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Tribunal de cuentas


Con satisfacción recibimos la noticia de que fue aprobado en tercer debate, en la Asamblea Nacional, el proyecto de ley por el cual se crea el Tribunal de Cuentas, que tendrá por misión investigar aparentes anomalías en el manejo de fondos y bienes del Estado por parte de sus funcionarios y agentes. Tradicionalmente, algunos cargos públicos han servido de piñata a personas que durante su desempeño se enriquecieron ilícitamente y permanecieron en la impunidad, no obstante la abismal diferencia notoria entre su muy modesta o precaria condición económica previa al cargo que ejercieron y después de haber cesado en él.

Ahora, para que la ley no sea burlada, es preciso que se establezca categóricamente, si es que no lo está, la disposición de que toda persona nombrada en cargo de manejo o custodia de bienes del Estado tendrá la obligación de hacer una declaración jurada de sus bienes ante notario público dentro de los días siguientes al de su toma de posesión y entregársela al Tribunal de Cuentas, y que, de no hacerlo, el nombramiento se considerará, ipso facto, como inexistente. Y de no hacerlo dentro de los diez días siguientes tras el cese de sus funciones si está en el país o después de haber regresado a él si se encontraba ausente, se le impondrá una determinada, pero severa multa, y de inmediato se le abrirá un expediente para investigarla.

Estas medidas deben ser consideradas como indispensables si es que queremos que quienes resulten ser designados magistrados del Tribunal de Cuentas lo sean en realidad y no meras figuras decorativas.

101 años de Panamá América

 
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