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Transparencia y la ACP


NUESTRA ERA ha perdido la certeza del progreso histórico, aquella que nos hizo creer que la historia era una sucesión de etapas irresistible, irreversible, inmarcesible, a través de la cual la civilización aumentaba sus conocimientos y mejoraba su bienestar.
Cualquier persona bien informada hoy sabe que las conquistas se pueden perder, que el deterioro de las condiciones civilizadas de existencia es una realidad en algunas partes y una posibilidad real en muchas más, y que el atraso puede imperar de modo indefinido. Dicho de otro modo, la historia puede caminar para adelante, o para atrás. Sólo de la acción concertada de los hombres y las mujeres depende el sentido del camino, porque el calendario ya no ofrece garantías.
¿Cómo marcar el camino hacia adelante? Ya no creemos que existan caudillos salvadores de esta tierra, ni partidos ni organizaciones políticas dirigidos por iluminados y gente de bien. Las organizaciones políticas que deben guiar a la sociedad no son distintas de ella, pues como un espejo reflejan las limitaciones y desorientaciones que descubre un examen realista de nuestra contemporaneidad. Ya no podemos confiar en las autoridades cerrando los ojos. La única confianza pública que se puede merecer es la que proviene de las credenciales que otorgan la transparencia y la rendición de cuentas, núcleo mínimo a partir del cual podemos intentar la reconstrucción de la polis panameña en el siglo XXI.
La transparencia y la rendición de cuentas se las arrancó la sociedad al Estado. Así se expidió la Ley 6 de 2002, cuyo impacto en la vida pública todavía no hemos valorado adecuadamente.
Marx decía que las mercancías no iban solas al mercado. Las ideas tampoco incursionan por sí mismas, pues necesitan líderes cuyo comportamiento las encarne y les dé fuerza. Sin la encomiable labor del Defensor del Pueblo, que con acertado criterio decidió crear el Nodo de Transparencia, la Ley 6 sería letra muerta. Juan Antonio Tejada Espino decidió que había que predicar con el ejemplo y puso toda la planilla de su institución en Internet, incluso antes de que fuese aprobada la ley. El Defensor comenzó entonces a solicitar a la alta gerencia de las instituciones que entregaran la planilla al Nodo de Transparencia para que cualquier ciudadano pudiera ver a través de Internet quiénes estaban contratados, en qué posición y con qué salarios. No sabemos qué habría sido de su cruzada sin el golpe de suerte que significó contar con otros dos líderes, caracterizados por su empeño en la renovación democrática de nuestras instituciones. En el 2002 Rubén Arosemena, que presidía la Asamblea Legislativa, sumó su institución al Nodo de Transparencia, y luego Adán Arnulfo Arjona, presidente de la Corte Suprema de Justicia, entregó a la vitrina virtual del Internet la planilla entera del Organo Judicial (de más de 2,500 empleados, que comprendía desde los juzgados municipales en las regiones más apartadas del país hasta los magistrados de la Corte Suprema).
La transparencia y la rendición de cuentas habían conquistado dos de los tres órganos del Estado, y la batalla final se acercaba.
Una vez más el Defensor esperó con paciencia la respuesta del Ejecutivo y de los distintos ministerios. Finalmente, ante la ausencia de una acción voluntaria, interpuso los recursos legales y la Corte Suprema comenzó a darle la razón, porque ya no quedaban razones en contra. El gobierno tenía la obligación de entregar las planillas, porque la ciudadanía tenía el derecho de saber quién trabaja en el gobierno, en qué posición, y cuánto gana. Y así fueron cayendo ministerio, tras ministerio, hasta llegar al de la Presidencia, último reducto del secretismo estatal. Fue así que se inició la que es, sin duda alguna, la historia más grande de las conquistas recientes de la democracia panameña: el conocimiento público de las llamadas partidas discrecionales de la Presidencia de la República. Su eventual abolición será el capítulo final de la historia que se inició con el Nodo de Transparencia de la Defensoría del Pueblo y la Ley 6 de 2002.
Pero antes que lleguemos al capítulo final, hay algunas cosas que resolver. De las planillas disponibles hay una que llama la atención, más que por el tamaño de la institución, por su importancia, y por sus pretensiones en cuanto a la gestión pública moderna. Se trata de la Autoridad del Canal de Panamá, ACP para abreviar. Sólo se muestran posiciones y salarios, y no hay nombres de personas ni números de cédula. Cuando el Defensor del Pueblo le solicitó al Administrador de la ACP que entregara la información completa, éste argumentó que los reglamentos internos no le permitían divulgar los nombres de las personas que allí laboran.
No hay autoridad en la ACP que pueda decidir que no va a cumplir con la Constitución y las leyes del país. No está de más recordar que las reformas constitucionales del 2004 elevaron al máximo rango normativo las disposiciones relativas al derecho de acceso a la información pública. La ACP tiene dos opciones: o pedirle a su Departamento Legal que elabore alguna leguleyada para burlar el derecho ciudadano, o entregar la planilla completa al Nodo de Transparencia.
Dicho sea de paso, el presidente de la Junta Directiva de la ACP es el Ministro del MEF, cuya misión es representar al Ejecutivo, y no creo que el Presidente de la República tenga dos políticas, una de transparencia para el país y otra de secretismo para el Canal.
Si el criterio de la ACP se impone, es decir, que basta con entregar una lista de posiciones y salarios, sin nombres de personas, para satisfacer el derecho constitucional de acceso a la información pública, entonces otras instituciones comenzarán a emularlo. Habremos echado así para atrás en la historia de la Transparencia y de las instituciones democráticas. ¿Es ése el aporte que el Canal le hará a los panameños en el siglo XXI?

101 años de Panamá América

 
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