Una desorganización llamada el SIACAP
El 30 de octubre de 1998 se cumplió un año de que el Ministerio de Hacienda y Tesoro envió la constancia sobre las contribuciones pagadas al fondo complementario de cada funcionario y exfuncionario público a través de los distintos ministerios.
Después de haber sido notificado cada funcionario, tenía quince días calendarios para hacer las reclamaciones y solicitar la revisión del monto inicial del bono. Las autoridades del SIACAP tenían noventa días calendarios para resolver dichos reclamos (artículo 11 del Decreto Ejecutivo No. 27 del 27 de junio de 1997). Para los que entregaron los reclamos el quince de noviembre de 1997, que fueron un alto porcentaje de los funcionarios actuales, las autoridades del SIACAP le debieron haber contestado resolviendo sus reclamaciones a más tardar el quince de febrero de 1997, pero no lo hicieron en ese término, ni lo han hecho a la fecha de hoy, violando flagrantemente la ley y burlándose de todos los afiliados voluntarios y obligados del sistema.
¡Cómo es posible que un ente como el SIACAP que antes de gatear como organización, ya ha violado la ley y además incumplido con sus afiliados, se le permita realizar una licitación pública internacional para seleccionar la entidad registradora pagadora del sistema, si tan siquiera haber depurado la información de las contribuciones de sus afiliados y tampoco han recogido los datos de los beneficiarios (herederos) de los afiliados en caso de muerte! Negocio redondo verdad.
Antes de que se creara el Fondo Complementario, las jubilaciones especiales se pagaban con cargo al presupuesto de la entidad que tenía ese tipo de jubilación a través de contraloría. Cuando se creó el Fondo Complementario se contempló que el Gobierno Central tenía que aportar 60 millones de capital semilla a este fondo, para pagar el pago de las jubilaciones especiales a través de él; sin embargo el gobierno de 1975, ni los subsiguientes, aportaron el capital semilla al Fondo Complementario, pero sí le pasaron el pago de las jubilaciones especiales, causando el descalabro que todos conocemos.
En 1974 te quitaron un día de salario (el día del banano) para colaborar con los países centroamericanos que confrontaban una crisis con las transnacionales bananeras. Como era de esperarse dichos países devolvieron el dinero a Panamá, el cual se depositó en una cuenta en el Banco Nacional de Panamá, designándole el Subcontralor de ese entonces como custodio de la misma. Hoy a veinticuatro años no se ha presentado ningún informe sobre el destino de ese dinero.
Te quitaron diez años de la segunda partida del décimo tercer mes dizque para capitalizar el Banco Hipotecario y otra para la Caja del Seguro Social. El primer año te dieron un tiquetito y te dijeron que cuando completabas diez años este ahorro te serviría para el abono de una casa con el MIVI. Después del segundo año no dieron más tiquetito, y nadie tiene derecho a nada. Hoy todos conocemos la situación de crisis financiera que viven ambas instituciones después de haber recibido más de doscientos millones a costa de tu sacrificio de la segunda partida del décimo tercer mes.
El gobierno de Noriega suspendió (no eliminó) el pago del décimo tercer mes a partir de la segunda quincena de diciembre de 1989 y el gobierno de Endara pagó nuevamente a partir de la tercera partida de 1991, pero no pagó las seis partidas que quedaron pendientes. Este gobierno te la niega de acuerdo a la opinión del ViceMinistro de la Presidencia Oscar Ceville en declaraciones dadas a la televisión, pero sin embargo, este mismo gobierno se las pagó a los empleados del INTEL y de la Autoridad Portuaria Nacional. ¿Es que los demás empleados públicos son de segunda categoría?
Ahora, después de la irresponsabilidad que se cometió con el fondo complementario, este gobierno simulando preocupación por el futuro de las jubilaciones, crea el SIACAP, Sistema de Ahorro y Capitalización para los Empleados Públicos, obligando a todos a participar mediante la Ley, pero estableciendo que solamente pueden formar parte de un "sistema especial de jubilaciones autofinanciado" aquellos funcionarios públicos que estaban amparados por jubilaciones especiales al momento de entrada en vigencia de la Ley 8 de 1997. Nuevamente dos categorías de funcionarios públicos.
Para concluir, considero que no se debió permitir que la adjudicación de la entidad registradora pagadora por parte del SIACAP y mucho menos con la selección de las administradoras de inversiones, porque si esta entidad fantasma no ha tenido la capacidad fehaciente de su incapacidad de organizar y administrar, lo cual lo descalifica para ir a negociar con empresas financieras que tienen una gran capacidad para saber obtener ventajas en cualquier negocio, lo cual pone en peligro y desventaja los fondos de todos los afiliados.
Cómo puede el SIACAP que no ha depurado la información del valor correspondiente de cada uno de sus afiliados negociar al manejo de dichos fondos cuando ni siquiera ella sabe con exactitud lo que se va a entregar.
Después de haber sido notificado cada funcionario, tenía quince días calendarios para hacer las reclamaciones y solicitar la revisión del monto inicial del bono. Las autoridades del SIACAP tenían noventa días calendarios para resolver dichos reclamos (artículo 11 del Decreto Ejecutivo No. 27 del 27 de junio de 1997). Para los que entregaron los reclamos el quince de noviembre de 1997, que fueron un alto porcentaje de los funcionarios actuales, las autoridades del SIACAP le debieron haber contestado resolviendo sus reclamaciones a más tardar el quince de febrero de 1997, pero no lo hicieron en ese término, ni lo han hecho a la fecha de hoy, violando flagrantemente la ley y burlándose de todos los afiliados voluntarios y obligados del sistema.
¡Cómo es posible que un ente como el SIACAP que antes de gatear como organización, ya ha violado la ley y además incumplido con sus afiliados, se le permita realizar una licitación pública internacional para seleccionar la entidad registradora pagadora del sistema, si tan siquiera haber depurado la información de las contribuciones de sus afiliados y tampoco han recogido los datos de los beneficiarios (herederos) de los afiliados en caso de muerte! Negocio redondo verdad.
Antes de que se creara el Fondo Complementario, las jubilaciones especiales se pagaban con cargo al presupuesto de la entidad que tenía ese tipo de jubilación a través de contraloría. Cuando se creó el Fondo Complementario se contempló que el Gobierno Central tenía que aportar 60 millones de capital semilla a este fondo, para pagar el pago de las jubilaciones especiales a través de él; sin embargo el gobierno de 1975, ni los subsiguientes, aportaron el capital semilla al Fondo Complementario, pero sí le pasaron el pago de las jubilaciones especiales, causando el descalabro que todos conocemos.
En 1974 te quitaron un día de salario (el día del banano) para colaborar con los países centroamericanos que confrontaban una crisis con las transnacionales bananeras. Como era de esperarse dichos países devolvieron el dinero a Panamá, el cual se depositó en una cuenta en el Banco Nacional de Panamá, designándole el Subcontralor de ese entonces como custodio de la misma. Hoy a veinticuatro años no se ha presentado ningún informe sobre el destino de ese dinero.
Te quitaron diez años de la segunda partida del décimo tercer mes dizque para capitalizar el Banco Hipotecario y otra para la Caja del Seguro Social. El primer año te dieron un tiquetito y te dijeron que cuando completabas diez años este ahorro te serviría para el abono de una casa con el MIVI. Después del segundo año no dieron más tiquetito, y nadie tiene derecho a nada. Hoy todos conocemos la situación de crisis financiera que viven ambas instituciones después de haber recibido más de doscientos millones a costa de tu sacrificio de la segunda partida del décimo tercer mes.
El gobierno de Noriega suspendió (no eliminó) el pago del décimo tercer mes a partir de la segunda quincena de diciembre de 1989 y el gobierno de Endara pagó nuevamente a partir de la tercera partida de 1991, pero no pagó las seis partidas que quedaron pendientes. Este gobierno te la niega de acuerdo a la opinión del ViceMinistro de la Presidencia Oscar Ceville en declaraciones dadas a la televisión, pero sin embargo, este mismo gobierno se las pagó a los empleados del INTEL y de la Autoridad Portuaria Nacional. ¿Es que los demás empleados públicos son de segunda categoría?
Ahora, después de la irresponsabilidad que se cometió con el fondo complementario, este gobierno simulando preocupación por el futuro de las jubilaciones, crea el SIACAP, Sistema de Ahorro y Capitalización para los Empleados Públicos, obligando a todos a participar mediante la Ley, pero estableciendo que solamente pueden formar parte de un "sistema especial de jubilaciones autofinanciado" aquellos funcionarios públicos que estaban amparados por jubilaciones especiales al momento de entrada en vigencia de la Ley 8 de 1997. Nuevamente dos categorías de funcionarios públicos.
Para concluir, considero que no se debió permitir que la adjudicación de la entidad registradora pagadora por parte del SIACAP y mucho menos con la selección de las administradoras de inversiones, porque si esta entidad fantasma no ha tenido la capacidad fehaciente de su incapacidad de organizar y administrar, lo cual lo descalifica para ir a negociar con empresas financieras que tienen una gran capacidad para saber obtener ventajas en cualquier negocio, lo cual pone en peligro y desventaja los fondos de todos los afiliados.
Cómo puede el SIACAP que no ha depurado la información del valor correspondiente de cada uno de sus afiliados negociar al manejo de dichos fondos cuando ni siquiera ella sabe con exactitud lo que se va a entregar.