trata, el tratamiento no puede ser igual que el dado a cualquier empresa, ya que podrían ponerse en peligro las libertades de expresión e información, bienes superiores cuya titularidad corresponde a la sociedad democrática.

Según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la protección a la libertad de expresión debe extenderse no sólo a la información o a las ideas favorables, sino también a aquellas que "ofenden, resultan chocantes o perturban", porque "tales son las exigencias del pluralismo, la tolerancia y la apertura mental sin las cuales no existe una sociedad democrática".

En democracia, la divulgación de información, cuyo deber de custodia corresponde a agentes del Estado y no a periodistas ni a medios de comunicación, puede, en efecto, llegar a incomodar a quienes se sientan afectados. En ningún caso, ese sólo hecho justifica la adopción de una medida desproporcionada contra la libertad de expresión.

101 años de Panamá América

 
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