default

Un derecho penal de avanzada


El Código Penal, aprobado el año pasado y que entró en vigencia la semana pasada, constituye un avance de la democracia sobre ciertas concepciones retrógradas que pululan con mucho éxito en nuestra sociedad. Particularmente, ese es el caso en materia de libertad de expresión, pues debe reconocerse como una mejora que la nueva normativa haya eliminado "el delito de publicar o reproducir" una calumnia o una injuria proferida por otro.

También debe destacarse el hecho de que los altos funcionarios del Estado (presidente, ministros, diputados, magistrados, etc.) sólo pueden obtener una reparación civil, lo que significa que no pueden amenazar con cárcel a nadie que los critique con una dureza que podría ser calificada como transgresora de la ley penal por un juez. Estos son avances, porque son cambios en la dirección correcta, pero hay graves rezagos también que podrían ser utilizados contra los medios de comunicación y los periodistas.

Así, por ejemplo, el anterior delito de "abrir la correspondencia ajena", ahora ha quedado transformado en el delito de "informar indebidamente" sobre los correos electrónicos dirigidos a otro. Cabe preguntarse: ¿si un comunicador lee en la radio o en la televisión, o publica en medio impreso, un mensaje electrónico que no le fue originalmente remitido, está informando "indebidamente"? Se necesitará de la obra creadora de jueces penales con formación democrática para asegurar que los avances de la libertad se consoliden en la jurisdicción penal, y se minimicen los vestigios autoritarios.

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América